III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-22470)
Resolución de 10 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Ciudad Real n.º 2, por la que se deniega la práctica de una nota marginal relativa a la posible afección de una finca a un futuro procedimiento de deslinde de vía pecuaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262
Jueves 2 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 146691
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
22470
Resolución de 10 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Ciudad Real n.º 2, por la que se
deniega la práctica de una nota marginal relativa a la posible afección de una
finca a un futuro procedimiento de deslinde de vía pecuaria.
En el recurso interpuesto por don Félix Romero Cañizares, director general de Medio
Natural y Biodiversidad de Castilla-La Mancha, contra la nota de calificación de la
registradora de la Propiedad de Ciudad Real número 2, doña Rosa María MontijanoCarbonell Martínez, por la que deniega la práctica de una nota marginal relativa a la
posible afección de una finca a un futuro procedimiento de deslinde de vía pecuaria.
Hechos
I
Mediante instancia suscrita el día 30 de junio de 2023 por doña C. F. S. M., jefa del
Servicio Forestal de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, Consejería
de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y tras
hacer constar que se había recibido la comunicación del Registro de la Propiedad de
Ciudad Real número 2 sobre la inscripción de rectificación de cabida sobre la finca
registral número 2.411 de Ballesteros de Calatrava, se solicitó la extensión de una nota al
margen de la misma: «La finca 2411 inscrita en el Tomo 2.649 Libro 40 Folio 3 colinda
con la vía pecuaria denominada (…), clasificada con una anchura necesaria de 37,61
metros, medida en referencia al eje aproximado definido en tal clasificación, el cual
divide la finca en dos. Esta vía será deslindada en un futuro, resultando que parte de la
finca o su totalidad quede afecta al dominio público, tomando así la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha posesión de él».
II
Presentada dicha solicitud en el Registro de la Propiedad de Ciudad Real número 2,
fue objeto de la siguiente nota de calificación:
I. El día 7 de julio de 2023 se presentó comunicación firmada el día 30 de junio del
mismo año, expedida por la Jefa del Servicio Forestal, doña C. F. S. M., en la que a la
vista de las notificación recibida el día 22 de mayo de 2023, en relación a las parcelas con
referencia
catastral
13022A007000030000QJ,
13022A006000160000QM,
13022A020000260000QX, 13022A020000270000QI, pertenecientes a la finca
registral 2411 de Ballesteros de Calatrava, manifiesta que las mismas son colindantes con
un tramo clasificado de la vía pecuaria denominada (…), y cuya realidad no es coincidente
con la realidad jurídica catastral definida por las parcelas catastrales, oponiéndose a la
rectificación de cabida, siempre que no se haga constar la circunstancia especial de
colindar con una vía pecuaria clasificada Y solicita la constancia mediante “nota al
margen” de la advertencia de que “la finca registral 2411 de Ballesteros de Calatrava
colinda con vía pecuaria denominada (…), y que esta finca será deslindada en un futuro,
resultando que parte de la finca o su totalidad quede afecta al dominio público, tomando
así la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha posesión de él.
cve: BOE-A-2023-22470
Verificable en https://www.boe.es
«Antecedentes de hecho.
Núm. 262
Jueves 2 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 146691
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
22470
Resolución de 10 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Ciudad Real n.º 2, por la que se
deniega la práctica de una nota marginal relativa a la posible afección de una
finca a un futuro procedimiento de deslinde de vía pecuaria.
En el recurso interpuesto por don Félix Romero Cañizares, director general de Medio
Natural y Biodiversidad de Castilla-La Mancha, contra la nota de calificación de la
registradora de la Propiedad de Ciudad Real número 2, doña Rosa María MontijanoCarbonell Martínez, por la que deniega la práctica de una nota marginal relativa a la
posible afección de una finca a un futuro procedimiento de deslinde de vía pecuaria.
Hechos
I
Mediante instancia suscrita el día 30 de junio de 2023 por doña C. F. S. M., jefa del
Servicio Forestal de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, Consejería
de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y tras
hacer constar que se había recibido la comunicación del Registro de la Propiedad de
Ciudad Real número 2 sobre la inscripción de rectificación de cabida sobre la finca
registral número 2.411 de Ballesteros de Calatrava, se solicitó la extensión de una nota al
margen de la misma: «La finca 2411 inscrita en el Tomo 2.649 Libro 40 Folio 3 colinda
con la vía pecuaria denominada (…), clasificada con una anchura necesaria de 37,61
metros, medida en referencia al eje aproximado definido en tal clasificación, el cual
divide la finca en dos. Esta vía será deslindada en un futuro, resultando que parte de la
finca o su totalidad quede afecta al dominio público, tomando así la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha posesión de él».
II
Presentada dicha solicitud en el Registro de la Propiedad de Ciudad Real número 2,
fue objeto de la siguiente nota de calificación:
I. El día 7 de julio de 2023 se presentó comunicación firmada el día 30 de junio del
mismo año, expedida por la Jefa del Servicio Forestal, doña C. F. S. M., en la que a la
vista de las notificación recibida el día 22 de mayo de 2023, en relación a las parcelas con
referencia
catastral
13022A007000030000QJ,
13022A006000160000QM,
13022A020000260000QX, 13022A020000270000QI, pertenecientes a la finca
registral 2411 de Ballesteros de Calatrava, manifiesta que las mismas son colindantes con
un tramo clasificado de la vía pecuaria denominada (…), y cuya realidad no es coincidente
con la realidad jurídica catastral definida por las parcelas catastrales, oponiéndose a la
rectificación de cabida, siempre que no se haga constar la circunstancia especial de
colindar con una vía pecuaria clasificada Y solicita la constancia mediante “nota al
margen” de la advertencia de que “la finca registral 2411 de Ballesteros de Calatrava
colinda con vía pecuaria denominada (…), y que esta finca será deslindada en un futuro,
resultando que parte de la finca o su totalidad quede afecta al dominio público, tomando
así la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha posesión de él.
cve: BOE-A-2023-22470
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«Antecedentes de hecho.