III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-22576)
Resolución 420/38426/2023, de 25 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Católica Santa Teresa de Jesús de Ávila, para la organización conjunta del Máster Universitario en promoción profesional para la gestión de crisis en Seguridad en Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 264

Sábado 4 de noviembre de 2023

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pueden ser proyectos formativos, información del estudiante, horarios, etc., siempre que
dichas propuestas adoptadas no afecten al contenido mínimo y esencial del convenio, el
cual no puede ser objeto de modificación en la comisión mixta.
La comisión mixta dará seguimiento y evaluará las acciones y actividades derivadas
del convenio y resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento del mismo que
puedan presentarse, tomando las decisiones por consenso.
La comisión mixta se reunirá anualmente con carácter ordinario y, con carácter
extraordinario, cuando se considere necesario a criterio de las partes.
Sexta. Medidas para la salvaguarda de la seguridad y acceso y estancia en instalación
militar.
La información que, en el marco de la ejecución de este convenio, obtenga la UCAV
del Ministerio de Defensa, con la expresa autorización de éste para su explotación,
tendrá la consideración de «uso público» y podrá ser usada públicamente sin
restricciones.
Las partes acuerdan que el resto de la información que se revelen mutuamente o a la
que puedan acceder durante las actividades amparadas por este convenio tendrá la
consideración de «uso oficial»; por lo que se comprometen a guardar la debida reserva
sobre dicha información.
El citado deber de reserva permanecerá durante el periodo de vigencia del presente
convenio y subsistirá con posterioridad a la extinción de éste. Asimismo, las partes se
comprometen a devolverse o destruir la documentación recibida en el momento de
extinción del presente convenio sin que sea necesario requerimiento previo para ello.
Queda excluida de este convenio la información clasificada del Ministerio de
Defensa, cuya protección se regula por la normativa específica, y que no puede ser
cedida a organismos o personas que no cuenten con los acuerdos o habilitaciones de
seguridad pertinentes.
El personal participante no militar que acceda a las instalaciones del Ministerio de
Defensa con motivo del desarrollo de las actividades previstas en este convenio, no
podrá introducir, ni exhibir, en dichos recintos, símbolos, distintivos, lemas impresos etc.
que, por su contenido, o por las circunstancias en las que se muestren o usen, puedan
menoscabar el principio de neutralidad institucional o vulnerar las normas de seguridad.
En caso de incumplimiento de esta condición de acceso y permanencia, corresponderá a
la UCAV las actuaciones de poner en conocimiento del interesado ese incumplimiento y,
en su caso, invitarle a abandonar la instalación militar.
Protección de datos de carácter personal.

Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sea de aplicación, lo que
está establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de protección de datos,
RGPD), y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, así como en las disposiciones de
desarrollo que se dicten.
Los datos personales que sean objeto de tratamiento con motivo del convenio se
incorporarán a los Registros de Actividades de Tratamiento de cada una de las partes
intervinientes, con la finalidad de gestionar la relación descrita en el convenio. Las partes
intervinientes en el convenio se abstendrán de hacer ningún tipo de tratamiento de los
datos personales que no sea estrictamente necesario para el cumplimiento de los fines
del convenio. Los titulares de los datos personales podrán ejercitar ante el responsable o
el encargado del tratamiento de los datos personales los derechos de acceso,
rectificación, supresión y portabilidad de los datos personales, y de limitación u oposición
al tratamiento.

cve: BOE-A-2023-22576
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Séptima.