V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. (BOE-B-2023-32510)
Anuncio de la Delegación de Economía y Hacienda de Cuenca por el que se convoca subasta pública de varias fincas rústicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 265

Lunes 6 de noviembre de 2023

Fuentelespino de Moya 503
Fuentelespinode Moya 513
Tinajas
504

5275
5022
63

Fuente Avellana
Prado Navarro
Miravetes

Sec. V-B. Pág. 52774

0,0805
0,0474
0,3340

144,50
144,50
1.141,55

Convocatoria en cuarta subasta
Municipio

Polígono

Parcela

Paraje

Superfie/Has.

Precio salida

Fuentelespino de Moya

503

74

Pozas de Moya

0,3324

399,19

Fuentelespino de Moya

511

130

Los Quiñones

0,0160

153,53

Fuentelespino de Moya

511

236

La Cañada

0,0331

122,83

Fuentelespino de Moya

512

55

Rento de abajo

0,0233

122,83

La Melgosa (Cuenca)

507

5077

Tinada los Garros

0,6634

611,12

La Melgosa (Cuenca)

507

5079

Tinada los Garros

0,3120

287,41

El tipo de venta para las fincas indicadas será el precio de salida que se señala
más arriba, siendo el procedimiento adoptado únicamente el de presentación de
ofertas en sobre cerrado.
El plazo para la presentación de ofertas será de 30 días naturales desde el
siguiente al de publicación en el Boletín Oficial del Estado del anuncio de
celebración de la subasta.
El acto de apertura tendrá lugar el día 14 de diciembre de 2023 a las 9.30
horas en la Delegación de Economía y Hacienda de Cuenca.
Se utiliza la subasta, tal y como establece el art. 137 de la Ley 33/2003, como
forma de enajenación, pues los bienes a enajenar son inadecuados para atender
las directrices derivadas de las políticas públicas a que se refiere el apartado 2 del
art. 8 de dicha Ley.
Podrán tomar parte en la subasta, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 95.1 del RLPAP, todas aquellas personas que tengan capacidad de
contratar, de acuerdo con las normas contenidas en el Código Civil, en particular
para el contrato de compraventa.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 137.6 de la LPAP, los
participantes deberán constituir una garantía por un importe del 5% del tipo de
licitación de los bienes, en los términos previstos en la cláusula segunda del pliego
de condiciones. El hecho de haber realizado el depósito para adquirir un bien en la
subasta supone de antemano optar a dicho bien y aceptar el tipo de licitación del
mismo, como mínimo, con independencia del número de participantes, inclusive
aunque se sea el único.
El pliego de condiciones se encuentra a disposición de los interesados en la
Sección del Patrimonio del Estado de esta Delegación de Economía y Hacienda y
en la página del Ministerio Ministerio de Hacienda (Subastas Públicas),
www.hacienda.gob.es.
Si el adjudicatario no satisface el precio dentro del mes siguiente a la

cve: BOE-B-2023-32510
Verificable en https://www.boe.es

No podrán ser adquirentes las personas que hayan solicitado o estén
declaradas en concurso, hayan sido declaradas insolventes en cualquier
procedimiento, estén sujetas a intervención judicial o hayan sido inhabilitadas
conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, de acuerdo con lo previsto en
el artículo 95.2 del RLPAP, así como las que incurriesen en los supuestos
contemplados en la normativa sobre incompatibilidades.