III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-22007)
Resolución de 9 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico Lucinala, de 70,25 MWp/62,40 MWinst, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Alicante".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 26 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 141719

estudiaría la posibilidad de crear otras zonas alternativas, mediante revegetación y creación
de rodales de la vegetación autóctona y potencial, como medida correctora.
Este programa incluirá, además, entre otros controles, el seguimiento de las zanjas
abiertas durante las obras para detectar y liberar animales atrapados, el seguimiento de
la presencia de las diferentes especies de fauna ornítica en los recintos del proyecto; el
seguimiento del uso de las parcelas ocupadas por la implantación y las destinadas a
medidas compensatorias y de la presencia y reproducción de otras aves y otros grupos
de fauna, como los anfibios; y el seguimiento de los accidentes de la fauna con el vallado
perimetral, o con otros elementos de la PSFV.
Cada una de las medidas establecidas en el estudio de impacto ambiental y en esta
declaración deberán estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o
en una adenda al mismo, previamente a su aprobación.
Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo
previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su
comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de
autorización del proyecto.
De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación
ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de
los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se
autoriza el proyecto.
Madrid, 9 de octubre de 2023.–La Directora General de Calidad y Evaluación
Ambiental, Marta Gómez Palenque.
ANEXO I
Consultas a las administraciones públicas afectadas e interesados,
y contestaciones
Consultados*

Respuestas recibidas

Administración Estatal
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Confederación Hidrográfica de Júcar.



Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Oficina Española de Cambio Climático.



Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Agencia de Seguridad Aérea.

No

Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Dirección General de Carreteras. Unidad de Carreteras en Alicante.
Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana.



Administración Autonómica
Dirección General de Medio Natural y Evaluación Ambiental.
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y
Transición Ecológica. Generalitat Valenciana.



Dirección General de Cultura y Patrimonio.
Consejería de Educación, Cultura y Deporte. Generalitat Valenciana.



Agencia de Seguridad y Respuesta a las Emergencias.
Consejería de Justicia e Interior. Generalitat Valenciana.



Dirección General de Salud Pública.
Consejería de Sanidad Universal y Salud Pública. Generalitat Valenciana.



cve: BOE-A-2023-22007
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Núm. 256