III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-22363)
Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Plantas fotovoltaicas Valdemoro 1, de 49,5 MW, y Valdemoro 2, de 49,5 MW e infraestructuras de evacuación, en la provincia Toledo".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261
Miércoles 1 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 145050
normativa vigente para campos electromagnéticos y debido al bajo nivel acústico que la
explotación de estas instalaciones presentan, estima que estos impactos no son
significativos.
3.2.10
Sinergias.
Respecto a los efectos acumulativos y sinergias, el promotor realiza un estudio de
efectos acumulativos en un radio de 10 km con respecto a las plantas fotovoltaicas e
infraestructuras de evacuación, analizando las cuencas visuales y tomando en
consideración las infraestructuras lineales. El promotor identifica los siguientes impactos:
Riesgo de electrocución: Moderado de magnitud media.
Riesgo de colisión: Moderado de magnitud media.
Molestias por tránsito de vehículos: Moderado de magnitud media.
Efecto barrera: Moderado de magnitud media.
Degradación del paisaje: Moderado de magnitud media.
Pérdida de conectividad: Moderado de magnitud media.
3.3
Programa de Vigilancia Ambiental (PVA).
El EsIA incluye un programa de vigilancia ambiental (PVA) para garantizar el
cumplimiento de la totalidad de las medidas preventivas y correctoras descritas, con el
que se prevé que todas las acciones impactantes del proyecto se vigilen, documenten y
reporten a las administraciones públicas competentes. El PVA propone unos contenidos
básicos, referidos a la fase previa al inicio de la obra, la fase de construcción y la de
explotación:
En los EsIA de las PFV Valdemoro V y VI de abril y octubre de 2022
respectivamente, se propone un Programa de Vigilancia Ambiental (PVA) para garantizar
la adecuada ejecución de las medidas mitigadoras de impactos propuestas, el
seguimiento y control de los impactos. El contenido básico del PVA referido a la fase de
construcción y explotación es:
– Fase de construcción:
● Seguimiento de las emisiones de polvo y ruido.
● Seguimiento de afecciones al suelo y el sistema hidrológico, control de residuos y
vertidos y, gestión de inertes.
● Seguimiento de las medidas de restauración de la cubierta vegetal.
● Seguimiento de las medidas de mejora de hábitat estepario.
● Seguimiento de las afecciones a fauna.
● Seguimiento afección a los caminos, carreteras y vías pecuarias.
● Seguimiento de las medidas protectoras contra incendios.
– Fase de explotación:
El plan de seguimiento específico de mortalidad de aves, con objeto de tomar
medidas necesarias si fuera oportuno, según el promotor se extenderá durante los
primeros cinco años con frecuencia quincenal.
Durante la fase de construcción, los informes serán mensuales y, en fase de
explotación, los informes serán anuales.
Para completar el PVA, teniendo en cuenta las sugerencias de los organismos
participantes en el procedimiento de evaluación, se han añadido varios puntos en el
condicionado de la presente resolución.
cve: BOE-A-2023-22363
Verificable en https://www.boe.es
● Seguimiento de avifauna y su mortalidad.
● Seguimiento y control de gestión de residuos.
● Control de la correcta restauración vegetal ejecutada.
Núm. 261
Miércoles 1 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 145050
normativa vigente para campos electromagnéticos y debido al bajo nivel acústico que la
explotación de estas instalaciones presentan, estima que estos impactos no son
significativos.
3.2.10
Sinergias.
Respecto a los efectos acumulativos y sinergias, el promotor realiza un estudio de
efectos acumulativos en un radio de 10 km con respecto a las plantas fotovoltaicas e
infraestructuras de evacuación, analizando las cuencas visuales y tomando en
consideración las infraestructuras lineales. El promotor identifica los siguientes impactos:
Riesgo de electrocución: Moderado de magnitud media.
Riesgo de colisión: Moderado de magnitud media.
Molestias por tránsito de vehículos: Moderado de magnitud media.
Efecto barrera: Moderado de magnitud media.
Degradación del paisaje: Moderado de magnitud media.
Pérdida de conectividad: Moderado de magnitud media.
3.3
Programa de Vigilancia Ambiental (PVA).
El EsIA incluye un programa de vigilancia ambiental (PVA) para garantizar el
cumplimiento de la totalidad de las medidas preventivas y correctoras descritas, con el
que se prevé que todas las acciones impactantes del proyecto se vigilen, documenten y
reporten a las administraciones públicas competentes. El PVA propone unos contenidos
básicos, referidos a la fase previa al inicio de la obra, la fase de construcción y la de
explotación:
En los EsIA de las PFV Valdemoro V y VI de abril y octubre de 2022
respectivamente, se propone un Programa de Vigilancia Ambiental (PVA) para garantizar
la adecuada ejecución de las medidas mitigadoras de impactos propuestas, el
seguimiento y control de los impactos. El contenido básico del PVA referido a la fase de
construcción y explotación es:
– Fase de construcción:
● Seguimiento de las emisiones de polvo y ruido.
● Seguimiento de afecciones al suelo y el sistema hidrológico, control de residuos y
vertidos y, gestión de inertes.
● Seguimiento de las medidas de restauración de la cubierta vegetal.
● Seguimiento de las medidas de mejora de hábitat estepario.
● Seguimiento de las afecciones a fauna.
● Seguimiento afección a los caminos, carreteras y vías pecuarias.
● Seguimiento de las medidas protectoras contra incendios.
– Fase de explotación:
El plan de seguimiento específico de mortalidad de aves, con objeto de tomar
medidas necesarias si fuera oportuno, según el promotor se extenderá durante los
primeros cinco años con frecuencia quincenal.
Durante la fase de construcción, los informes serán mensuales y, en fase de
explotación, los informes serán anuales.
Para completar el PVA, teniendo en cuenta las sugerencias de los organismos
participantes en el procedimiento de evaluación, se han añadido varios puntos en el
condicionado de la presente resolución.
cve: BOE-A-2023-22363
Verificable en https://www.boe.es
● Seguimiento de avifauna y su mortalidad.
● Seguimiento y control de gestión de residuos.
● Control de la correcta restauración vegetal ejecutada.