III. Otras disposiciones. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Convenios. (BOE-A-2023-22690)
Resolución de 30 de octubre de 2023, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Convenio de colaboración con NFoque Advisory Services, SL, para la ejecución del proyecto de I+D "Desarrollo de metodologías de análisis termo-mecánico ante escenarios AOO y DEC-A en reactores nucleares de centrales LWR con combustible ATF (Metatf)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 266
Martes 7 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 148367
Por todo ello, las partes convienen en formalizar el presente convenio con sujeción a
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto general de este convenio es la realización del proyecto titulado «Desarrollo
de metodologías de análisis termo-mecánico ante escenarios AOO y DEC-A en
reactores nucleares de centrales LWR con combustible ATF (Metatf)».
El presente convenio establece los términos y condiciones en que las partes
colaborarán en la ejecución y desarrollo del proyecto Metatf. El alcance de las
actividades que se considera necesario realizar para alcanzar este objetivo se detalla en
la Memoria Técnica que se adjunta a este convenio como anexo 1.
Segunda.
Obligaciones de las partes.
Son obligaciones de NFoque dentro de este convenio:
– Poner a disposición del convenio el personal necesario para garantizar la máxima
calidad de los trabajos en él incluidos. En caso de ser necesario un esfuerzo de personal
mayor del que se ha estimado en el momento de la firma del convenio, las partes lo
revisarán siguiendo lo indicado en sus cláusulas.
– Realizar las actividades que se describen en la Memoria Técnica (anexo 1) que se
adjunta, relacionadas con los objetivos descritos en la cláusula primera.
– Documentar los trabajos realizados dentro del convenio, en la forma que se
describe en la Memoria Técnica (anexo 1 a este convenio).
– Poner a disposición del CSN los resultados, métodos, códigos, metodologías, y, en
general, toda la información que se genere durante la realización de las actividades
objeto de este convenio.
– Contribuir a la financiación de los costes del convenio en la forma que se describe
en la cláusula cuarta.
Son obligaciones del CSN dentro de este convenio:
– Poner a disposición de NFoque los datos e información de que disponga y que
pudieran ser necesarios para la realización de los trabajos.
– Aportar horas de dedicación del personal técnico que pondrá su conocimiento a
disposición de los equipos de expertos, dirigiendo y supervisando las tareas y
trasladando la visión reguladora durante todo el desarrollo del proyecto.
– Contribuir a la financiación de los gastos del convenio en la forma que se describe
en la cláusula cuarta.
Las consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y
compromisos asumidos por cada una de las partes en el presente convenio y, en su
caso, los criterios para determinar la posible indemnización por el incumplimiento, se
determinarán teniendo en cuenta las circunstancias concurrentes.
Cuarta.
Financiación.
El coste total del convenio comprenderá las partidas indicadas en la Memoria
Económica que se adjunta como anexo 2 de este convenio, donde se detallan los costes
asociados a cada actividad. Con arreglo a las cantidades que figuran en la misma, el
presupuesto total previsto para el proyecto durante la vigencia del mismo asciende a
cve: BOE-A-2023-22690
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Responsabilidad.
Núm. 266
Martes 7 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 148367
Por todo ello, las partes convienen en formalizar el presente convenio con sujeción a
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto general de este convenio es la realización del proyecto titulado «Desarrollo
de metodologías de análisis termo-mecánico ante escenarios AOO y DEC-A en
reactores nucleares de centrales LWR con combustible ATF (Metatf)».
El presente convenio establece los términos y condiciones en que las partes
colaborarán en la ejecución y desarrollo del proyecto Metatf. El alcance de las
actividades que se considera necesario realizar para alcanzar este objetivo se detalla en
la Memoria Técnica que se adjunta a este convenio como anexo 1.
Segunda.
Obligaciones de las partes.
Son obligaciones de NFoque dentro de este convenio:
– Poner a disposición del convenio el personal necesario para garantizar la máxima
calidad de los trabajos en él incluidos. En caso de ser necesario un esfuerzo de personal
mayor del que se ha estimado en el momento de la firma del convenio, las partes lo
revisarán siguiendo lo indicado en sus cláusulas.
– Realizar las actividades que se describen en la Memoria Técnica (anexo 1) que se
adjunta, relacionadas con los objetivos descritos en la cláusula primera.
– Documentar los trabajos realizados dentro del convenio, en la forma que se
describe en la Memoria Técnica (anexo 1 a este convenio).
– Poner a disposición del CSN los resultados, métodos, códigos, metodologías, y, en
general, toda la información que se genere durante la realización de las actividades
objeto de este convenio.
– Contribuir a la financiación de los costes del convenio en la forma que se describe
en la cláusula cuarta.
Son obligaciones del CSN dentro de este convenio:
– Poner a disposición de NFoque los datos e información de que disponga y que
pudieran ser necesarios para la realización de los trabajos.
– Aportar horas de dedicación del personal técnico que pondrá su conocimiento a
disposición de los equipos de expertos, dirigiendo y supervisando las tareas y
trasladando la visión reguladora durante todo el desarrollo del proyecto.
– Contribuir a la financiación de los gastos del convenio en la forma que se describe
en la cláusula cuarta.
Las consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y
compromisos asumidos por cada una de las partes en el presente convenio y, en su
caso, los criterios para determinar la posible indemnización por el incumplimiento, se
determinarán teniendo en cuenta las circunstancias concurrentes.
Cuarta.
Financiación.
El coste total del convenio comprenderá las partidas indicadas en la Memoria
Económica que se adjunta como anexo 2 de este convenio, donde se detallan los costes
asociados a cada actividad. Con arreglo a las cantidades que figuran en la misma, el
presupuesto total previsto para el proyecto durante la vigencia del mismo asciende a
cve: BOE-A-2023-22690
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Responsabilidad.