III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-21984)
Resolución de 21 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Tudela n.º 1, por la que se deniega la inscripción de la inmatriculación de la mitad indivisa de una finca porque dicha porción se encuentra incluida en la superficie física de otra finca registral, inscrita a nombre de persona distinta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 256
Jueves 26 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 141543
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
21984
Resolución de 21 de septiembre de 2023, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación de la registradora de la propiedad de Tudela n.º 1, por la que se
deniega la inscripción de la inmatriculación de la mitad indivisa de una finca
porque dicha porción se encuentra incluida en la superficie física de otra finca
registral, inscrita a nombre de persona distinta.
En el recurso interpuesto por doña C. S. L. contra la nota de calificación de la
registradora de la Propiedad de Tudela número 1, doña María Esther Ramos Alcázar, por
la que se deniega la inscripción de la inmatriculación de una mitad indivisa de la finca del
término de Villafranca porque dicha porción se encuentra incluida en la superficie física
de otra finca registral, inscrita a nombre de persona distinta.
Hechos
I
Mediante escritura pública de compraventa autorizada el día 23 de septiembre
de 2020 por la notaria, de Villafranca, doña Laura Rodríguez Modrego, con el
número 703 de protocolo, don A. S. L. vendió a don J. J. P. P. y doña C. S. L., casados
en el régimen legal navarro de conquistas, una mitad indivisa de la parcela 89 del
polígono 2, que no estaba inmatriculada en el Registro de la Propiedad, solicitando su
inmatriculación por la vía de la inmatriculación por título público del artículo 205 de la Ley
Hipotecaria, invocando como título previo la escritura de aceptación, partición y
adjudicación de herencia otorgada por la referida notaria de Villafranca el día 28 de mayo
de 2020, con el número 310 de protocolo, por la que el vendedor, don A. S. L., adquiría
dicha mitad indivisa en la herencia abierta por la muerte de su tío, don A. L. O.
En dicho título hereditario se invocaba como título de adquisición de dicha mitad
indivisa la escritura de compraventa otorgada el día 10 de abril de 1989 ante la notaria
de Villafranca, doña Ana Victoria García Granero, con el número 429 de protocolo, por la
que don P. C. S. M., doña. M. P. S. C., don A. B. I. y don E., don J. J. y don V. S. F.
vendían a don A. L. O. dicha finca. Copia autorizada de dicha escritura se exhibía a la
notaria autorizante.
II
Presentada dicha escritura de compraventa de fecha 23 de septiembre de 2020 en el
Registro de la Propiedad de Tudela número 1, fue objeto de la siguiente nota de
calificación:
Previo examen y calificación de la escritura de compraventa autorizada en Villafranca
de Navarra el 23/09/2020 por el Notario Laura Rodríguez Modrego, número 703/2020 de
protocolo, que motivó el asiento 2187 del Diario 148, y en vista de los libros del Registro,
con arreglo al artículo 18 de la Ley Hipotecaria, el Registrador ha decidido suspender la
inscripción solicitada por adolecer de los siguientes defectos, en base a los siguientes:
Se pretende la inmatriculación de la mitad indivisa de un pajar de planta baja y un
piso sito en el Camino (…) de Villafranca. Según título tiene una superficie de 120 m2 y
linda frente, camino de su situación, derecha, izquierda y fondo terreno del Ayuntamiento
cve: BOE-A-2023-21984
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«Hechos:
Núm. 256
Jueves 26 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 141543
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
21984
Resolución de 21 de septiembre de 2023, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación de la registradora de la propiedad de Tudela n.º 1, por la que se
deniega la inscripción de la inmatriculación de la mitad indivisa de una finca
porque dicha porción se encuentra incluida en la superficie física de otra finca
registral, inscrita a nombre de persona distinta.
En el recurso interpuesto por doña C. S. L. contra la nota de calificación de la
registradora de la Propiedad de Tudela número 1, doña María Esther Ramos Alcázar, por
la que se deniega la inscripción de la inmatriculación de una mitad indivisa de la finca del
término de Villafranca porque dicha porción se encuentra incluida en la superficie física
de otra finca registral, inscrita a nombre de persona distinta.
Hechos
I
Mediante escritura pública de compraventa autorizada el día 23 de septiembre
de 2020 por la notaria, de Villafranca, doña Laura Rodríguez Modrego, con el
número 703 de protocolo, don A. S. L. vendió a don J. J. P. P. y doña C. S. L., casados
en el régimen legal navarro de conquistas, una mitad indivisa de la parcela 89 del
polígono 2, que no estaba inmatriculada en el Registro de la Propiedad, solicitando su
inmatriculación por la vía de la inmatriculación por título público del artículo 205 de la Ley
Hipotecaria, invocando como título previo la escritura de aceptación, partición y
adjudicación de herencia otorgada por la referida notaria de Villafranca el día 28 de mayo
de 2020, con el número 310 de protocolo, por la que el vendedor, don A. S. L., adquiría
dicha mitad indivisa en la herencia abierta por la muerte de su tío, don A. L. O.
En dicho título hereditario se invocaba como título de adquisición de dicha mitad
indivisa la escritura de compraventa otorgada el día 10 de abril de 1989 ante la notaria
de Villafranca, doña Ana Victoria García Granero, con el número 429 de protocolo, por la
que don P. C. S. M., doña. M. P. S. C., don A. B. I. y don E., don J. J. y don V. S. F.
vendían a don A. L. O. dicha finca. Copia autorizada de dicha escritura se exhibía a la
notaria autorizante.
II
Presentada dicha escritura de compraventa de fecha 23 de septiembre de 2020 en el
Registro de la Propiedad de Tudela número 1, fue objeto de la siguiente nota de
calificación:
Previo examen y calificación de la escritura de compraventa autorizada en Villafranca
de Navarra el 23/09/2020 por el Notario Laura Rodríguez Modrego, número 703/2020 de
protocolo, que motivó el asiento 2187 del Diario 148, y en vista de los libros del Registro,
con arreglo al artículo 18 de la Ley Hipotecaria, el Registrador ha decidido suspender la
inscripción solicitada por adolecer de los siguientes defectos, en base a los siguientes:
Se pretende la inmatriculación de la mitad indivisa de un pajar de planta baja y un
piso sito en el Camino (…) de Villafranca. Según título tiene una superficie de 120 m2 y
linda frente, camino de su situación, derecha, izquierda y fondo terreno del Ayuntamiento
cve: BOE-A-2023-21984
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