T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2023-22422)
Pleno. Sentencia 127/2023, de 27 de septiembre de 2023. Recurso de inconstitucionalidad 3726-2023. Interpuesto por el presidente del Gobierno en relación con diversos preceptos del Decreto-ley de la Junta de Extremadura 5/2022, de 31 de agosto, por el que se establecen medidas urgentes necesarias en la regulación del aprovechamiento de recursos minerales de litio en Extremadura. Límites a los decretos leyes autonómicos: nulidad de los preceptos relativos al tratamiento y beneficio metalúrgico y mineralúrgico en Extremadura, las consecuencias de su incumplimiento, y la declaración de utilidad pública e interés social a los efectos expropiatorios de las concesiones de explotación de los recursos minerales de litio. Voto particular.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261

Miércoles 1 de noviembre de 2023

Sec. TC. Pág. 146359

SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
22422

Pleno. Sentencia 127/2023, de 27 de septiembre de 2023. Recurso de
inconstitucionalidad 3726-2023. Interpuesto por el presidente del Gobierno en
relación con diversos preceptos del Decreto-ley de la Junta de Extremadura
5/2022, de 31 de agosto, por el que se establecen medidas urgentes
necesarias en la regulación del aprovechamiento de recursos minerales de
litio en Extremadura. Límites a los decretos leyes autonómicos: nulidad de los
preceptos relativos al tratamiento y beneficio metalúrgico y mineralúrgico en
Extremadura, las consecuencias de su incumplimiento, y la declaración de
utilidad pública e interés social a los efectos expropiatorios de las
concesiones de explotación de los recursos minerales de litio. Voto particular.

ECLI:ES:TC:2023:127
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Cándido
Conde-Pumpido Tourón, presidente, y las magistradas y magistrados doña Inmaculada
Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer Callejón,
don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel
Jorquera, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, don César Tolosa Tribiño, don Juan
Carlos Campo Moreno y doña Laura Díez Bueso, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de inconstitucionalidad núm. 3726-2023, interpuesto por el presidente
del Gobierno contra los artículos 2, 3 y 4 del Decreto-ley de la Junta de
Extremadura 5/2022, de 31 de agosto, por el que se establecen medidas urgentes
necesarias en la regulación del aprovechamiento de recursos minerales de litio en
Extremadura. Han comparecido y presentado alegaciones la Junta de Extremadura y la
Asamblea de Extremadura. Ha sido ponente el magistrado don César Tolosa Tribiño.
Antecedentes

1. Mediante escrito presentado en el registro de este tribunal el día 1 de junio
de 2023, el abogado del Estado, en nombre del presidente del Gobierno, interpuso
recurso de inconstitucionalidad frente a los artículos 2, 3 y 4 del Decreto-ley de la Junta
de Extremadura 5/2022, de 31 de agosto, por el que se establecen medidas urgentes
necesarias en la regulación del aprovechamiento de recursos minerales de litio en
Extremadura.
El abogado del Estado, tras reproducir los preceptos impugnados, expone los
motivos de inconstitucionalidad del decreto-ley que se concretan en la vulneración del
art. 149.1.25 CE en relación con el art. 73.1 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de minas.
a) El recurrente parte de la consideración de que los recursos minerales,
yacimientos y demás recursos geológicos, están comprendidos en el demanio «natural»
y se han incorporado al dominio público estatal, por disposición de la ley del Estado
(art. 132.2 CE). Al tratarse de categorías genéricas de bienes definidos según sus
características naturales homogéneas –«géneros físicos enteros»– y al estar

cve: BOE-A-2023-22422
Verificable en https://www.boe.es

I.