III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-22578)
Resolución 420/38429/2023, de 26 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con las entidades de seguro Asisa y Segurcaixa-Adeslas, para la asitencia sanitaria de titulares y beneficiarios adscritos al Instituto Social de las Fuerzas Armadas, en el Hospital Central de la Defensa Gómez Ulla Centro Sanitario de Vida y Esperanza.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 264

Sábado 4 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 147673

3. En caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas no se prevén posibles
indemnizaciones.
4. La resolución de este convenio no dará lugar a indemnización o compensación
por alguna de las partes.
5. La intención de resolución del convenio, cuando se dé alguna de las causas de
resolución, se comunicará a la otra parte.
6. La resolución del convenio será efectiva en un plazo no superior a los seis
meses desde su comunicación.
7. No obstante, si el acuerdo de resolución fuese por mutuo acuerdo, se requerirán
los informes preceptivos del artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, así como la inscripción en el Registro Electrónico Estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, pero no su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
En caso de resolución del convenio, ambas partes se comprometen, cuando existan
actuaciones en curso de ejecución, a propuesta de la Comisión Mixta de Seguimiento,
Vigilancia y Control del convenio o, en su defecto, del responsable del mecanismo a que
hace referencia la letra f) del artículo 49, acordar la continuación y finalización de las
actuaciones en curso que se consideren oportunas, estableciendo un plazo
improrrogable para su finalización.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en tres
ejemplares originales, igualmente válidos, en lugar y fecha arriba indicada.–Por el
Ministerio de Defensa, la Subsecretaria de Defensa, Adoración Mateos Tejada.–Por
Asisa, el Consejero Delegado, Enrique de Porres Ortiz de Urbina.–Por SegurcaixaAdeslas, el Director de Ramos Personales, Luis Iglesias Bengochea y el Director de
Operaciones Personales, Francisco Fuentes Gómez.
ANEXO I
Cartera de servicios y modalidades asistenciales
Hospitalización
convencional

Hospitalización
intensiva

Consultas
externas

Hospital de
día

Quirófano/
Técnicas

X

X

T

Urgencias

Consultas

Alergia.

X

X

Anestesia.

X

X

X

X

T/Q

F

X

Cardiología.

X

X

X

X

T

F

X

Cirugía General.

X

X

X

Q

F

X

Cirugía Cardiaca.

X

X

X

Q

Cirugía Maxilo-Facial.

X

X

X

Q

Cirugía Pediátrica.

X

X

X

Q

Cirugía Plástica Y Rep.

X

X

X

Q

L

X

Cirugía Torácica.

X

X

X

Q

L

X

Cirugía Vascular.

X

X

X

Q

L

X

Dermatología.

X

X

X

T/Q

Digestivo.

X

X

X

T

Endocrinología.

X

X

X

T

Ginecología-Obstetricia.

X

X

X

T/Q

X
L

X
X

X
L

X
X

F

X

* Incluye Neonatología 1.º nivel (Excluido 2.º nivel de neonatología e intensivos pediátricos). Quirófano / Técnicas: Q actividad quirúrgica, T técnicas
diagnósticas y/o terapéuticas Urgencias / Guardia: F guardia de presencia física, L guardia localizada, G guardia en «grupo» de especialidades médicas.
Asistencia odontológica. Las prestaciones odontológicas incluidas en la Cartera de servicios figuran en el anexo IV.

cve: BOE-A-2023-22578
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