II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-22520)
Resolución de 19 de octubre de 2023, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso en la Escala Básica Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 3 de noviembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 147281
7.15 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere
conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los
requisitos de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia,
propondrá su exclusión al Sr. Rector dando traslado, asimismo, de las inexactitudes o
falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas
selectivas a los efectos procedentes.
La Resolución de exclusión de la persona aspirante, que en su caso proceda, pondrá
fin a la vía administrativa, y, consiguientemente, el/la interesado/a podrá formular en el
plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado competente de
lo Contencioso-Administrativo de Valladolid. Potestativamente, podrá interponerse
recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad de Valladolid, en el plazo de
un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no podrá interponerse el
recurso contencioso-administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.
8. Calendario y desarrollo de los ejercicios
8.1 El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará por el primero cuyo
apellido comience por la letra «Z», y se continuará sucesivamente por orden alfabético,
de conformidad con lo establecido en la Resolución de 3 de febrero de 2023, de la
Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, por la que se
hace público el resultado del sorteo para determinar el orden de actuación de las
personas aspirantes en los procesos selectivos de la Administración de la Comunidad de
Castilla y León y de sus Organismos Autónomos (BOCYL de 7).
8.2 En cualquier momento las personas aspirantes podrán ser requeridas por los
miembros del Tribunal para que acrediten su personalidad.
8.3 Las personas aspirantes serán convocadas, para la realización de cada
ejercicio, en único llamamiento, debiendo ir provistos del DNI o acreditación equivalente,
siendo excluidas de la Oposición quienes no comparezcan.
8.4 El lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio serán publicados en el
«Boletín Oficial de Castilla y León», en la misma resolución por la que se elevan a
definitivas las Listas Provisionales de personas aspirantes Admitidas y Excluidas a la que
se refiere la base 4.2, párrafo tercero. Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el
comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y
máximo de cuarenta y cinco días naturales.
8.5 El anuncio de celebración del siguiente ejercicio de la Fase de Oposición no
será objeto de publicación en el BOCYL y se efectuará a través del correspondiente
Acuerdo del Tribunal al hacer pública la relación de aprobados/as del ejercicio anterior,
con un plazo mínimo de setenta y dos horas al inicio del mismo. La publicación se
efectuará en el lugar señalado en la base 4.4.
Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios pueden coincidir con las fechas
de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
8.6 Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cuatro días hábiles, desde
el siguiente a la publicación por parte del Tribunal de las soluciones a las preguntas que
formen parte del correspondiente ejercicio de la fase de oposición, para presentar
reclamaciones contra el contenido del ejercicio planteado o las soluciones propuestas.
Dichas reclamaciones deberán dirigirse, debidamente documentadas, a la sede del
Tribunal. Examinadas las posibles reclamaciones, el Tribunal procederá a corregir el
ejercicio. El Tribunal indicará, en su caso, en el correspondiente Acuerdo indicado en la
base 9.1 por el que se declara la relación de aspirantes que han superado el ejercicio,
con sus correspondientes calificaciones teniendo en cuenta las reclamaciones
planteadas a las preguntas, soluciones o contenidos anulados o modificados por el
Tribunal.
La publicación referida en el párrafo anterior se efectuará en los lugares establecidos
en la base 4.4.
cve: BOE-A-2023-22520
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 263
Viernes 3 de noviembre de 2023
Sec. II.B. Pág. 147281
7.15 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere
conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los
requisitos de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia,
propondrá su exclusión al Sr. Rector dando traslado, asimismo, de las inexactitudes o
falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas
selectivas a los efectos procedentes.
La Resolución de exclusión de la persona aspirante, que en su caso proceda, pondrá
fin a la vía administrativa, y, consiguientemente, el/la interesado/a podrá formular en el
plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado competente de
lo Contencioso-Administrativo de Valladolid. Potestativamente, podrá interponerse
recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad de Valladolid, en el plazo de
un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no podrá interponerse el
recurso contencioso-administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.
8. Calendario y desarrollo de los ejercicios
8.1 El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará por el primero cuyo
apellido comience por la letra «Z», y se continuará sucesivamente por orden alfabético,
de conformidad con lo establecido en la Resolución de 3 de febrero de 2023, de la
Viceconsejería de Administraciones Públicas y Atención al Ciudadano, por la que se
hace público el resultado del sorteo para determinar el orden de actuación de las
personas aspirantes en los procesos selectivos de la Administración de la Comunidad de
Castilla y León y de sus Organismos Autónomos (BOCYL de 7).
8.2 En cualquier momento las personas aspirantes podrán ser requeridas por los
miembros del Tribunal para que acrediten su personalidad.
8.3 Las personas aspirantes serán convocadas, para la realización de cada
ejercicio, en único llamamiento, debiendo ir provistos del DNI o acreditación equivalente,
siendo excluidas de la Oposición quienes no comparezcan.
8.4 El lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio serán publicados en el
«Boletín Oficial de Castilla y León», en la misma resolución por la que se elevan a
definitivas las Listas Provisionales de personas aspirantes Admitidas y Excluidas a la que
se refiere la base 4.2, párrafo tercero. Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el
comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y
máximo de cuarenta y cinco días naturales.
8.5 El anuncio de celebración del siguiente ejercicio de la Fase de Oposición no
será objeto de publicación en el BOCYL y se efectuará a través del correspondiente
Acuerdo del Tribunal al hacer pública la relación de aprobados/as del ejercicio anterior,
con un plazo mínimo de setenta y dos horas al inicio del mismo. La publicación se
efectuará en el lugar señalado en la base 4.4.
Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios pueden coincidir con las fechas
de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
8.6 Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cuatro días hábiles, desde
el siguiente a la publicación por parte del Tribunal de las soluciones a las preguntas que
formen parte del correspondiente ejercicio de la fase de oposición, para presentar
reclamaciones contra el contenido del ejercicio planteado o las soluciones propuestas.
Dichas reclamaciones deberán dirigirse, debidamente documentadas, a la sede del
Tribunal. Examinadas las posibles reclamaciones, el Tribunal procederá a corregir el
ejercicio. El Tribunal indicará, en su caso, en el correspondiente Acuerdo indicado en la
base 9.1 por el que se declara la relación de aspirantes que han superado el ejercicio,
con sus correspondientes calificaciones teniendo en cuenta las reclamaciones
planteadas a las preguntas, soluciones o contenidos anulados o modificados por el
Tribunal.
La publicación referida en el párrafo anterior se efectuará en los lugares establecidos
en la base 4.4.
cve: BOE-A-2023-22520
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Núm. 263