III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-22349)
Resolución de 27 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de San Mateu, por la que se deniega la inscripción de la georreferenciación de una finca registral y la consiguiente rectificación de su descripción, una vez tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, en el que se han practicado alegaciones contra su inscripción.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261

Miércoles 1 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 144865

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
22349

Resolución de 27 de septiembre de 2023, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación del registrador de la propiedad de San Mateu, por la que se
deniega la inscripción de la georreferenciación de una finca registral y la
consiguiente rectificación de su descripción, una vez tramitado el expediente
del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, en el que se han practicado
alegaciones contra su inscripción.

En el recurso interpuesto por don J. M. N. E., abogado, en nombre y representación
de la sociedad «Construcciones Coveta del Garrofer, S.A.», contra la nota de calificación
del registrador de la Propiedad de San Mateu, don Fernando Miguel Vicente Faubel, por
la que se deniega la inscripción de la georreferenciación de una finca registral y la
consiguiente rectificación de su descripción, una vez tramitado el expediente del
artículo 199 de la Ley Hipotecaria, en el que se han practicado alegaciones contra su
inscripción.
Hechos
I
Mediante instancia privada suscrita el día 10 de mayo de 2022, y ratificada ante el
registrador competente el día 16 de mayo de 2022, por don F. H. C., en nombre y
representación de la sociedad «Construcciones Coveta del Garrofer, S.A.», como titular
registral de la finca, solicitaba la iniciación del expediente del artículo 199 de la Ley
Hipotecaria para la inscripción de la georreferenciación alternativa a la catastral, que se
correspondí con la descripción de la finca registral 1.557 del término municipal de Alcalà
de Xivert, para lo que acompañaba informe del ingeniero en topografía y geodesia, don
C. L. G., e informe catastral de validación técnica de la georreferenciación alternativa de
resultado positivo. También se incorporaba una certificación expedida por el secretario
del Ayuntamiento de Alcalà de Xivert, don C. G. R., en el que acreditaba la
correspondencia de la anterior parcela 182 del polígono 25 con la actual parcela 76 del
polígono 14, pero afirmaba que «examinados los datos obrantes en este Ayuntamiento,
gráficamente la finca de este Municipio que se relaciona, se ubicaría de forma
aproximada en la zona actual del Catastro de Rústica que se indica, sin perjuicio de
cuestiones de titularidad», para subsanar el defecto alegado en una calificación anterior.
II

«Conforme al artículo 18 de la Ley Hipotecaria (reformado por Ley 24/2001 de 27 de
diciembre) y 98 y siguientes del Reglamento Hipotecario:
El Registrador de la Propiedad que suscribe, previo examen y calificación del
documento presentado por Don F. H. C., el día 22/05/2023, bajo el asiento número 1503,
del tomo 78 del Libro Diario y número de entrada 2300, que corresponde a la instancia
suscrita por él mismo con fecha diez de mayo de dos mil veintidós, y firma extendida
ante el mismo Registrador, con fecha dieciséis de mayo de dos mil veintidós, ha resuelto

cve: BOE-A-2023-22349
Verificable en https://www.boe.es

Presentada dicha instancia en el Registro de la Propiedad de San Mateu, y una vez
tramitado el expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, fue objeto de la siguiente
nota de calificación: