T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Recursos. (BOE-A-2023-22406)
Sala Primera. Sentencia 111/2023, de 25 de septiembre de 2023. Recurso de amparo 1168-2021. Promovido por Logondi Comunicación, S.L., respecto de las resoluciones de la administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria que rechazaron su solicitud de convocatoria de concurso público para la adjudicación de licencias disponibles de comunicación audiovisual de radiodifusión sonora digital terrestre de ámbito local. Supuesta vulneración del derecho a la igualdad y a las libertades de expresión e información: STC 89/2023 (resolución administrativa que no resulta desproporcionada y que viene impuesta por la inexistencia de reserva de dominio público radioeléctrico). Voto particular.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261
Miércoles 1 de noviembre de 2023
Sec. TC. Pág. 146180
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
22406
Sala Primera. Sentencia 111/2023, de 25 de septiembre de 2023. Recurso de
amparo 1168-2021. Promovido por Logondi Comunicación, S.L., respecto de
las resoluciones de la administración de la Comunidad Autónoma de
Cantabria que rechazaron su solicitud de convocatoria de concurso público
para la adjudicación de licencias disponibles de comunicación audiovisual de
radiodifusión sonora digital terrestre de ámbito local. Supuesta vulneración
del derecho a la igualdad y a las libertades de expresión e información: STC
89/2023 (resolución administrativa que no resulta desproporcionada y que
viene impuesta por la inexistencia de reserva de dominio público
radioeléctrico). Voto particular.
ECLI:ES:TC:2023:111
La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por el magistrado don
Cándido Conde-Pumpido Tourón, presidente, y los magistrados y magistradas don
Ricardo Enríquez Sancho, doña Concepción Espejel Jorquera, doña María Luisa
Segoviano Astaburuaga y don Juan Carlos Campo Moreno, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo número 1168-2021, promovido por Logondi Comunicación,
SL, representada por el procurador de los tribunales don José Carlos García Rodríguez y
asistida por el abogado don Jaime Rodríguez Díez, contra el acuerdo del Consejo de
Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria de 22 de noviembre de 2018, por el
que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra la desestimación presunta de
la solicitud de convocatoria de concurso público de licencias de comunicación
audiovisual de radiodifusión sonora digital en la citada comunidad autónoma. Ha
comparecido la referida comunidad autónoma y ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha
sido ponente el magistrado don Juan Carlos Campo Moreno.
I. Antecedentes
2. Los hechos con relevancia para la resolución del presente recurso de amparo y a
los que se refiere la demanda presentada son los siguientes:
a) La entidad Logondi Comunicación, SL, interpuso recurso contencioso
administrativo contra el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de
Cantabria de 22 de noviembre de 2018, por el que se desestima el recurso de alzada
interpuesto contra la desestimación presunta de su solicitud de convocatoria de concurso
cve: BOE-A-2023-22406
Verificable en https://www.boe.es
1. Mediante escrito presentado en el registro general de este tribunal el 2 de marzo
de 2021, el procurador de los tribunales don José Carlos García Rodríguez, actuando en
nombre y representación de Logondi Comunicación, SL, bajo la defensa del letrado don
Jaime Rodríguez Díez, interpuso demanda de amparo contra el acuerdo arriba
mencionado.
Núm. 261
Miércoles 1 de noviembre de 2023
Sec. TC. Pág. 146180
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
22406
Sala Primera. Sentencia 111/2023, de 25 de septiembre de 2023. Recurso de
amparo 1168-2021. Promovido por Logondi Comunicación, S.L., respecto de
las resoluciones de la administración de la Comunidad Autónoma de
Cantabria que rechazaron su solicitud de convocatoria de concurso público
para la adjudicación de licencias disponibles de comunicación audiovisual de
radiodifusión sonora digital terrestre de ámbito local. Supuesta vulneración
del derecho a la igualdad y a las libertades de expresión e información: STC
89/2023 (resolución administrativa que no resulta desproporcionada y que
viene impuesta por la inexistencia de reserva de dominio público
radioeléctrico). Voto particular.
ECLI:ES:TC:2023:111
La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por el magistrado don
Cándido Conde-Pumpido Tourón, presidente, y los magistrados y magistradas don
Ricardo Enríquez Sancho, doña Concepción Espejel Jorquera, doña María Luisa
Segoviano Astaburuaga y don Juan Carlos Campo Moreno, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo número 1168-2021, promovido por Logondi Comunicación,
SL, representada por el procurador de los tribunales don José Carlos García Rodríguez y
asistida por el abogado don Jaime Rodríguez Díez, contra el acuerdo del Consejo de
Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria de 22 de noviembre de 2018, por el
que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra la desestimación presunta de
la solicitud de convocatoria de concurso público de licencias de comunicación
audiovisual de radiodifusión sonora digital en la citada comunidad autónoma. Ha
comparecido la referida comunidad autónoma y ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha
sido ponente el magistrado don Juan Carlos Campo Moreno.
I. Antecedentes
2. Los hechos con relevancia para la resolución del presente recurso de amparo y a
los que se refiere la demanda presentada son los siguientes:
a) La entidad Logondi Comunicación, SL, interpuso recurso contencioso
administrativo contra el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de
Cantabria de 22 de noviembre de 2018, por el que se desestima el recurso de alzada
interpuesto contra la desestimación presunta de su solicitud de convocatoria de concurso
cve: BOE-A-2023-22406
Verificable en https://www.boe.es
1. Mediante escrito presentado en el registro general de este tribunal el 2 de marzo
de 2021, el procurador de los tribunales don José Carlos García Rodríguez, actuando en
nombre y representación de Logondi Comunicación, SL, bajo la defensa del letrado don
Jaime Rodríguez Díez, interpuso demanda de amparo contra el acuerdo arriba
mencionado.