III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-22584)
Resolución de 1 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación, por la que se publica el Convenio con la Asociación Española de Videojuegos, para la colaboración en el desarrollo de actuaciones dentro del proyecto "The Good Gamer".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 264

Sábado 4 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 147774

En caso de no llegar a un acuerdo, las partes someterán las cuestiones litigiosas que
se puedan derivar del contenido del Convenio, de su interpretación, desarrollo o
ejecución al conocimiento de los Juzgados y Tribunales de Madrid del orden
jurisdiccional contencioso-administrativo.
Decimocuarta.

Colaboración entre las partes.

Las partes firmantes del presente documento colaborarán en todo momento según
los principios de buena fe y de eficacia para asegurar la correcta ejecución de lo
pactado.
Las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier controversia que
pudiera surgir con ocasión de la ejecución del presente Convenio a través de los cauces
indicados en la cláusula precedente.
Decimoquinta.

Información al ciudadano.

En aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso y Buen Gobierno, este Convenio será puesto a disposición de los
ciudadanos en el Portal de Transparencia. El cumplimiento de tal previsión
corresponderá al MCD.
Decimosexta. Protección de datos de carácter personal.
Las Partes informan a los representantes que firman el presente Convenio de que
sus datos de carácter personal serán tratados con la finalidad de mantener las relaciones
contractuales de las mismas, siendo imprescindible para ello que se aporten sus datos
identificativos, la capacidad de representación que ostentan, número de DNI o
documento equivalente y su firma.
Asimismo, las Partes garantizan cumplir con el deber de información con respecto a
sus empleados cuyos datos personales sean comunicados entre las Partes para el
mantenimiento y cumplimiento de la presente relación jurídica. La base jurídica que
legitima el tratamiento de los datos de los interesados es la necesidad para la
celebración y ejecución del presente Convenio.
Los datos serán conservados durante la vigencia del presente Convenio y,
posteriormente, durante el plazo legalmente establecido con la finalidad de atender a las
posibles responsabilidades derivadas de la relación contractual.
En todo caso, los afectados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación,
supresión, oposición, limitación y portabilidad ante la parte que corresponda a través de
comunicación por escrito al domicilio social que consta al comienzo del presente
documento, aportando fotocopia de su DNI o documento equivalente e identificando el
derecho que se solicita.
Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos
personales, podrán interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección
de Datos (www.aepd.es) o ante el delegado de protección de datos de la parte que
corresponda:

Decimoséptima.

Competencias.

Este acuerdo no supone la renuncia de las partes a sus respectivas competencias.
Y en prueba de conformidad, a 20 de octubre de 2023, firman el presente
acuerdo, por triplicado y a un solo efecto.–La Directora General de Industrias
Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación, Carmen Páez Soria.–El Director
General de AEVI, José María Moreno Peña.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2023-22584
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Ministerio de Cultura y Deporte: dpd@cultura.gob.es
AEVI: info@aevi.org.es