III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Subvenciones. (BOE-A-2023-22355)
Orden EFP/1189/2023, de 30 de octubre, por la que se modifica la Orden EFP/705/2022, de 20 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la financiación de acciones formativas vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales dirigidas a las personas trabajadoras, y se realiza la convocatoria de ámbito estatal para el año 2022; y por la que se procede a la convocatoria de ámbito estatal de la concesión de subvenciones a entidades de formación para el año 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 1 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 144921
Baremo de puntuación:
– Porcentaje de participantes de grupos prioritarios mayor del 70 %: 20 puntos.
– Porcentaje de participantes de grupos prioritarios mayor del 50 % y hasta el 70 %:
15 puntos.
– Porcentaje de participantes de grupos prioritarios mayor del 30 % y hasta el 50 %:
10 puntos.
– Porcentaje de participantes de grupos prioritarios mayor del 10 % y hasta el 30 %:
6 puntos.
– Porcentaje de participantes de grupos prioritarios mayor del 5 % y hasta el 10 %:
3 puntos.
Se valorará el total del programa formativo para obtener estos porcentajes.
Criterio 1.2 Aplicable a todas las líneas de proyectos. Acciones formativas
específicamente para colectivos vulnerables. (Máximo 4 puntos).
Baremo de puntuación:
– Acciones dirigidas en su totalidad a personas en riesgo de pobreza y/o exclusión
social: 2 puntos.
– Acciones dirigidas en su totalidad a personas con discapacidad física, intelectual o
sensorial: 2 puntos.
Se valorará en aquellos programas formativos que al menos contemplen una acción
formativa de estas características.
Criterio 1.3 Aplicable a los proyectos de la Línea III. Acciones dirigidas en su
totalidad a personas trabajadoras desempleadas. (Máximo 10 puntos).
Baremo de puntuación:
– Porcentaje de acciones formativas destinadas en su totalidad a personas
trabajadoras desempleadas mayor del 80 %: 10 puntos.
– Porcentaje de acciones formativas destinadas en su totalidad a personas
trabajadoras desempleadas mayor del 50 % y hasta el 80 %: 5 puntos.
Se valorará el total del programa formativo para obtener estos porcentajes.
Bloque II: Capacidad de la entidad solicitante para desarrollar el plan de formación con
garantía de calidad
Criterio 2.1 Aplicable a todas las líneas de proyectos. Experiencia global de la
entidad de formación en la impartición del sistema de Formación Profesional en el ámbito
laboral de cualquier familia profesional realizada con fondos públicos. (Máximo 3 puntos).
Baremo de puntuación:
– Experiencia a partir de 5 años: 3 puntos.
– Experiencia a partir de 2 años y menos de 5 años: 2 puntos.
– Experiencia a partir de 1 año y menos de 2 años: 1 punto.
Para su valoración la entidad debe presentar documentación acreditativa de la
experiencia global en la impartición de formación asociada a Certificados de
Profesionalidad o Certificados Profesionales de cualquier familia profesional realizada
con fondos públicos con anterioridad a esta convocatoria.
cve: BOE-A-2023-22355
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 261
Miércoles 1 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 144921
Baremo de puntuación:
– Porcentaje de participantes de grupos prioritarios mayor del 70 %: 20 puntos.
– Porcentaje de participantes de grupos prioritarios mayor del 50 % y hasta el 70 %:
15 puntos.
– Porcentaje de participantes de grupos prioritarios mayor del 30 % y hasta el 50 %:
10 puntos.
– Porcentaje de participantes de grupos prioritarios mayor del 10 % y hasta el 30 %:
6 puntos.
– Porcentaje de participantes de grupos prioritarios mayor del 5 % y hasta el 10 %:
3 puntos.
Se valorará el total del programa formativo para obtener estos porcentajes.
Criterio 1.2 Aplicable a todas las líneas de proyectos. Acciones formativas
específicamente para colectivos vulnerables. (Máximo 4 puntos).
Baremo de puntuación:
– Acciones dirigidas en su totalidad a personas en riesgo de pobreza y/o exclusión
social: 2 puntos.
– Acciones dirigidas en su totalidad a personas con discapacidad física, intelectual o
sensorial: 2 puntos.
Se valorará en aquellos programas formativos que al menos contemplen una acción
formativa de estas características.
Criterio 1.3 Aplicable a los proyectos de la Línea III. Acciones dirigidas en su
totalidad a personas trabajadoras desempleadas. (Máximo 10 puntos).
Baremo de puntuación:
– Porcentaje de acciones formativas destinadas en su totalidad a personas
trabajadoras desempleadas mayor del 80 %: 10 puntos.
– Porcentaje de acciones formativas destinadas en su totalidad a personas
trabajadoras desempleadas mayor del 50 % y hasta el 80 %: 5 puntos.
Se valorará el total del programa formativo para obtener estos porcentajes.
Bloque II: Capacidad de la entidad solicitante para desarrollar el plan de formación con
garantía de calidad
Criterio 2.1 Aplicable a todas las líneas de proyectos. Experiencia global de la
entidad de formación en la impartición del sistema de Formación Profesional en el ámbito
laboral de cualquier familia profesional realizada con fondos públicos. (Máximo 3 puntos).
Baremo de puntuación:
– Experiencia a partir de 5 años: 3 puntos.
– Experiencia a partir de 2 años y menos de 5 años: 2 puntos.
– Experiencia a partir de 1 año y menos de 2 años: 1 punto.
Para su valoración la entidad debe presentar documentación acreditativa de la
experiencia global en la impartición de formación asociada a Certificados de
Profesionalidad o Certificados Profesionales de cualquier familia profesional realizada
con fondos públicos con anterioridad a esta convocatoria.
cve: BOE-A-2023-22355
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 261