III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-22537)
Resolución de 26 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Planta Híbrida Fotovoltaica Pinta y Guindalera, de 75,71 MW, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Valladolid".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 3 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 147453
Se aportarán parcelas con una superficie equivalente al 50 % de la instalación
proyectada, a modo de mejora de los hábitats de la avifauna esteparia, elaborando un
Plan de Conservación de esteparias aprobado y consensuado con el Servicio Provincial
de Medio Ambiente de Valladolid. Entre las medidas a incorporar y siguiendo las
estrategias de conservación del «Programa de Estepas Cerealistas de Castilla y León»,
se aumentarán las superficies de barbecho tradicional y su mantenimiento a largo plazo,
alzado tardío del rastrojo, empleo de leguminosas de grano y/o utilización de cereales de
ciclo largo y no tratadas con productos fitosanitarios, fungicidas o rodenticidas,
mantenimiento de pastizales naturales así como restablecer lindes con vegetación
herbáceas y fomentar la transformación de cultivos herbáceos en pastizales
permanentes.
Se respetará el periodo de nidificación para aquellos trabajos que puedan incidir en
la avifauna, presentando un plan de trabajo que minimice su afección, estableciendo un
calendario de obras se fijará en coordinación con el Servicio Territorial de Medio
Ambiente.
De forma conjunta, se considera necesaria la elaboración de un plan de seguimiento
específico para la fauna que se extenderá durante toda la vida útil desde la puesta en
marcha por la instalación, prorrogables por periodos de igual o menos duración, en
función de los resultados obtenido, llevándose a cabo por una empresa independiente de
la responsable de la obra. Dicho plan deberá incluir tanto dentro como fuera de las
instalaciones mediante censos de fauna (aves esteparias, rapaces, quirópteros,
invertebrados) y seguimiento de mortalidad de la fauna, con aprobación del Servicio
Territorial de Medio Ambiente de Valladolid, e informes anuales de seguimiento.
A la hora de realizar las zanjas, se minimizará su afección con la vegetación de las
lindes evitando su afección y si fuese necesario de procederá a su restauración y mejora.
De igual modo, los caminos públicos de paso para acceso a la instalación deberán
mantenerse en perfectas condiciones de uso, evitando su deterioro, así como las
ocupaciones que dificulten el tránsito o la funcionalidad de los mismos.
Durante las obras, se seleccionará el procedimiento de construcción que minimice la
alteración de la capa superficial del suelo, respetando la vegetación existente,
minimizando los movimientos de tierra en la superficie de la planta, así como los acopios
de cualquier tipo de material y zonas auxiliares deberán disponerse dentro del perímetro
del proyecto, fuera de las áreas naturales a conservar y evitando la evacuación de
solidos por escorrentía superficial.
En relación a las vías pecuarias, deberán garantizarse el mantenimiento del correcto
estado de estos bienes de dominio público, y que no se vea interrumpido el paso
ganadero en ningún momento, tanto en explotación como en obra, así como garantizar
los demás usos compatibles y complementarios según se recogen en la Ley 3/1995,
de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.
Las zonas temporales de acopios y que posteriormente queden libres deberán
restablecerse para cultivos o bien especies autóctonas.
La instalación de los paneles debe de realizarse mediante hincado, ocupando la
mínima superficie de suelo posible. Respecto a la vegetación del sustrato bajo los
paneles solares, deberán permitir el desarrollo de vegetación herbácea y arbustiva
dejando una distancia al suelo de al menos 0,5 m que favorezca su presencia sin que
esta interfiera con el correcto funcionamiento de la planta ni al mantenimiento o
seguimiento de la misma.
