I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Sector vitivinícola. (BOE-A-2023-22762)
Real Decreto 812/2023, de 8 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 268
Jueves 9 de noviembre de 2023
Sec. I. Pág. 148877
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Real Decreto 812/2023, de 8 de noviembre, por el que se modifica el Real
Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención
Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola
Común.
La situación económica actual, caracterizada por altos costes de los insumos y una
alta inflación, ha debilitado las acciones comerciales de los productores y reducido el
poder adquisitivo de los consumidores, lo que está acentuando la aparente caída
estructural del consumo de determinados tipos de vino, tanto en la Unión Europea como
en el resto del mundo que afecta de manera más profunda a los principales países
productores de vino. Los más afectados son los vinos tintos y rosados de determinadas
regiones de Francia, España y Portugal, pero otros vinos y/o Estados miembros pueden
encontrar dificultades similares en determinadas regiones de producción. La situación
actual presenta una rápida disminución en las ventas de ciertas categorías de vino y
dificultades excepcionales de determinados productores de vino en diferentes regiones
de Europa, que se enfrentan a una acumulación sin precedentes de existencias en sus
bodegas.
En respuesta a esta situación la Comisión Europea ha aprobado el Reglamento
Delegado (UE) 2023/1225 de la Comisión, de 22 de junio de 2023, por el que se adoptan
medidas excepcionales de carácter temporal que autorizan excepciones a determinadas
disposiciones del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo
para hacer frente a la perturbación del mercado causada en determinados Estados
miembros y por el que se autorizan excepciones a determinadas disposiciones del
Reglamento Delegado (UE) 2016/1149 de la Comisión.
En dicho reglamento se afirma que es necesaria una acción inmediata al respecto de
la situación actual del sector para responder eficazmente a una situación tan
heterogénea del mercado, permitiendo a los Estados miembros reorientar parte de los
recursos financieros asignados a sus programas nacionales de apoyo en el sector
vitivinícola y ofrecer una ayuda más personalizada a los distintos agentes del sector. Por
ello y al objeto de amparar jurídicamente una intervención específica para ayudar a
superar lo que consideran un excedente de estos vinos antes de que se vea afectado
todo el mercado del vino, se trata de la habilitación a los Estados miembros que sufren la
situación, entre ellos España tal como cita textualmente el preámbulo, de una destilación
de crisis financiada con cargo a los programas nacionales de apoyo al vino, que podría
suponer un alivio a la situación descrita.
Mediante esta regulación se pretende conseguir que la retirada del mercado, a través
de la destilación de crisis, de las regiones más afectadas de algunas de las cantidades
de vino que no están encontrando salidas comerciales adecuadas contribuya a abordar
los desequilibrios del mercado y evitar que las perturbaciones actuales se conviertan en
una perturbación más grave o prolongada de todo el sector vitivinícola de la Unión.
De todo ello deriva la necesidad de introducir previsiones que, en esta o futuras
ocasiones similares en las que la Comisión Europea habilite a los Estados miembros a
poner en marcha medidas extraordinarias ante situaciones de crisis, permitan dar
aplicabilidad a las mismas en el territorio español con agilidad e inmediatez, asegurando
al propio tiempo la debida coordinación entre las Administraciones implicadas.
El Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención
Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común,
tiene por objeto establecer la normativa básica aplicable a los tipos de intervenciones
incluidos en la Intervención Sectorial Vitivinícola (ISV), en el marco del Plan Estratégico
cve: BOE-A-2023-22762
Verificable en https://www.boe.es
22762
Núm. 268
Jueves 9 de noviembre de 2023
Sec. I. Pág. 148877
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Real Decreto 812/2023, de 8 de noviembre, por el que se modifica el Real
Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención
Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola
Común.
La situación económica actual, caracterizada por altos costes de los insumos y una
alta inflación, ha debilitado las acciones comerciales de los productores y reducido el
poder adquisitivo de los consumidores, lo que está acentuando la aparente caída
estructural del consumo de determinados tipos de vino, tanto en la Unión Europea como
en el resto del mundo que afecta de manera más profunda a los principales países
productores de vino. Los más afectados son los vinos tintos y rosados de determinadas
regiones de Francia, España y Portugal, pero otros vinos y/o Estados miembros pueden
encontrar dificultades similares en determinadas regiones de producción. La situación
actual presenta una rápida disminución en las ventas de ciertas categorías de vino y
dificultades excepcionales de determinados productores de vino en diferentes regiones
de Europa, que se enfrentan a una acumulación sin precedentes de existencias en sus
bodegas.
En respuesta a esta situación la Comisión Europea ha aprobado el Reglamento
Delegado (UE) 2023/1225 de la Comisión, de 22 de junio de 2023, por el que se adoptan
medidas excepcionales de carácter temporal que autorizan excepciones a determinadas
disposiciones del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo
para hacer frente a la perturbación del mercado causada en determinados Estados
miembros y por el que se autorizan excepciones a determinadas disposiciones del
Reglamento Delegado (UE) 2016/1149 de la Comisión.
En dicho reglamento se afirma que es necesaria una acción inmediata al respecto de
la situación actual del sector para responder eficazmente a una situación tan
heterogénea del mercado, permitiendo a los Estados miembros reorientar parte de los
recursos financieros asignados a sus programas nacionales de apoyo en el sector
vitivinícola y ofrecer una ayuda más personalizada a los distintos agentes del sector. Por
ello y al objeto de amparar jurídicamente una intervención específica para ayudar a
superar lo que consideran un excedente de estos vinos antes de que se vea afectado
todo el mercado del vino, se trata de la habilitación a los Estados miembros que sufren la
situación, entre ellos España tal como cita textualmente el preámbulo, de una destilación
de crisis financiada con cargo a los programas nacionales de apoyo al vino, que podría
suponer un alivio a la situación descrita.
Mediante esta regulación se pretende conseguir que la retirada del mercado, a través
de la destilación de crisis, de las regiones más afectadas de algunas de las cantidades
de vino que no están encontrando salidas comerciales adecuadas contribuya a abordar
los desequilibrios del mercado y evitar que las perturbaciones actuales se conviertan en
una perturbación más grave o prolongada de todo el sector vitivinícola de la Unión.
De todo ello deriva la necesidad de introducir previsiones que, en esta o futuras
ocasiones similares en las que la Comisión Europea habilite a los Estados miembros a
poner en marcha medidas extraordinarias ante situaciones de crisis, permitan dar
aplicabilidad a las mismas en el territorio español con agilidad e inmediatez, asegurando
al propio tiempo la debida coordinación entre las Administraciones implicadas.
El Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención
Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común,
tiene por objeto establecer la normativa básica aplicable a los tipos de intervenciones
incluidos en la Intervención Sectorial Vitivinícola (ISV), en el marco del Plan Estratégico
cve: BOE-A-2023-22762
Verificable en https://www.boe.es
22762