III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-22750)
Resolución de 26 de octubre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Enel Green Power España, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Balbona, de 130,606 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en el término municipal de Jumilla (Murcia) y se declara, en concreto, la utilidad pública de la línea de evacuación a 132 kV «SET Balbona-SET La Alquería» y de la línea de evacuación a 400 kV «SET La Alquería-SET Peñarrubia REE».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 267
Miércoles 8 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 148819
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por
el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:
– Las líneas subterráneas a 33 kV con origen en los centros de transformación de la
planta, discurriendo hasta la subestación transformadora Balbona 33/132 kV, en Jumilla,
en la provincia de Murcia.
– La subestación transformadora Balbona 33/132 kV ubicada en Jumilla, en la
provincia de Murcia.
– La línea eléctrica aérea a 132 kV de evacuación con origen en la subestación
transformadora Balbona 33/132 kV, discurriendo su trazado hasta la subestación
transformadora colectora La Alquería 132/400 kV, afectando al término municipal de
Jumilla, en la provincia de Murcia.
En el apoyo 20, se compartirá la infraestructura de evacuación con la línea
proveniente de la SET Elawan Jumilla, donde se conectan las plantas fotovoltaicas
Elawan Jumilla I y Elawan Jumilla II, promovidas por Elawan Energy, SL.
– La subestación transformadora colectora La Alquería 132/400 kV, ubicada en
Jumilla, en la provincia de Murcia.
– La línea eléctrica aérea a 400 kV de evacuación con origen en la subestación
transformadora La Alquería 132/400 kV, discurriendo su trazado por el término municipal
de Jumilla, en la provincia de Murcia, hasta la subestación transformadora
Peñarrubia 400 kV, propiedad de Red Eléctrica España, S.A.U.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:
Primero.
Otorgar a Enel Green Power España, SL, autorización administrativa previa de las
modificaciones del proyecto de la instalación fotovoltaica Balbona, de 130,606 MW de
potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en el término municipal de
Jumilla, en la provincia de Murcia, en los términos que se recogen en la presente
resolución.
cve: BOE-A-2023-22750
Verificable en https://www.boe.es
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
la autorización administrativa de construcción permite al titular realizar la construcción de
la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
El promotor suscribe, con fecha 18 de abril de 2023 y 17 de octubre de 2023,
declaración responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de
aplicación.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía
eléctrica.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución ha
sido sometida a trámite de audiencia del promotor.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud del peticionario, relativa a la concesión de autorización administrativa
previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad
pública de la actuación anteriormente mencionada.
Estas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
Núm. 267
Miércoles 8 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 148819
Conforme a la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados por
el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:
– Las líneas subterráneas a 33 kV con origen en los centros de transformación de la
planta, discurriendo hasta la subestación transformadora Balbona 33/132 kV, en Jumilla,
en la provincia de Murcia.
– La subestación transformadora Balbona 33/132 kV ubicada en Jumilla, en la
provincia de Murcia.
– La línea eléctrica aérea a 132 kV de evacuación con origen en la subestación
transformadora Balbona 33/132 kV, discurriendo su trazado hasta la subestación
transformadora colectora La Alquería 132/400 kV, afectando al término municipal de
Jumilla, en la provincia de Murcia.
En el apoyo 20, se compartirá la infraestructura de evacuación con la línea
proveniente de la SET Elawan Jumilla, donde se conectan las plantas fotovoltaicas
Elawan Jumilla I y Elawan Jumilla II, promovidas por Elawan Energy, SL.
– La subestación transformadora colectora La Alquería 132/400 kV, ubicada en
Jumilla, en la provincia de Murcia.
– La línea eléctrica aérea a 400 kV de evacuación con origen en la subestación
transformadora La Alquería 132/400 kV, discurriendo su trazado por el término municipal
de Jumilla, en la provincia de Murcia, hasta la subestación transformadora
Peñarrubia 400 kV, propiedad de Red Eléctrica España, S.A.U.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:
Primero.
Otorgar a Enel Green Power España, SL, autorización administrativa previa de las
modificaciones del proyecto de la instalación fotovoltaica Balbona, de 130,606 MW de
potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en el término municipal de
Jumilla, en la provincia de Murcia, en los términos que se recogen en la presente
resolución.
cve: BOE-A-2023-22750
Verificable en https://www.boe.es
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
la autorización administrativa de construcción permite al titular realizar la construcción de
la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
El promotor suscribe, con fecha 18 de abril de 2023 y 17 de octubre de 2023,
declaración responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de
aplicación.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía
eléctrica.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución ha
sido sometida a trámite de audiencia del promotor.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud del peticionario, relativa a la concesión de autorización administrativa
previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad
pública de la actuación anteriormente mencionada.
Estas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.