III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sector eléctrico. (BOE-A-2023-22497)
Resolución de 19 de octubre de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se aprueba el nuevo procedimiento de operación eléctrico 7.5 sobre el servicio de respuesta activa de la demanda y se modifica el 14.4 "Derechos de cobro y obligaciones de pago por los servicios de ajuste del sistema".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262
Jueves 2 de noviembre de 2023
6.3.2
Sec. III. Pág. 147009
Asignaciones de regulación terciaria por MER a bajar.
La asignación de energía a bajar por MER da lugar a una obligación de pago para
cada unidad que se calcula según la fórmula siguiente:
OPTERMERu = 0,85 × ETERMERBu × min (PMTERPB, PMTERDBQ0) si PMTERPB > 0
ó PMTERDBQ0 > 0
DCTERMERu = 1,15 × ETERMERBu × min (PMTERPB, PMTERDBQ0) si PMTERPB < 0
y PMTERDBQ0 < 0
Donde:
ETERMERBu = Energía terciaria asignada por MER a bajar a la unidad u.
En caso de no haber existido activación en el periodo correspondiente, el precio de la
asignación por MER será igual a 0,85 veces el valor medio aritmético de los precios de
las activaciones programadas y directas a bajar del mismo periodo de programación del
último mes inmediatamente anterior.
7.
7.1
Regulación secundaria.
Regulación secundaria a subir.
La aportación de energía de regulación secundaria a subir por cada zona de
regulación z da lugar a un derecho de cobro que se calcula según la fórmula siguiente si
no se ha agotado la escalera de terciaria a subir:
DCSECz = ESECSz × PMSECS
Donde:
ESECSz = Energía de regulación secundaria a subir aportada por la zona de
regulación z.
PMSECS = Precio marginal de la energía de regulación secundaria aportada a subir.
En caso de que la escalera de terciaria a subir se hubiera agotado, el derecho de cobro
por la energía de regulación secundaria a subir se calcula según la fórmula siguiente:
DCSECz = 1,15 × ESECSz × PMSECS si PMSECS >= 0
OPSECz = 0,85 × ESECSz × PMSECS si PMSECS < 0
7.2
Regulación secundaria a bajar.
OPSECz = ESECBz × PMSECB
Donde:
ESECBz = Energía de regulación secundaria aportada a bajar por la zona de
regulación z.
PMSECB = Precio marginal de la energía de regulación secundaria aportada a bajar.
cve: BOE-A-2023-22497
Verificable en https://www.boe.es
La asignación de energía de regulación secundaria a bajar da lugar a una obligación
de pago para cada zona de regulación z que se calcula según la fórmula siguiente si no
se ha agotado la escalera de terciaria a bajar:
Núm. 262
Jueves 2 de noviembre de 2023
6.3.2
Sec. III. Pág. 147009
Asignaciones de regulación terciaria por MER a bajar.
La asignación de energía a bajar por MER da lugar a una obligación de pago para
cada unidad que se calcula según la fórmula siguiente:
OPTERMERu = 0,85 × ETERMERBu × min (PMTERPB, PMTERDBQ0) si PMTERPB > 0
ó PMTERDBQ0 > 0
DCTERMERu = 1,15 × ETERMERBu × min (PMTERPB, PMTERDBQ0) si PMTERPB < 0
y PMTERDBQ0 < 0
Donde:
ETERMERBu = Energía terciaria asignada por MER a bajar a la unidad u.
En caso de no haber existido activación en el periodo correspondiente, el precio de la
asignación por MER será igual a 0,85 veces el valor medio aritmético de los precios de
las activaciones programadas y directas a bajar del mismo periodo de programación del
último mes inmediatamente anterior.
7.
7.1
Regulación secundaria.
Regulación secundaria a subir.
La aportación de energía de regulación secundaria a subir por cada zona de
regulación z da lugar a un derecho de cobro que se calcula según la fórmula siguiente si
no se ha agotado la escalera de terciaria a subir:
DCSECz = ESECSz × PMSECS
Donde:
ESECSz = Energía de regulación secundaria a subir aportada por la zona de
regulación z.
PMSECS = Precio marginal de la energía de regulación secundaria aportada a subir.
En caso de que la escalera de terciaria a subir se hubiera agotado, el derecho de cobro
por la energía de regulación secundaria a subir se calcula según la fórmula siguiente:
DCSECz = 1,15 × ESECSz × PMSECS si PMSECS >= 0
OPSECz = 0,85 × ESECSz × PMSECS si PMSECS < 0
7.2
Regulación secundaria a bajar.
OPSECz = ESECBz × PMSECB
Donde:
ESECBz = Energía de regulación secundaria aportada a bajar por la zona de
regulación z.
PMSECB = Precio marginal de la energía de regulación secundaria aportada a bajar.
cve: BOE-A-2023-22497
Verificable en https://www.boe.es
La asignación de energía de regulación secundaria a bajar da lugar a una obligación
de pago para cada zona de regulación z que se calcula según la fórmula siguiente si no
se ha agotado la escalera de terciaria a bajar: