III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Certificados de Ahorro Energético. (BOE-A-2023-22077)
Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se modifica el Anexo I de la Orden TED/845/2023, de 18 de julio, por la que se aprueba el catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 257

Viernes 27 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 142364

5. DOCUMENTACIÓN PARA JUSTIFICAR LOS AHORROS DE LA
ACTUACIÓN Y SU REALIZACIÓN

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Todas las facturas deben contener, como mínimo, los datos y requisitos exigidos por la Agencia Tributaria.

cve: BOE-A-2023-22077
Verificable en https://www.boe.es

1. Ficha con las tablas cumplimentadas indicando en el apartado 3 los datos
necesarios para el cálculo del ahorro energético y en el apartado 4 el resultado
del cálculo según la metodología indicada en la ficha, así como aquellos anexos
necesarios para dar soporte al cálculo.
2. Declaración responsable formalizada por el propietario inicial del ahorro de
energía final referida a la solicitud y/u obtención de ayudas públicas para la misma
actuación según el modelo del Anexo I de esta ficha.
3. Facturas justificativas4 de la inversión realizada.
4. Informe fotográfico antes y después de la actuación con identificación de
los equipos afectados.
5. Certificado del instalador incluyendo la ficha técnica de la bomba y la fecha
de puesta en marcha, detallando los valores de las variables de la fórmula de
cálculo de ahorro de energía del apartado 3, así como las fechas de inicio y fin de
la ejecución de la actuación.
6. Copia de la comunicación de la puesta en servicio cumplimentada y
registrada ante el registro integrado industrial de la comunidad autónoma.
7. Declaración responsable de que se tiene registro fehaciente, disponible e
inalterable de datos de caudal y horas de funcionamiento, anexando a la
declaración los datos de caudal y horas de funcionamiento de los 3 años
anteriores a la actuación y el cálculo de las medias correspondientes.
8. Gráficas, tablas o fichas técnicas del fabricante que indiquen las potencias
específicas de las bombas nueva y antigua.
9. Identificación del titular de la planta.
10. Identificación del gestor de la planta.
11. Diagrama de flujo y esquema de la planta identificando la actuación.