III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-22750)
Resolución de 26 de octubre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Enel Green Power España, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Balbona, de 130,606 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en el término municipal de Jumilla (Murcia) y se declara, en concreto, la utilidad pública de la línea de evacuación a 132 kV «SET Balbona-SET La Alquería» y de la línea de evacuación a 400 kV «SET La Alquería-SET Peñarrubia REE».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 8 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 148817
Enel Green Power España, SL, (en adelante, el promotor) solicita, con fecha 20 de
abril de 2023, autorización administrativa previa respecto de las modificaciones descritas
anteriormente, y autorización administrativa de construcción –aportando el
correspondiente proyecto de ejecución y declaración responsable que acredita el
cumplimiento de la normativa que le es de aplicación, conforme al artículo 53.1 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico– para la instalación fotovoltaica
Balbona, de 130,6 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en el
término municipal de Jumilla, en la provincia de Murcia, así como declaración, en
concreto, de utilidad pública de la línea de evacuación a 132 kV «SET Balbona-SET La
Alquería» y de la línea de evacuación a 400 kV «SET La Alquería-SET Peñarrubia
REE».
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación
del Gobierno en Murcia y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los
artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose
solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y
empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la
instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la
Subdirección General de Política Forestal, Caza y Pesca Fluvial de la Consejería de
Medio Ambiente, Mar Menor, Universidades e Investigación, de la Dirección General de
Territorio y Arquitectura de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, de Dirección
General de Seguridad Ciudadana y Emergencias de la Consejería de Agua, Agricultura,
Ganadería y Pesca de la Región de Murcia, de Red Eléctrica de España, SAU y de
Telefónica de España, SAU Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones,
que expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones del Ayuntamiento de Jumilla, del Servicio de
Patrimonio Histórico de la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud,
Deportes y Portavocía y de la Dirección General de Carreteras de la Consejería de
Fomento e Infraestructuras, en las que se establecen condicionados técnicos y, en su
caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por la ocupación o el
cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado
traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las
mismas.
Preguntados la Comisaría de Aguas y la Oficina de Planificación Hidrográfica de la
Confederación Hidrográfica del Segura, O.A., la Subdirección General de Patrimonio
Natural y Cambio Climático y la Dirección General de Política Agraria Común de la
Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca de la Región de Murcia, la Dirección
General de Salud Pública y Adicciones de la Consejería de Salud de la Región de Murcia
e i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., no se ha recibido contestación por su parte,
por lo que se entiende su conformidad en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.2,
131.1 y 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la
publicación el 12 de mayo de 2023 en el «Boletín Oficial del Estado», el 15 de mayo
de 2023 en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», el 17 de mayo de 2023 en el
diario «La Verdad» y con la exposición al público en el tablón de edictos del
Ayuntamiento de Jumilla. Se han recibido una alegación, que ha sido contestada por el
promotor.
El Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Murcia ha emitido
informe en fecha 8 de septiembre de 2023.
Considerando que, en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo deberá tener debidamente en cuenta la evaluación de impacto
ambiental efectuada.
El proyecto de la instalación y su infraestructura de evacuación asociada, junto a su
estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA), fueron sometidos al procedimiento de
cve: BOE-A-2023-22750
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 267
Miércoles 8 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 148817
Enel Green Power España, SL, (en adelante, el promotor) solicita, con fecha 20 de
abril de 2023, autorización administrativa previa respecto de las modificaciones descritas
anteriormente, y autorización administrativa de construcción –aportando el
correspondiente proyecto de ejecución y declaración responsable que acredita el
cumplimiento de la normativa que le es de aplicación, conforme al artículo 53.1 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico– para la instalación fotovoltaica
Balbona, de 130,6 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en el
término municipal de Jumilla, en la provincia de Murcia, así como declaración, en
concreto, de utilidad pública de la línea de evacuación a 132 kV «SET Balbona-SET La
Alquería» y de la línea de evacuación a 400 kV «SET La Alquería-SET Peñarrubia
REE».
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación
del Gobierno en Murcia y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los
artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose
solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y
empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la
instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la
Subdirección General de Política Forestal, Caza y Pesca Fluvial de la Consejería de
Medio Ambiente, Mar Menor, Universidades e Investigación, de la Dirección General de
Territorio y Arquitectura de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, de Dirección
General de Seguridad Ciudadana y Emergencias de la Consejería de Agua, Agricultura,
Ganadería y Pesca de la Región de Murcia, de Red Eléctrica de España, SAU y de
Telefónica de España, SAU Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones,
que expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones del Ayuntamiento de Jumilla, del Servicio de
Patrimonio Histórico de la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud,
Deportes y Portavocía y de la Dirección General de Carreteras de la Consejería de
Fomento e Infraestructuras, en las que se establecen condicionados técnicos y, en su
caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por la ocupación o el
cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado
traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las
mismas.
Preguntados la Comisaría de Aguas y la Oficina de Planificación Hidrográfica de la
Confederación Hidrográfica del Segura, O.A., la Subdirección General de Patrimonio
Natural y Cambio Climático y la Dirección General de Política Agraria Común de la
Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca de la Región de Murcia, la Dirección
General de Salud Pública y Adicciones de la Consejería de Salud de la Región de Murcia
e i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., no se ha recibido contestación por su parte,
por lo que se entiende su conformidad en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.2,
131.1 y 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la
publicación el 12 de mayo de 2023 en el «Boletín Oficial del Estado», el 15 de mayo
de 2023 en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», el 17 de mayo de 2023 en el
diario «La Verdad» y con la exposición al público en el tablón de edictos del
Ayuntamiento de Jumilla. Se han recibido una alegación, que ha sido contestada por el
promotor.
El Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Murcia ha emitido
informe en fecha 8 de septiembre de 2023.
Considerando que, en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo deberá tener debidamente en cuenta la evaluación de impacto
ambiental efectuada.
El proyecto de la instalación y su infraestructura de evacuación asociada, junto a su
estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA), fueron sometidos al procedimiento de
cve: BOE-A-2023-22750
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 267