III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-22492)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Instalación Híbrida El Llano de 45 MW de tecnología fotovoltaica y 5 MW de un módulo de almacenamiento con inyección de energía a la red, y su infraestructura de evacuación, en Rueda de Jalón (Zaragoza)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 2 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 146956

construcción, incluido la presente. En relación a los parques eólicos, existen 10
instalaciones, con un total de 475 aerogeneradores y 9 proyectados, con un total de 45
aerogeneradores. En las inmediaciones del área de estudio, existen varias líneas aéreas
en funcionamiento con 870 apoyos. Actualmente se están tramitando 23 líneas áreas
compartidas entre varios proyectos anteriores en tramitación con un total 252 apoyos.
La superficie desde la que serán visibles las infraestructuras permanentes de la
CSFA en estudio en el ámbito de radio 10 km será de 22,6 km2 (6,3 % respecto al área
total de dicho radio), de 16,0 km2 (15,7 %) en el de radio 5 km y de 9,1 km2 (40,3 %) en el
de radio 2 km.
El término municipal donde se emplaza el proyecto, Rueda de Jalón, presentará 3,6
km2 desde donde será visible la CSFA «El Llano». Asimismo, las plantas en proyecto y
las existentes incrementarán e incrementan también la visibilidad desde dicho término.
En relación a las infraestructuras desde podría ser visible, las carreteras son las
pertenecientes a la CV-620 (4,0 km), la A-121 (0,1 km), la A-1303 (0,1 km) y la AP-68
(0,0 km). Además, dentro del ámbito de estudio se localizan varios tramos de líneas de
ferrocarril desde los cuales no será visible la futura instalación de la planta.
La expansión de las plantas fotovoltaicas en zonas anteriormente ocupadas por de
cultivos de cereal puede suponer una importante pérdida y fragmentación de hábitat para
numerosas especies si no se lleva a cabo una adecuada gestión de las mismas,
eliminando no solo la comunidad vegetal donde habitan, sino también sus zonas de
campeo, alimentación, reproducción o cortejo.
Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los
fundamentos de derecho alegados, propuso la formulación de informe de determinación
de afección ambiental en el sentido de que el proyecto «Instalación Híbrida El Llano
de 45 MW de tecnología fotovoltaica y 5 MW de un módulo de almacenamiento con
inyección de energía a la red, y su infraestructura de evacuación» continuase con la
tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto
en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
La propuesta de informe de determinación de afección ambiental fue remitida al
Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) del Gobierno de Aragón, el 13 de
septiembre de 2023, con el fin de que emitiera observaciones en el plazo de diez días,
de acuerdo con el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, quedando suspendido el
cómputo del plazo para la formulación del informe de determinación de afección
ambiental, sin que conste a fecha de esta resolución la remisión de observaciones por
parte del órgano autonómico.
Fundamentos de Derecho
De conformidad con el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el
que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las
consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, el órgano ambiental
elaborará una propuesta de informe de determinación de afección ambiental que remitirá
al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual dispondrá de un plazo de
diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho plazo, la falta de respuesta se
considerará como aceptación del contenido de la propuesta.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución
de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia
estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de
enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los
fundamentos de derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente
administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección

cve: BOE-A-2023-22492
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Núm. 262