III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sector eléctrico. (BOE-A-2023-22497)
Resolución de 19 de octubre de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se aprueba el nuevo procedimiento de operación eléctrico 7.5 sobre el servicio de respuesta activa de la demanda y se modifica el 14.4 "Derechos de cobro y obligaciones de pago por los servicios de ajuste del sistema".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262
Jueves 2 de noviembre de 2023
12.
Sec. III. Pág. 147002
Publicación de información.
El OS hará públicos los resultados correspondientes a las energías y precios de las
activaciones del servicio de respuesta activa de la demanda conforme a los formatos de
información establecidos en el procedimiento de operación 9.1, de acuerdo con lo siguiente:
– A más tardar treinta minutos después de la activación del servicio, publicará la
potencia activada por el servicio de respuesta activa.
– A más tardar treinta minutos después de cada periodo cuarto-horario con el
servicio activado, publicará:
● Total de energía activada por periodo.
● Precio correspondiente a la activación del servicio.
– En el plazo máximo de tres días desde el día de programación, publicará dichos
resultados de forma agregada.
– Transcurrido un mes desde el día programación, publicará los resultados
agregados por participante en el mercado.
– A los noventa días desde el día de programación, publicará los resultados por
unidad de programación, sin nivel alguno de agregación.
Además, el OS publicará el resultado de la subasta del servicio de respuesta activa
de la demanda por participante en el mercado al mes y las ofertas presentadas a la
subasta a los noventa días, contados desde el último día de aplicación de la subasta.
Esto último, condicionado además a que se haya celebrado la siguiente subasta prevista.
P.O. 14.4 Derechos de Cobro y Obligaciones de Pago por los Servicios de Ajuste
del Sistema
I.
1.
Aspectos generales
Objeto.
a) La resolución de restricciones técnicas establecidas en el procedimiento de
operación 3.2.
b) La activación de energías de balance procedentes del producto de reserva de
sustitución (RR) establecida en el procedimiento de operación 3.3.
c) El servicio de regulación secundaria establecido en el procedimiento de
operación 7.2.
d) El servicio de regulación terciaria establecido en el procedimiento de
operación 7.3.
e) El servicio de respuesta activa de la demanda establecido en el procedimiento
de operación 7.5.
f) Los desvíos entre la medida en barras de central y el programa.
2.
2.1
Ámbito de aplicación, referencias y definiciones.
Ámbito de aplicación.
Este procedimiento es de aplicación al operador del sistema y a los participantes en el
mercado (PM), a los sujetos de liquidación responsables del balance (BRP, por sus siglas en
inglés) y a los proveedores de servicios de balance (BSP, por sus siglas en inglés).
cve: BOE-A-2023-22497
Verificable en https://www.boe.es
El objeto de este procedimiento es determinar los derechos de cobro y las
obligaciones de pago que se derivan de los servicios de ajuste del sistema a efectos del
proceso de liquidación, según lo establecido en el procedimiento de operación 14.1 y en
los procedimientos de operación relativos a dichos servicios.
Los servicios de ajuste del sistema incluyen:
Núm. 262
Jueves 2 de noviembre de 2023
12.
Sec. III. Pág. 147002
Publicación de información.
El OS hará públicos los resultados correspondientes a las energías y precios de las
activaciones del servicio de respuesta activa de la demanda conforme a los formatos de
información establecidos en el procedimiento de operación 9.1, de acuerdo con lo siguiente:
– A más tardar treinta minutos después de la activación del servicio, publicará la
potencia activada por el servicio de respuesta activa.
– A más tardar treinta minutos después de cada periodo cuarto-horario con el
servicio activado, publicará:
● Total de energía activada por periodo.
● Precio correspondiente a la activación del servicio.
– En el plazo máximo de tres días desde el día de programación, publicará dichos
resultados de forma agregada.
– Transcurrido un mes desde el día programación, publicará los resultados
agregados por participante en el mercado.
– A los noventa días desde el día de programación, publicará los resultados por
unidad de programación, sin nivel alguno de agregación.
Además, el OS publicará el resultado de la subasta del servicio de respuesta activa
de la demanda por participante en el mercado al mes y las ofertas presentadas a la
subasta a los noventa días, contados desde el último día de aplicación de la subasta.
Esto último, condicionado además a que se haya celebrado la siguiente subasta prevista.
P.O. 14.4 Derechos de Cobro y Obligaciones de Pago por los Servicios de Ajuste
del Sistema
I.
1.
Aspectos generales
Objeto.
a) La resolución de restricciones técnicas establecidas en el procedimiento de
operación 3.2.
b) La activación de energías de balance procedentes del producto de reserva de
sustitución (RR) establecida en el procedimiento de operación 3.3.
c) El servicio de regulación secundaria establecido en el procedimiento de
operación 7.2.
d) El servicio de regulación terciaria establecido en el procedimiento de
operación 7.3.
e) El servicio de respuesta activa de la demanda establecido en el procedimiento
de operación 7.5.
f) Los desvíos entre la medida en barras de central y el programa.
2.
2.1
Ámbito de aplicación, referencias y definiciones.
Ámbito de aplicación.
Este procedimiento es de aplicación al operador del sistema y a los participantes en el
mercado (PM), a los sujetos de liquidación responsables del balance (BRP, por sus siglas en
inglés) y a los proveedores de servicios de balance (BSP, por sus siglas en inglés).
cve: BOE-A-2023-22497
Verificable en https://www.boe.es
El objeto de este procedimiento es determinar los derechos de cobro y las
obligaciones de pago que se derivan de los servicios de ajuste del sistema a efectos del
proceso de liquidación, según lo establecido en el procedimiento de operación 14.1 y en
los procedimientos de operación relativos a dichos servicios.
Los servicios de ajuste del sistema incluyen: