III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-22074)
Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y el Instituto de Mayores y Servicios Sociales, para la realización del encuentro «Cuidados de larga duración. ¿Cómo medir sus resultados en las personas?».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 257
Viernes 27 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 142282
comisión de seguimiento del convenio. Si transcurrido dicho plazo persistiera el
incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la incumplidora la concurrencia de la
causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio, con eficacia desde la
comunicación de dicha resolución al Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
V. En caso de extinción del convenio, tanto por cumplimiento como por resolución,
se procederá a la liquidación de los compromisos financieros de conformidad con lo
recogido en la cláusula cuarta y lo establecido en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre.
Undécima.
Naturaleza jurídica y régimen de resolución de conflictos.
I. El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo dispuesto
en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
II. Las partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa cualquier
desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo, interpretación o cumplimiento del
presente convenio a través de la comisión de seguimiento del convenio. En caso de no
ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio judicial, la jurisdicción
competente para conocer y resolver dichas cuestiones será la jurisdicción contenciosoadministrativa, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio en las fechas que se
indican en cada una de las firmas, tomándose como fecha de formalización del convenio
la del último firmante.–El Rector Magnífico de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, O.A., Carlos Andradas Heranz.–El Director General del Instituto de Mayores y
Servicios Sociales, Luis Alberto Barriga Martín.
ANEXO I
Este encuentro se inserta dentro del proceso de cambio de modelo de cuidados que
se está llevando a cabo en este momento en nuestro país, impulsado desde las
Administraciones Públicas por la Secretaría de Estado de Derechos Sociales.
Los cuidados de larga duración están destinados a proporcionar una atención
continuada y de calidad a las personas que, por razón de discapacidad, enfermedad,
deterioro vinculado al proceso de envejecimiento o cualquier otra razón necesitan apoyo
y cuidados en su vida diaria para mantener su autonomía y calidad de vida. Estos
cuidados y apoyos deben atender a la persona en su integridad y mejorar su bienestar a
través de la satisfacción de necesidades físicas, emocionales o sociales a fin de lograr
que la persona siga realizando su proyecto de vida.
Este encuentro tiene como objetivo sentar las bases de conocimiento y reflexión que
orienten el diseño de un sistema de evaluación de los cuidados a largo plazo en nuestro
país. El gran reto es pasar de la evaluación de los servicios a la evaluación de los
resultados e impactos de tales cuidados y apoyos en la dignidad, la calidad de vida y el
bienestar de las personas que reciben los cuidados y de aquellas que los prestan.
Para ello se desarrollarán una serie de ponencias y mesas redondas en las que
personas expertas internacionales presentarán las experiencias de otros países que
cuentan ya con sistemas de evaluación de los cuidados. Ponentes nacionales
presentarán también experiencias de sistemas y referenciales que se están
desarrollando o implementando en España. A lo largo del curso se generará un debate y
reflexión sobre las necesidades y características que deberá tener el sistema de
evaluación de la calidad de los cuidados en España.
cve: BOE-A-2023-22074
Verificable en https://www.boe.es
Descripción y objetivos del encuentro
Núm. 257
Viernes 27 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 142282
comisión de seguimiento del convenio. Si transcurrido dicho plazo persistiera el
incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la incumplidora la concurrencia de la
causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio, con eficacia desde la
comunicación de dicha resolución al Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
V. En caso de extinción del convenio, tanto por cumplimiento como por resolución,
se procederá a la liquidación de los compromisos financieros de conformidad con lo
recogido en la cláusula cuarta y lo establecido en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre.
Undécima.
Naturaleza jurídica y régimen de resolución de conflictos.
I. El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo dispuesto
en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
II. Las partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa cualquier
desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo, interpretación o cumplimiento del
presente convenio a través de la comisión de seguimiento del convenio. En caso de no
ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio judicial, la jurisdicción
competente para conocer y resolver dichas cuestiones será la jurisdicción contenciosoadministrativa, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio en las fechas que se
indican en cada una de las firmas, tomándose como fecha de formalización del convenio
la del último firmante.–El Rector Magnífico de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, O.A., Carlos Andradas Heranz.–El Director General del Instituto de Mayores y
Servicios Sociales, Luis Alberto Barriga Martín.
ANEXO I
Este encuentro se inserta dentro del proceso de cambio de modelo de cuidados que
se está llevando a cabo en este momento en nuestro país, impulsado desde las
Administraciones Públicas por la Secretaría de Estado de Derechos Sociales.
Los cuidados de larga duración están destinados a proporcionar una atención
continuada y de calidad a las personas que, por razón de discapacidad, enfermedad,
deterioro vinculado al proceso de envejecimiento o cualquier otra razón necesitan apoyo
y cuidados en su vida diaria para mantener su autonomía y calidad de vida. Estos
cuidados y apoyos deben atender a la persona en su integridad y mejorar su bienestar a
través de la satisfacción de necesidades físicas, emocionales o sociales a fin de lograr
que la persona siga realizando su proyecto de vida.
Este encuentro tiene como objetivo sentar las bases de conocimiento y reflexión que
orienten el diseño de un sistema de evaluación de los cuidados a largo plazo en nuestro
país. El gran reto es pasar de la evaluación de los servicios a la evaluación de los
resultados e impactos de tales cuidados y apoyos en la dignidad, la calidad de vida y el
bienestar de las personas que reciben los cuidados y de aquellas que los prestan.
Para ello se desarrollarán una serie de ponencias y mesas redondas en las que
personas expertas internacionales presentarán las experiencias de otros países que
cuentan ya con sistemas de evaluación de los cuidados. Ponentes nacionales
presentarán también experiencias de sistemas y referenciales que se están
desarrollando o implementando en España. A lo largo del curso se generará un debate y
reflexión sobre las necesidades y características que deberá tener el sistema de
evaluación de la calidad de los cuidados en España.
cve: BOE-A-2023-22074
Verificable en https://www.boe.es
Descripción y objetivos del encuentro