III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-22637)
Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con los Ayuntamientos de Pantón y Sober, para la financiación, ejecución y entrega de las obras de construcción de una pasarela en la desembocadura del río Cabe, en Pantón y Sober (Lugo).
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 265

Lunes 6 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 148012

No obstante, si en esa fecha no han finalizado las actuaciones objeto del mismo ni se
ha procedido a la recepción de las obras, liquidación del contrato, finalización del plazo
de garantía, y entrega de las obras conforme a lo establecido en la cláusula séptima, los
otorgantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro
años adicionales.
2. El convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen
su objeto, así como por incurrir en alguna de las siguientes causas de resolución:
a) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
b) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes, y en particular, el incumplimiento de lo establecido en la cláusula
décima en relación a la declaración de utilidad pública.
La extinción del convenio por esta causa, tras el procedimiento contradictorio
regulado en el artículo 51.2.c) de la LRJSP, conllevará el pago de una indemnización a
los demás otorgantes del convenio por los perjuicios causados derivados de actuaciones
ya ejecutadas o como consecuencia de otras actuaciones que tengan que asumir debido
al referido incumplimiento.
c) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
d) Por la entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que
determinen su extinción.
e) Por el transcurso del plazo de vigencia del convenio, sin haberse acordado la
prórroga del mismo.
En dichos supuestos se establecerá, en función de la causa concreta de extinción y a
la vista de la situación particular de las actuaciones en curso, la forma de continuación
de las mismas y su finalización en un plazo improrrogable fijado por las partes, a
propuesta de la comisión de seguimiento, así como la forma de entrega de las obras al
organismo competente.
3. Las posibles modificaciones de este convenio, acordadas de forma unánime por
los firmantes, deberán formalizarse mediante la suscripción de la correspondiente
adenda modificativa, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la
aprobación del inicial.
Tercera.

Descripción de la obra.

Las obras consistirían en la demolición de la pasarela peatonal existente, sobre la
desembocadura del río Cabe en el río Sil, y la construcción de una nueva pasarela
peatonal aguas arriba de la misma y a una cota superior, suficiente para asegurar que no
se inunde en momentos de gran caudal circulante por el río Cabe y por el río Sil. El
trazado de la nueva pasarela deberá ser compatible con las prescripciones de los
organismos autonómicos responsables de la conservación del patrimonio natural y
cultural.
Se abordarán asimismo los accesos a la nueva estructura desde ambas márgenes
del río Cabe.

1. La inversión total necesaria para la actuación se ha estimado en 1.350.000
euros, Impuesto del Valor Añadido incluido.
2. El coste de la inversión se financiará con cargo al presupuesto de gastos del
organismo de cuenca para los años 2023, 2024 y 2025 con cargo a la aplicación
presupuestaria 23.108.452A.601, superproyecto 2013 23 233 9001 y código de
proyecto 2013 23 233 0011.

cve: BOE-A-2023-22637
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta. Coste de las actuaciones y financiación de las mismas.