III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-22459)
Resolución de 3 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por la registradora mercantil y de bienes muebles de Ciudad Real, por la que se rechaza el depósito de cuentas de una sociedad correspondiente al ejercicio 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262

Jueves 2 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 146570

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
22459

Resolución de 3 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
extendida por la registradora mercantil y de bienes muebles de Ciudad Real,
por la que se rechaza el depósito de cuentas de una sociedad
correspondiente al ejercicio 2021.

En el recurso interpuesto por doña M. E. D. G., en nombre y representación y como
administradora de la sociedad «Gregorio Díaz-Miguel, SA», contra la nota de calificación
extendida por la registradora Mercantil y de Bienes Muebles de Ciudad Real, doña Lydia
Estela Blasco Lizárraga, por la que se rechaza el depósito de cuentas de la sociedad
correspondiente al ejercicio 2021.
Hechos
I
Se solicitó del Registro Mercantil de Ciudad Real la práctica del depósito de las
cuentas correspondientes al ejercicio 2021 de la sociedad «Gregorio Díaz-Miguel, SA»,
con presentación de la documentación correspondiente.
Entre dicha documentación, se encontraba el informe de auditoría respecto a dichas
cuentas anuales elaborado por la firma «Baker Tilly Auditores, SLP». De dicho informe
resultaba que el socio auditor que lo elaboraba denegaba la opinión al no poder «obtener
evidencia de auditoría que proporcione una base suficiente y adecuada para expresar
una opinión de auditoría sobre estas cuentas anuales».
A continuación, en el apartado fundamento de la denegación de opinión, el auditor
explicaba que la sociedad no había proporcionado un inventario valorado con el detalle
completo de las existencias de productos terminados, ni la sociedad había facilitado una
conciliación que justificase determinadas diferencias entre el inventarlo proporcionado y
el que sirvió de base para la elaboración de las cuentas.
II
Presentada la referida documentación en el Registro Mercantil de Ciudad Real, fue
objeto de la siguiente nota de calificación:
«Doña Lydia Estela Blasco Lizárraga, Registradora Mercantil de Ciudad Real
Mercantil., previo el consiguiente examen y calificación, de conformidad con los
artículos 18 del Código de Comercio y 6 del Reglamento del Registro Mercantil, ha
resuelto no practicar el depósito solicitado conforme a los siguientes hechos y
fundamentos de derecho:

Diario/Asiento: 62/548.
Presentación: 8 de mayo de 2023.
Entrada: 2/2023/500632,0.
Sociedad: Gregorio Díaz Miguel Sociedad Anónima.
Ejerc. depósito: 2021.
Hoja: CR-2309.

cve: BOE-A-2023-22459
Verificable en https://www.boe.es

Hechos.