III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-22684)
Resolución de 17 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques eólicos Ikusa, Ima, Inari, Izanagi, Hotei, Hector, Gaki, Inagumi, Fuyu, Ino y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Zaragoza".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 7 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 148313
– Durante los primeros cinco años, se realizarán los trabajos de campo con la
finalidad de caracterizar las poblaciones faunísticas y su uso del espacio (en especial,
del tránsito de aves y quirópteros por los aerogeneradores y los pasos entre ellos). La
metodología se corresponderá con los estudios realizados en el estudio de impacto
ambiental, con tal de que los resultados sean comparables. Las unidades de muestreo
utilizadas incluirán, como mínimo, las utilizadas en los estudios preoperacionales. Los
trabajos de campo, prospecciones, muestreos, etc., responderán como mínimo a las
frecuencias e intensidad establecidas por el promotor en el PVA. Este trabajo incluirá la
búsqueda y caracterización de refugios de quirópteros cercanos.
Con carácter previo al inicio de las obras, el plan de seguimiento será presentado
ante el órgano competente en la comunidad autónoma para su conocimiento. Durante
los tres primeros años y con una periodicidad cuatrimestral, se presentará ante el órgano
competente de la comunidad autonómica un informe sobre el seguimiento de las
poblaciones y su uso del espacio, donde se recogerán los datos relacionados con
especies avistadas, número de ejemplares, altura de avistamientos, bajas de ejemplares,
situación de dormideros, nidificación, etc. Los dos años restantes, la periodicidad de los
informes será anual.
A partir del sexto año de funcionamiento, la periodicidad del seguimiento podrá
disminuir con la realización de, al menos, una campaña anual cada cinco años, en
función de los resultados obtenidos en los años anteriores sobre la eficacia de las
medidas de mitigación aplicadas. En cada campaña anual, se comparará si el proyecto
origina un descenso de la riqueza de especies y de la abundancia de ejemplares de cada
especie, así como de modificaciones en su comportamiento y uso del espacio en el
ámbito de estudio respecto de la situación preoperacional. El seguimiento podrá verse
complementado o adaptado en función de los resultados, y debe orientar sobre la
necesidad de aplicar medidas mitigadoras adicionales más efectivas y medidas
compensatorias del impacto residual, en función de los resultados obtenidos. Se
elaborará para cada una de las campañas anuales su informe correspondiente, que se
trasladará al órgano competente.
– Se realizará el seguimiento de las poblaciones de avifauna de la ZEPA «Lagunas y
Carrizales de las Cinco Villas», con una metodología similar a la de los estudios de los
parques eólicos, con tal de evaluar la evolución de las poblaciones de este espacio. Se
prestará especial atención a los objetivos de conservación y especies clave de la ZEPA.
La metodología del estudio será aprobada por el órgano ambiental competente, al que
deberán remitírsele los resultados en los informes periódicos.
– Se realizará el seguimiento de la mortalidad por colisión o barotrauma con los
aerogeneradores con prospecciones sobre el terreno en periodos quincenales, durante
los primeros cinco años de funcionamiento, que serán semanales en los periodos de
migración. A partir del sexto año y durante toda la vida útil, la intensidad del seguimiento
será mensual, salvo en las temporadas reproductoras y migratorias de aves y
quirópteros, que será quincenal. Para el seguimiento de mortalidad, el promotor utilizará
alguna de las metodologías generalmente reconocidas, como Directrices para la
evaluación del impacto de los parques eólicos en aves y murciélagos de SEO/BirdLife,
Directrices básicas para el estudio de impacto de instalaciones eólicas sobre poblaciones
de murciélagos en España de SECEMU o Metodología y protocolos para la recogida y
análisis de datos de siniestralidad de aves por colisión en líneas de transporte de
electricidad de Red Eléctrica de España. La información sobre las muertes detectadas se
estructurará de forma compatible con la base de datos normalizada de la Comunidad
Autónoma, e incluirá, al menos, la información requerida por la misma, en su caso,
completada con la recomendada por las mencionadas metodologías.
