III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sector eléctrico. (BOE-A-2023-22497)
Resolución de 19 de octubre de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se aprueba el nuevo procedimiento de operación eléctrico 7.5 sobre el servicio de respuesta activa de la demanda y se modifica el 14.4 "Derechos de cobro y obligaciones de pago por los servicios de ajuste del sistema".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262

Jueves 2 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 147006

POFRRSu = Precio de la oferta activada del producto RR a la unidad u por razones
de control de flujo en la interconexión.
5.2

Energía de balance de producto RR a bajar.

a) La activación de ofertas de energía de balance a bajar del producto RR da lugar
a una obligación de pago para cada unidad que se calcula según la fórmula siguiente:
OPRRu = ∑ ERRBu × PMRR
Donde:
ERRBu = Energía activada a bajar del producto RR a la unidad u.
PMRR = Precio marginal del producto RR o, en su caso, precio de la oferta debido al
proceso de redondeo de la plataforma europea de RR de acuerdo a lo dispuesto en el
P.O. 3.3.
En caso de aplicación del mecanismo de salvaguarda contemplado en el P.O. 3.3, el
valor PMRR será calculado de acuerdo con lo establecido en el apartado 9 de este
procedimiento.
b) En el caso de ofertas activadas por razones de control de flujo de las
interconexiones, la energía activada será valorada al precio de la oferta de activación de
esa energía, siempre que este precio sea inferior al precio marginal del producto RR en
el sistema peninsular español. La obligación de pago se calcula según la fórmula
siguiente:
OPRRBCFu = ∑ ERRBCFu × mín (PMRR, POFRRBu)
Donde:
ERRBCFu = Energía activada a bajar del producto RR a la unidad u por razones de
control de flujo en la interconexión.
POFRRBu = Precio de la oferta activada del producto RR a la unidad u por razones
de control de flujo en la interconexión.
5.3 Asignación del sobrecoste por activación de ofertas por razones de control de
flujo en las interconexiones.
El sobrecoste ocasionado por la activación de ofertas por razones de control de flujo
de las interconexiones, SCRRCF, se anotará en la cuenta del operador del sistema y
será liquidado entre el operador del sistema y la entidad de liquidación centralizada que
actuará como contraparte entre los operadores del sistema. Se calcula según la fórmula
siguiente:
SCRRCF = ∑ ERRSCFu × (POFRRSu - PMRR) + ∑ ERRBCFu × (PMRR - POFRRBu)
Regulación terciaria.

La energía de regulación terciaria será valorada al precio marginal de las ofertas de
regulación terciaria asignadas en cada período de programación para cada tipo de
activación.

cve: BOE-A-2023-22497
Verificable en https://www.boe.es

6.