T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2023-22420)
Pleno. Sentencia 125/2023, de 27 de septiembre de 2023. Recurso de amparo 962-2020. Promovido por don Santiago Abascal Conde y otros en relación con las resoluciones de la presidenta y la mesa del Congreso de los Diputados que dieron por cumplimentado el requisito de promesa o juramento de acatamiento de la Constitución por todos los diputados. Supuesta vulneración del derecho de representación política: STC 65/2023 (ausencia de acreditación de la incidencia, por la aceptación de las veintinueve fórmulas de acatamiento controvertidas, en la función representativa de los parlamentarios recurrentes). Votos particulares.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 261

Miércoles 1 de noviembre de 2023

Sec. TC. Pág. 146341

Voto particular que formulan los magistrados don Ricardo Enríquez Sancho y don
Enrique Arnaldo Alcubilla y la magistrada doña Concepción Espejel Jorquera, a la
sentencia dictada en el recurso de amparo avocado por el Pleno núm. 962-2020
En el ejercicio de la facultad que nos confiere el artículo 90.2 de la Ley Orgánica del
Tribunal Constitucional (LOTC), y con el máximo respeto a la opinión de la mayoría del
Pleno, formulamos el presente voto particular por discrepar de la fundamentación y del
fallo de la sentencia recaída en el recurso de amparo avocado núm. 962-2020, el cual
debió ser estimado, declarando haberse producido la vulneración del derecho de los
parlamentarios recurrentes al acceso y al ejercicio del cargo público representativo en
condiciones de igualdad (art. 23.2 CE), así como la vulneración del derecho de los
ciudadanos a participar en los asuntos públicos a través de sus representantes
(art. 23.1 CE).
Las razones de nuestra discrepancia han quedado detalladamente expuestas en el
voto particular formulado a la STC 65/2023, de 6 de junio, de la que la presente
resolución es aplicación, por lo que nos remitimos ahora a dicho voto particular en su
totalidad.
Madrid, a veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés.–Ricardo Enríquez
Sancho.–Enrique Arnaldo Alcubilla.–Concepción Espejel Jorquera.–Firmado y rubricado.
Voto particular concurrente que formula la magistrada doña María Luisa Balaguer
Callejón a la sentencia dictada en el recurso de amparo núm. 962-2020
Con el mayor respeto al criterio reflejado en la sentencia a que se refiere el
encabezamiento y, en ejercicio de la facultad que me confiere el art. 90.2 de la Ley
Orgánica del Tribunal Constitucional, manifiesto mi discrepancia con parte de la
argumentación de la sentencia aprobada por el Pleno, aunque comparto el fallo. Si bien
como ponente de la sentencia he expresado el parecer del Tribunal, por las razones
defendidas en su momento durante la deliberación, difiero de la argumentación utilizada
en la sentencia. Dado que dichas razones son coincidentes con las que expresé
respecto de la STC 65/2023, de 6 de junio, me remito al voto concurrente que formulé a
dicha sentencia.

cve: BOE-A-2023-22420
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, a veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés.–María Luisa Balaguer
Callejón.–Firmado y rubricado.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X