En relación a la vegetación existente, no se utilizará herbicidas para su limpieza,
debiéndose plantear desbroces periódicos mecánicos o manuales, o bien favoreciendo el
pastoreo para su mantenimiento, manteniendo una cobertura vegetal del suelo que
aporte al paisaje y a la fauna a modo de reservorios. Se propone mantener zonas verdes
sin desbrozar entre grupos de paneles como reservorios y aportes para la fauna y al
paisaje. Se deberá dejar al menos 1 % de la superficie de instalación para la formación
de rodales de vegetación con una superficie mínima de 0,5 ha y distribuidos en varias
cve: BOE-A-2023-22537
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 263
Viernes 3 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 147453
Se aportarán parcelas con una superficie equivalente al 50 % de la instalación
proyectada, a modo de mejora de los hábitats de la avifauna esteparia, elaborando un
Plan de Conservación de esteparias aprobado y consensuado con el Servicio Provincial
de Medio Ambiente de Valladolid. Entre las medidas a incorporar y siguiendo las
estrategias de conservación del «Programa de Estepas Cerealistas de Castilla y León»,
se aumentarán las superficies de barbecho tradicional y su mantenimiento a largo plazo,
alzado tardío del rastrojo, empleo de leguminosas de grano y/o utilización de cereales de
ciclo largo y no tratadas con productos fitosanitarios, fungicidas o rodenticidas,
mantenimiento de pastizales naturales así como restablecer lindes con vegetación
herbáceas y fomentar la transformación de cultivos herbáceos en pastizales
permanentes.
Se respetará el periodo de nidificación para aquellos trabajos que puedan incidir en
la avifauna, presentando un plan de trabajo que minimice su afección, estableciendo un
calendario de obras se fijará en coordinación con el Servicio Territorial de Medio
Ambiente.
De forma conjunta, se considera necesaria la elaboración de un plan de seguimiento
específico para la fauna que se extenderá durante toda la vida útil desde la puesta en
marcha por la instalación, prorrogables por periodos de igual o menos duración, en
función de los resultados obtenido, llevándose a cabo por una empresa independiente de
la responsable de la obra. Dicho plan deberá incluir tanto dentro como fuera de las
instalaciones mediante censos de fauna (aves esteparias, rapaces, quirópteros,
invertebrados) y seguimiento de mortalidad de la fauna, con aprobación del Servicio
Territorial de Medio Ambiente de Valladolid, e informes anuales de seguimiento.
A la hora de realizar las zanjas, se minimizará su afección con la vegetación de las
lindes evitando su afección y si fuese necesario de procederá a su restauración y mejora.
De igual modo, los caminos públicos de paso para acceso a la instalación deberán
mantenerse en perfectas condiciones de uso, evitando su deterioro, así como las
ocupaciones que dificulten el tránsito o la funcionalidad de los mismos.
Durante las obras, se seleccionará el procedimiento de construcción que minimice la
alteración de la capa superficial del suelo, respetando la vegetación existente,
minimizando los movimientos de tierra en la superficie de la planta, así como los acopios
de cualquier tipo de material y zonas auxiliares deberán disponerse dentro del perímetro
del proyecto, fuera de las áreas naturales a conservar y evitando la evacuación de
solidos por escorrentía superficial.
En relación a las vías pecuarias, deberán garantizarse el mantenimiento del correcto
estado de estos bienes de dominio público, y que no se vea interrumpido el paso
ganadero en ningún momento, tanto en explotación como en obra, así como garantizar
los demás usos compatibles y complementarios según se recogen en la Ley 3/1995,
de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.
Las zonas temporales de acopios y que posteriormente queden libres deberán
restablecerse para cultivos o bien especies autóctonas.
La instalación de los paneles debe de realizarse mediante hincado, ocupando la
mínima superficie de suelo posible. Respecto a la vegetación del sustrato bajo los
paneles solares, deberán permitir el desarrollo de vegetación herbácea y arbustiva
dejando una distancia al suelo de al menos 0,5 m que favorezca su presencia sin que
esta interfiera con el correcto funcionamiento de la planta ni al mantenimiento o
seguimiento de la misma.
En relación a la vegetación existente, no se utilizará herbicidas para su limpieza,
debiéndose plantear desbroces periódicos mecánicos o manuales, o bien favoreciendo el
pastoreo para su mantenimiento, manteniendo una cobertura vegetal del suelo que
aporte al paisaje y a la fauna a modo de reservorios. Se propone mantener zonas verdes
sin desbrozar entre grupos de paneles como reservorios y aportes para la fauna y al
paisaje. Se deberá dejar al menos 1 % de la superficie de instalación para la formación
de rodales de vegetación con una superficie mínima de 0,5 ha y distribuidos en varias
cve: BOE-A-2023-22537
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 263