III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-22475)
Resolución de 13 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Terrassa n.º 3 a inscribir una escritura de donación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262
Jueves 2 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 146733
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
22475
Resolución de 13 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del
registrador de la propiedad de Terrassa n.º 3 a inscribir una escritura de
donación.
En el recurso interpuesto por don C. P. C., en nombre y representación de
«Fundación Mur y Asociados 2006», contra la negativa del registrador de la Propiedad
de Terrassa número 3, don Antonio Giner Gargallo, a inscribir una escritura de donación.
Hechos
I
Por escritura autorizada el día 13 de noviembre de 2017 por el notario de Vigo don
Javier Fernández Rodríguez, con el número 1.469 de protocolo, de la sociedad «C.P.F.,
S.L.», donó doce fincas a «Fundación Mur y Asociados 2006». A efectos fiscales, la
donación se valoraba en 1.581.921 euros.
II
Presentada el día 9 de junio de 2023 la referida escritura en el Registro de la
Propiedad de Terrassa número 3, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Referencia del documento:
Presentante: A. C., J.
Fecha de entrada: 09/06/2023.
Asiento: 534/131.
Autoridad: Javier Fernández Rodríguez.
Protocolo: 1469/2017.
Fecha del documento: 13/11/2017.
Antonio Giner Gargallo, Registrador de la Propiedad de Terrassa 3, le comunico que
calificado el título antes señalado, resultan los siguientes defectos que impiden su
inscripción:
Calificación: La donación contenida en el documento presentado debe ser ratificada
por la Junta general de la sociedad donante, dado que excede del contenido de su objeto
social y supone la disposición de activos esenciales de la misma.
En el documento presentado la sociedad C.P.F., SL dona pura y simplemente el
dominio de doce fincas de su propiedad a una fundación. El valor de los bienes donados
asciende a 1.581.821 euros. La sociedad donante está representada por su
administrador único, sin que conste que esta operación haya sido aprobada por la Junta
general. El capital social de la referida sociedad asciende a 168.042,96 euros. En las
cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil el año 2017, año de la donación,
consta que el patrimonio neto de la sociedad era de 1.103.393,96 euros y que el del
año 2016 era de 1.104.172,50 euros.
cve: BOE-A-2023-22475
Verificable en https://www.boe.es
Hechos.
Núm. 262
Jueves 2 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 146733
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
22475
Resolución de 13 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del
registrador de la propiedad de Terrassa n.º 3 a inscribir una escritura de
donación.
En el recurso interpuesto por don C. P. C., en nombre y representación de
«Fundación Mur y Asociados 2006», contra la negativa del registrador de la Propiedad
de Terrassa número 3, don Antonio Giner Gargallo, a inscribir una escritura de donación.
Hechos
I
Por escritura autorizada el día 13 de noviembre de 2017 por el notario de Vigo don
Javier Fernández Rodríguez, con el número 1.469 de protocolo, de la sociedad «C.P.F.,
S.L.», donó doce fincas a «Fundación Mur y Asociados 2006». A efectos fiscales, la
donación se valoraba en 1.581.921 euros.
II
Presentada el día 9 de junio de 2023 la referida escritura en el Registro de la
Propiedad de Terrassa número 3, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Referencia del documento:
Presentante: A. C., J.
Fecha de entrada: 09/06/2023.
Asiento: 534/131.
Autoridad: Javier Fernández Rodríguez.
Protocolo: 1469/2017.
Fecha del documento: 13/11/2017.
Antonio Giner Gargallo, Registrador de la Propiedad de Terrassa 3, le comunico que
calificado el título antes señalado, resultan los siguientes defectos que impiden su
inscripción:
Calificación: La donación contenida en el documento presentado debe ser ratificada
por la Junta general de la sociedad donante, dado que excede del contenido de su objeto
social y supone la disposición de activos esenciales de la misma.
En el documento presentado la sociedad C.P.F., SL dona pura y simplemente el
dominio de doce fincas de su propiedad a una fundación. El valor de los bienes donados
asciende a 1.581.821 euros. La sociedad donante está representada por su
administrador único, sin que conste que esta operación haya sido aprobada por la Junta
general. El capital social de la referida sociedad asciende a 168.042,96 euros. En las
cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil el año 2017, año de la donación,
consta que el patrimonio neto de la sociedad era de 1.103.393,96 euros y que el del
año 2016 era de 1.104.172,50 euros.
cve: BOE-A-2023-22475
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Hechos.