II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Personal laboral. (BOE-A-2023-22435)
Acuerdo de 25 de octubre de 2023, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca proceso selectivo, por el sistema de concurso-oposición, turno libre, para la provisión de plaza de Jefe de mantenimiento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 262

Jueves 2 de noviembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 146475

7. Desarrollo del proceso selectivo
7.1 El sistema selectivo será el de concurso-oposición, con las valoraciones,
pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en este apartado y en los anexos
correspondientes.
7.2 Los aspirantes que no comparezcan a las pruebas quedarán automáticamente
excluidos del proceso de selección.
7.3 La valoración de la fase de concurso y la calificación en la fase de oposición las
llevará a cabo la Comisión de Selección que se indica en la base 6.
7.4 Las comunicaciones y notificaciones a los aspirantes se llevarán a cabo a
través de la dirección de correo electrónico que los participantes indiquen en su solicitud
de participación en las pruebas.
7.5 Fase de concurso.
i) En la fase de concurso, que no tiene carácter eliminatorio, la Comisión de Selección
valorará los méritos profesionales y los académicos, así como las circunstancias personales,
solamente si han sido debidamente acreditadas y justificadas en el momento de presentar la
solicitud de participación, puntuándolas con arreglo al baremo contenido en el anexo II.
ii) Dentro de los quince días naturales siguientes a la publicación de la relación
definitiva de aspirantes admitidos, la Comisión de Selección publicará en la página web
www.poderjudicial.es las puntuaciones obtenidas por cada candidato en esta fase de
concurso, en función de los méritos y circunstancias alegados y documentalmente
acreditados de forma suficiente, estableciéndose un plazo de diez días naturales durante
los cuales los interesados podrán solicitar por escrito la subsanación de los errores que
eventualmente hubieran podido producirse. Transcurrido este último plazo, la Comisión
de Selección hará pública la puntuación definitiva de la fase de Concurso de cada uno de
los aspirantes y hará el llamamiento a la fase de oposición.
7.6

Fase de oposición.

i) La fase de oposición constará de los ejercicios que se detallan en el anexo III,
cuya realización podrá tener lugar en el mismo día o en días diferentes, según acuerde
la Comisión de Selección. Para superar cada uno de los ejercicios de esta fase será
necesario obtener al menos el cincuenta por ciento de la puntuación máxima que para
cada uno de ellos se indica en el referido anexo.
7.7

Calificación del concurso-oposición.

i) La calificación total del concurso-oposición, sólo se producirá si se ha superado la
oposición y será la resultante de la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases
del proceso selectivo.
ii) En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
del primer ejercicio de la fase oposición.
Resultado del concurso-oposición

8.1 Examinada la documentación presentada por los aspirantes, realizadas las
comprobaciones pertinentes, efectuada la valoración definitiva de los méritos de los
aspirantes y realizadas las correspondientes pruebas de la fase de oposición, la
Comisión de Selección remitirá a la Secretaría General el expediente del proceso
selectivo y su propuesta para adjudicar la plaza, con una relación de aspirantes que han
superado las pruebas por su orden de puntuación.
8.2 Esa relación surtirá efectos para el caso de que la persona adjudicataria de la
plaza no llegase a formalizar el contrato o no superase el periodo de prueba.
8.3 Recibida la propuesta de la comisión de valoración, el secretario general dictará
la correspondiente resolución para dar publicidad al resultado del proceso selectivo y
para disponer lo necesario para la formalización del correspondiente contrato de trabajo.

cve: BOE-A-2023-22435
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8.