III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sector eléctrico. (BOE-A-2023-22497)
Resolución de 19 de octubre de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se aprueba el nuevo procedimiento de operación eléctrico 7.5 sobre el servicio de respuesta activa de la demanda y se modifica el 14.4 "Derechos de cobro y obligaciones de pago por los servicios de ajuste del sistema".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262
Jueves 2 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 147023
17.2.2 Bonificación a la zona de regulación por reserva residual superior a la
asignada.
La bonificación por reserva residual superior a la asignada dará lugar a un derecho
de cobro que se calcula según la fórmula siguiente:
DCRRSz = RRSz × PMBAN × KB
Siendo:
RRSz = (RRSPz + RRBPz) / TRCP
Donde:
PMBAN = Precio marginal de la banda de regulación secundaria.
KB = Coeficiente de bonificación = 1,5.
RRSPz = Valor acumulado de la diferencia positiva entre la reserva residual a subir
puesta por la zona de regulación z y su banda de potencia nominal a subir asignada
obtenido para los ciclos en que la zona de regulación está en activo, inactivo o
emergencia.
RRBPz = Valor acumulado de la diferencia positiva entre la reserva residual a bajar
puesta por la zona de regulación z y su banda de potencia nominal a bajar asignada
obtenido para los ciclos en que la zona de regulación está en activo, inactivo o
emergencia.
17.2.3 Penalización a la zona de regulación por reserva residual inferior a la
asignada.
El coste de la penalización por reserva residual inferior, que tiene valor negativo por
serlo RRSNz y RRBNz, dará lugar a una obligación de pago que se calcula según la
fórmula siguiente:
OPRRIz = RRIz × PMBAN × KI
Siendo:
RRIz = (RRSNz + RRBNz) / TRCP
PMBAN = Precio marginal de la banda de regulación secundaria.
KI = Coeficiente de incumplimiento = 1,5.
RRSNz = Valor acumulado de la diferencia negativa entre la reserva residual a subir
puesta por la zona de regulación z y su banda potencia nominal a subir asignada
obtenido para los ciclos en que la zona de regulación está en activo, inactivo o
emergencia.
RRBNz = Valor acumulado de la diferencia negativa entre la reserva residual a bajar
puesta por la zona de regulación z y su banda de potencia nominal a bajar asignada
obtenido para los ciclos en que la zona de regulación está en activo, inactivo o
emergencia.
17.3
Coste de la banda de regulación secundaria.
El coste de la banda de regulación secundaria será la suma de los derechos de
cobro y obligaciones de pago de los apartados 16.1 y 16.2.
El coste de la banda de regulación secundaria (CFBAN) se liquidará a la demanda
(CFBANDEM) y a los BRP en proporción a su desvío (CFBANDES).
cve: BOE-A-2023-22497
Verificable en https://www.boe.es
Donde:
Núm. 262
Jueves 2 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 147023
17.2.2 Bonificación a la zona de regulación por reserva residual superior a la
asignada.
La bonificación por reserva residual superior a la asignada dará lugar a un derecho
de cobro que se calcula según la fórmula siguiente:
DCRRSz = RRSz × PMBAN × KB
Siendo:
RRSz = (RRSPz + RRBPz) / TRCP
Donde:
PMBAN = Precio marginal de la banda de regulación secundaria.
KB = Coeficiente de bonificación = 1,5.
RRSPz = Valor acumulado de la diferencia positiva entre la reserva residual a subir
puesta por la zona de regulación z y su banda de potencia nominal a subir asignada
obtenido para los ciclos en que la zona de regulación está en activo, inactivo o
emergencia.
RRBPz = Valor acumulado de la diferencia positiva entre la reserva residual a bajar
puesta por la zona de regulación z y su banda de potencia nominal a bajar asignada
obtenido para los ciclos en que la zona de regulación está en activo, inactivo o
emergencia.
17.2.3 Penalización a la zona de regulación por reserva residual inferior a la
asignada.
El coste de la penalización por reserva residual inferior, que tiene valor negativo por
serlo RRSNz y RRBNz, dará lugar a una obligación de pago que se calcula según la
fórmula siguiente:
OPRRIz = RRIz × PMBAN × KI
Siendo:
RRIz = (RRSNz + RRBNz) / TRCP
PMBAN = Precio marginal de la banda de regulación secundaria.
KI = Coeficiente de incumplimiento = 1,5.
RRSNz = Valor acumulado de la diferencia negativa entre la reserva residual a subir
puesta por la zona de regulación z y su banda potencia nominal a subir asignada
obtenido para los ciclos en que la zona de regulación está en activo, inactivo o
emergencia.
RRBNz = Valor acumulado de la diferencia negativa entre la reserva residual a bajar
puesta por la zona de regulación z y su banda de potencia nominal a bajar asignada
obtenido para los ciclos en que la zona de regulación está en activo, inactivo o
emergencia.
17.3
Coste de la banda de regulación secundaria.
El coste de la banda de regulación secundaria será la suma de los derechos de
cobro y obligaciones de pago de los apartados 16.1 y 16.2.
El coste de la banda de regulación secundaria (CFBAN) se liquidará a la demanda
(CFBANDEM) y a los BRP en proporción a su desvío (CFBANDES).
cve: BOE-A-2023-22497
Verificable en https://www.boe.es
Donde: