III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Certificados de Ahorro Energético. (BOE-A-2023-22077)
Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se modifica el Anexo I de la Orden TED/845/2023, de 18 de julio, por la que se aprueba el catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética.
449 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 257
Viernes 27 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 142363
Donde:
QPM
Caudal medio de agua bruta bombeada por la bomba de los
últimos 3 años (requerido para determinar el consumo
específico de las bombas)
m3/h
Pnbc
Potencia nominal1 de la bomba centrífuga (requerido para
determinar el consumo específico de la bomba centrífuga)
kW
Pnbp
Potencia nominal1 de la bomba de pistones (requerido para
determinar el consumo específico de la bomba de pistones)
kW
Cbc
Consumo específico2 estacional de la bomba centrífuga
kWh/m3
Cbp
Consumo específico2 de la bomba de pistones
kWh/m3
Qm
Caudal medio de producto de la planta de los últimos 3 años
m3/h
hm
Horas anuales de funcionamiento medio de la planta de los
últimos 3 años
h/año
AETOTAL Ahorro anual de energía final total
kWh/año
Di
años
Duración indicativa de la actuación3
4. RESULTADO DEL CÁLCULO
QPM
Pnbc
Pnbp
Cbc
Cbp
Qm
hm
AETOTAL
Di
Persona técnica
Responsable
NIF/NIE
1
Determinada por el caudal medio de agua bruta aplicado sobre su curva de carga o gráfica de la ficha técnica.
2
Consumo específico según la ficha técnica de la bomba, calculado como el cociente entre la potencia nominal y el caudal
medio de agua bruta QPM.
3
Según Recomendación (UE) 2019/1658, de la Comisión, de 25 de septiembre, relativa a la transposición de la obligación
de ahorro de energía en virtud de la Directiva de eficiencia energética, o en su defecto, a criterio de la persona técnica
responsable. Valor requerido para fines administrativos (no utilizado en el cálculo del ahorro de energía).
cve: BOE-A-2023-22077
Verificable en https://www.boe.es
Firma electrónica
Núm. 257
Viernes 27 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 142363
Donde:
QPM
Caudal medio de agua bruta bombeada por la bomba de los
últimos 3 años (requerido para determinar el consumo
específico de las bombas)
m3/h
Pnbc
Potencia nominal1 de la bomba centrífuga (requerido para
determinar el consumo específico de la bomba centrífuga)
kW
Pnbp
Potencia nominal1 de la bomba de pistones (requerido para
determinar el consumo específico de la bomba de pistones)
kW
Cbc
Consumo específico2 estacional de la bomba centrífuga
kWh/m3
Cbp
Consumo específico2 de la bomba de pistones
kWh/m3
Qm
Caudal medio de producto de la planta de los últimos 3 años
m3/h
hm
Horas anuales de funcionamiento medio de la planta de los
últimos 3 años
h/año
AETOTAL Ahorro anual de energía final total
kWh/año
Di
años
Duración indicativa de la actuación3
4. RESULTADO DEL CÁLCULO
QPM
Pnbc
Pnbp
Cbc
Cbp
Qm
hm
AETOTAL
Di
Persona técnica
Responsable
NIF/NIE
1
Determinada por el caudal medio de agua bruta aplicado sobre su curva de carga o gráfica de la ficha técnica.
2
Consumo específico según la ficha técnica de la bomba, calculado como el cociente entre la potencia nominal y el caudal
medio de agua bruta QPM.
3
Según Recomendación (UE) 2019/1658, de la Comisión, de 25 de septiembre, relativa a la transposición de la obligación
de ahorro de energía en virtud de la Directiva de eficiencia energética, o en su defecto, a criterio de la persona técnica
responsable. Valor requerido para fines administrativos (no utilizado en el cálculo del ahorro de energía).
cve: BOE-A-2023-22077
Verificable en https://www.boe.es
Firma electrónica