III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-22464)
Resolución de 5 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Cartagena n.º 4, por la que se deniega la inscripción de la rectificación de la referencia catastral correspondiente de una finca registral por otra distinta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262

Jueves 2 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 146612

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
22464

Resolución de 5 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Cartagena n.º 4, por la que se deniega
la inscripción de la rectificación de la referencia catastral correspondiente de
una finca registral por otra distinta.

En el recurso interpuesto por don M. S. S. contra la nota de calificación de la
registradora de la Propiedad de Cartagena número 4, doña María Clara Treviño Peinado,
por la que se deniega la inscripción de la rectificación de la referencia catastral
correspondiente de una finca registral por otra distinta, por estar asignada la misma a
otra finca registral inscrita a nombre de persona distinta, la cual no ha prestado su
consentimiento a la rectificación.
Hechos
I
Mediante escritura pública de compraventa autorizada el día 29 de julio de 2005 por
el notario de Cartagena, don José Miguel Orenes Barquero, con el número 1.378 de
protocolo, don M. S. S. adquirió la propiedad de la finca registral número 20.271 del
término municipal de Cartagena, declarándose como referencia catastral
correspondiente
con
la
identidad
de
la
citada
finca
la
siguiente:
0328401XG8602N0008RA. Dicha escritura causó inscripción 4.ª en el Registro de la
Propiedad de Cartagena número 4 el día 31 de agosto de 2005.
Mediante escritura aclaratoria de la anterior, otorgada el día 24 de febrero de 2023
por el notario de Cartagena, don Pedro Eugenio Díaz Triado, con el número 602 de
protocolo, don M. S. S. declaraba que la citada referencia catastral se hizo constar
erróneamente en la escritura y que la referencia catastral correcta, que se correspondía
con la identidad de su finca, era 0328401XG8602N0016OH.
II

«Asiento 595 Diario 257.
Se presenta Escritura complementaria de otra compraventa autorizada por el Notario
de Cartagena don Pedro Eugenio Díaz Trenado el 24 de febrero de 2023, en la que don
M. S. S., titular registral de la finca 20.271 de la Sección 2.ª perteneciente a este distrito
hipotecario, manifiesta que mediante escritura autorizada por el notario de Cartagena don
José Miguel Orenes Barquero el 29 de julio de 2005, protocolo 1.368, que se acompaña,
el citado señor S. adquirió por compra la registral 20.271 y que se citó como Referencia
Catastral de la finca la 0328401XG8602N0008RA, pero que la Referencia Catastral que le
corresponde en realidad es 0328401XG8602N0016OH, que se incorpora.
Examinado el archivo de este Registro se observa lo siguiente:
– En el historial de la finca 20.271 se hizo constar la Referencia 0328401XG8602N0008RA
en su Inscripción 4.ª de fecha 23 de junio de 2004. Dicha finca se describe como: Urbana:
Numero (…): Vivienda social en planta tercera sin contar la baja, situada a la izquierda mirando
al edificio desde su lindero norte, entrando por la escalera derecha. Integrada en el Grupo de

cve: BOE-A-2023-22464
Verificable en https://www.boe.es

Presentada dicha documentación en el Registro de la Propiedad de Cartagena
número 4, fue objeto de la siguiente nota de calificación: