V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. (BOE-B-2023-32554)
Resolución de la Dirección General de Energía, del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural en Lleida, por la que se otorga a Rufete Solar, S.L, la autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública, del proyecto de la planta solar fotovoltaica denominada PS Rufete Solar, de 50 MW, sobre terreno en suelo no urbanizable y su infraestructura de evacuación, en el término municipal de Alcarràs, en la comarca del Segrià (exp. FUE-2020-01805239).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 265
Lunes 6 de noviembre de 2023
Sec. V-B. Pág. 52871
- Consejo Comarcal del Segrià.
- Ayuntamiento de Alcarràs.
- EGRELL (Institución para el Estudio, Gestión y Recuperación de los
Ecosistemas leridanos).
- IPCENA (Institución de Poniente para la Conservación y el Estudio del
Entorno Natural).
- Unió de Pagesos de Catalunya.
- TRENCA (Asociación Trenca).
- Agencia de Residuos de Cataluña.
- Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático.
- Diputación de Lleida.
- e-Distribución redes digitales, SL.
- CLH.
- Comunidad General de Regantes del Canal de Pinyana.
- Observatorio del Paisaje.
Ferrocarriles de la Generalidad de Cataluña (FGC) emite informe en el sentido
que la propuesta no afecta los terrenos de explotación que la empresa tiene dentro
del término municipal de Alcarràs.
El Instituto Cartográfico y Geológico de Cataluña, teniendo en cuenta la
ubicación del proyecto desde el punto de vista geológico y geomorfológico, así
como las medidas propuestas, no considera necesaria la elaboración de un estudio
complementario en relación con los riesgos geológicos, si bien efectúa las
siguientes recomendaciones:
- Tomar las medidas adecuadas durante y posteriormente a la ejecución de
excavaciones o taludes para evitar el desarrollo de inestabilidades.
- Evitar actuar en los bordes de escarpaduras y de taludes porque se puede
inducir un desarrollo progresivo de desestabilizaciones locales en forma de
movimientos de masa o de desprendimientos. En caso de que se actúe, hay que
prever las medidas adecuadas.
La Dirección General de Transportes y Movilidad indica que la propuesta es
compatible con las servidumbres legales aeronáuticas establecidas en el Real
Decreto 1422/2012.
El informe del Departamento de Cultura constata que se han incorporado a la
propuesta las condiciones solicitadas en el marco del trámite de viabilidad del
expediente.
cve: BOE-B-2023-32554
Verificable en https://www.boe.es
- Evitar las cimentaciones sobre terraplenes o rellenos antrópicos preexistentes
ya que no suelen ser aptos para fundamentar estructuras y se pueden generar
asentamientos diferenciales importantes al ser sometidos a cargas.
Núm. 265
Lunes 6 de noviembre de 2023
Sec. V-B. Pág. 52871
- Consejo Comarcal del Segrià.
- Ayuntamiento de Alcarràs.
- EGRELL (Institución para el Estudio, Gestión y Recuperación de los
Ecosistemas leridanos).
- IPCENA (Institución de Poniente para la Conservación y el Estudio del
Entorno Natural).
- Unió de Pagesos de Catalunya.
- TRENCA (Asociación Trenca).
- Agencia de Residuos de Cataluña.
- Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático.
- Diputación de Lleida.
- e-Distribución redes digitales, SL.
- CLH.
- Comunidad General de Regantes del Canal de Pinyana.
- Observatorio del Paisaje.
Ferrocarriles de la Generalidad de Cataluña (FGC) emite informe en el sentido
que la propuesta no afecta los terrenos de explotación que la empresa tiene dentro
del término municipal de Alcarràs.
El Instituto Cartográfico y Geológico de Cataluña, teniendo en cuenta la
ubicación del proyecto desde el punto de vista geológico y geomorfológico, así
como las medidas propuestas, no considera necesaria la elaboración de un estudio
complementario en relación con los riesgos geológicos, si bien efectúa las
siguientes recomendaciones:
- Tomar las medidas adecuadas durante y posteriormente a la ejecución de
excavaciones o taludes para evitar el desarrollo de inestabilidades.
- Evitar actuar en los bordes de escarpaduras y de taludes porque se puede
inducir un desarrollo progresivo de desestabilizaciones locales en forma de
movimientos de masa o de desprendimientos. En caso de que se actúe, hay que
prever las medidas adecuadas.
La Dirección General de Transportes y Movilidad indica que la propuesta es
compatible con las servidumbres legales aeronáuticas establecidas en el Real
Decreto 1422/2012.
El informe del Departamento de Cultura constata que se han incorporado a la
propuesta las condiciones solicitadas en el marco del trámite de viabilidad del
expediente.
cve: BOE-B-2023-32554
Verificable en https://www.boe.es
- Evitar las cimentaciones sobre terraplenes o rellenos antrópicos preexistentes
ya que no suelen ser aptos para fundamentar estructuras y se pueden generar
asentamientos diferenciales importantes al ser sometidos a cargas.