III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-22570)
Resolución de 19 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador mercantil y de bienes muebles XV de Barcelona a depositar las cuentas anuales de una sociedad correspondiente al ejercicio 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 264

Sábado 4 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 147590

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
22570

Resolución de 19 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del
registrador mercantil y de bienes muebles XV de Barcelona a depositar las
cuentas anuales de una sociedad correspondiente al ejercicio 2021.

En el recurso interpuesto por don G. C. M., en nombre y representación y como
administrador único de la sociedad «Cintra Logist, S.L.U.», contra la negativa del
registrador Mercantil y de Bienes Muebles XV de Barcelona, don Jesús María Ducay
López, a depositar las cuentas anuales de la sociedad correspondiente al ejercicio 2021.
Hechos
I
El día 17 de febrero de 2023 se presentaron en el Registro Mercantil de Barcelona
las cuentas anuales del ejercicio 2021 de la sociedad «Cintra Logist, S.L.U.», que habían
sido aprobadas en una junta general universal celebrada el día 30 de abril de 2022.
II
Presentada dicha documentación en el Registro Mercantil de Barcelona, fue objeto
de la siguiente nota de calificación:
«Núm. Entrada: 99/43007024.
Documento calificado: relativos a cuentas anuales 2021.

1. El capital social consignado en las cuentas anuales aportadas no coincide con el
inscrito. (Resoluciones de la Dirección General de Registros y del Notariado de fecha 10
de diciembre de 2008, 17 de diciembre de 2012, 15 de junio de 2015 y 14 de noviembre
de 2018 y 21 de febrero de 2022).
2. No se tiene que depositar el documento sobre la prestación de servicios por
cuenta de terceros por cuanto esta entidad no se ha dado de alta como prestador de
servicios a sociedades y fideicomisos. Deberá previamente inscribirse como tal para
poder incluir en el depósito de las cuentas anuales el documento de servicios a terceros
que se acompaña (Disposición Adicional Única de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de
prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, modificada por
el Real Decreto-Ley 11/2018 de 31 de agosto).
– Se advierte que las enmiendas que puedan realizarse en los documentos
aportados, deberán ser salvadas por las personas que ostenten la facultad certificante.

cve: BOE-A-2023-22570
Verificable en https://www.boe.es

Hechos. En fecha 17 de febrero de 2023 fueron presentados en este Registro
documentos de cuentas anuales relativos a la empresa “Cintra Logist S.L.”, causando el
Asiento de Presentación 1244 del Diario 1245, y el Registrador que suscribe, previo
examen y calificación de los documentos, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 18.2 del Código de Comercio, 15.2 y 368 del Reglamento del Registro
Mercantil, con la conformidad de los cotitulares, ha acordado suspender el depósito
solicitado, en razón de las causas impeditivas y de las motivaciones jurídicas que a
continuación se indican.
Fundamentos de Derecho. Son defectos que impiden el depósito de los documentos
contables, los siguientes: