III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-22641)
Resolución de 25 de octubre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Luminora Solar Dos, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Luminora Solar Dos, de 196,55 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Murcia y San Javier (Murcia) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 148038

solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y
empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la
instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición del
Ayuntamiento de Murcia, de Telefónica, SAU, de Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias (ADIF), de Red Eléctrica de España, SAU, de la Mancomunidad de los
Canales del Taibilla, O.A., y de Fortunata Solar, SL Se ha dado traslado al promotor de
dichas contestaciones, que expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de la Dirección General de Carreteras de la
Consejería de Fomento e Infraestructuras de la Región de Murcia y de la Comunidad de
Regantes del Campo de Cartagena, en las que se establecen condicionados técnicos y,
en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por la
ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus
competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
Preguntados el Ayuntamiento de San Javier, la Comisión Hidráulica del Segura, O.A.,
i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, la Dirección General de Medio Natural de la
Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente de la Región de
Murcia y Redexis, S.A., no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se
entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.2,
131.1 y 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido contestación extemporánea de la Subdirección General de Patrimonio
Natural y Cambio Climático de la Consejería de Medio Ambiente, Mar Menor,
Universidades e Investigación de la Región de Murcia, emitiendo informe favorable a los
documentos recibidos respecto a las medidas compensatorias relacionadas con avifauna
y el estudio de sinergias. Asimismo, solicita la obtención de los permisos necesarios y el
cumplimiento de los compromisos del promotor en cuanto a flora, fauna y hábitats
protegidos.
Asimismo, la petición ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el artículo 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la
publicación el 17 de mayo de 2023 en el «Boletín Oficial del Estado», el 31 de mayo
de 2023 en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», el 31 de mayo de 2023 en el
diario «La Opinión de Murcia» y con la exposición al público en los tablones de edictos
de los Ayuntamientos de Murcia y San Javier. No se han recibido alegaciones.
El Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Murcia ha emitido
informe en fecha 16 de agosto de 2023.
Considerando que, en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo deberá tener debidamente en cuenta la evaluación de impacto
ambiental efectuada.
El proyecto de la instalación, y su infraestructura de evacuación asociada, junto a su
estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) fueron sometidos al procedimiento de
evaluación de impacto ambiental, habiendo sido formulada Declaración de Impacto
Ambiental favorable, mediante Resolución de 2 de enero de 2023 de la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico (en adelante, DIA), en la que se establecen las condiciones
ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que
resultan de la evaluación ambiental practicada, publicada en el «Boletín Oficial del
Estado» núm. 15, de 18 de enero de 2023.
De acuerdo con lo establecido en la DIA, serán de aplicación al proyecto las
condiciones ambientales establecidas y las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias y, en su caso, medidas de seguimiento contempladas en el EsIA, las
aceptadas tras la información pública y consultas y las propuestas en su información
adicional, en tanto no contradigan lo dispuesto en la DIA.
Conforme a lo dispuesto en la Resolución de autorización administrativa previa del
proyecto, sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto

cve: BOE-A-2023-22641
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Núm. 265