– En función de los resultados de los seguimientos de poblaciones faunísticas y de
mortalidad, podrán adoptarse medidas correctoras y compensatorias consensuadas con
el órgano ambiental competente, que podrán incluir distintos regímenes actualizables de
funcionamiento o parada para aerogeneradores individuales.
cve: BOE-A-2023-22684
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 266
Martes 7 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 148313
– Durante los primeros cinco años, se realizarán los trabajos de campo con la
finalidad de caracterizar las poblaciones faunísticas y su uso del espacio (en especial,
del tránsito de aves y quirópteros por los aerogeneradores y los pasos entre ellos). La
metodología se corresponderá con los estudios realizados en el estudio de impacto
ambiental, con tal de que los resultados sean comparables. Las unidades de muestreo
utilizadas incluirán, como mínimo, las utilizadas en los estudios preoperacionales. Los
trabajos de campo, prospecciones, muestreos, etc., responderán como mínimo a las
frecuencias e intensidad establecidas por el promotor en el PVA. Este trabajo incluirá la
búsqueda y caracterización de refugios de quirópteros cercanos.
Con carácter previo al inicio de las obras, el plan de seguimiento será presentado
ante el órgano competente en la comunidad autónoma para su conocimiento. Durante
los tres primeros años y con una periodicidad cuatrimestral, se presentará ante el órgano
competente de la comunidad autonómica un informe sobre el seguimiento de las
poblaciones y su uso del espacio, donde se recogerán los datos relacionados con
especies avistadas, número de ejemplares, altura de avistamientos, bajas de ejemplares,
situación de dormideros, nidificación, etc. Los dos años restantes, la periodicidad de los
informes será anual.
A partir del sexto año de funcionamiento, la periodicidad del seguimiento podrá
disminuir con la realización de, al menos, una campaña anual cada cinco años, en
función de los resultados obtenidos en los años anteriores sobre la eficacia de las
medidas de mitigación aplicadas. En cada campaña anual, se comparará si el proyecto
origina un descenso de la riqueza de especies y de la abundancia de ejemplares de cada
especie, así como de modificaciones en su comportamiento y uso del espacio en el
ámbito de estudio respecto de la situación preoperacional. El seguimiento podrá verse
complementado o adaptado en función de los resultados, y debe orientar sobre la
necesidad de aplicar medidas mitigadoras adicionales más efectivas y medidas
compensatorias del impacto residual, en función de los resultados obtenidos. Se
elaborará para cada una de las campañas anuales su informe correspondiente, que se
trasladará al órgano competente.
– Se realizará el seguimiento de las poblaciones de avifauna de la ZEPA «Lagunas y
Carrizales de las Cinco Villas», con una metodología similar a la de los estudios de los
parques eólicos, con tal de evaluar la evolución de las poblaciones de este espacio. Se
prestará especial atención a los objetivos de conservación y especies clave de la ZEPA.
La metodología del estudio será aprobada por el órgano ambiental competente, al que
deberán remitírsele los resultados en los informes periódicos.
– Se realizará el seguimiento de la mortalidad por colisión o barotrauma con los
aerogeneradores con prospecciones sobre el terreno en periodos quincenales, durante
los primeros cinco años de funcionamiento, que serán semanales en los periodos de
migración. A partir del sexto año y durante toda la vida útil, la intensidad del seguimiento
será mensual, salvo en las temporadas reproductoras y migratorias de aves y
quirópteros, que será quincenal. Para el seguimiento de mortalidad, el promotor utilizará
alguna de las metodologías generalmente reconocidas, como Directrices para la
evaluación del impacto de los parques eólicos en aves y murciélagos de SEO/BirdLife,
Directrices básicas para el estudio de impacto de instalaciones eólicas sobre poblaciones
de murciélagos en España de SECEMU o Metodología y protocolos para la recogida y
análisis de datos de siniestralidad de aves por colisión en líneas de transporte de
electricidad de Red Eléctrica de España. La información sobre las muertes detectadas se
estructurará de forma compatible con la base de datos normalizada de la Comunidad
Autónoma, e incluirá, al menos, la información requerida por la misma, en su caso,
completada con la recomendada por las mencionadas metodologías.
– En función de los resultados de los seguimientos de poblaciones faunísticas y de
mortalidad, podrán adoptarse medidas correctoras y compensatorias consensuadas con
el órgano ambiental competente, que podrán incluir distintos regímenes actualizables de
funcionamiento o parada para aerogeneradores individuales.
cve: BOE-A-2023-22684
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 266