III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-21982)
Resolución de 20 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Valladolid n.º 2 a practicar asiento de presentación de una instancia privada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 256
Jueves 26 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 141519
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
21982
Resolución de 20 de septiembre de 2023, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa
del registrador de la propiedad de Valladolid n.º 2 a practicar asiento de
presentación de una instancia privada.
En el recurso interpuesto por don A. M. M., contra la negativa del registrador de la
Propiedad de Valladolid número 2, don Alejandro Forero San Martín, a practicar asiento
de presentación de una instancia privada.
Hechos
I
Mediante instancia privada, don A. M. M. solicitaba el inicio de un procedimiento de
rectificación de errores en la inscripción de la finca registral número 41.726 del Registro
de la Propiedad de Valladolid número 2 y de dos fincas colindantes, y la práctica de
anotación preventiva por defecto subsanable del título.
II
Presentado dicha instancia en el Registro de la Propiedad de Valladolid número 2,
fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Fecha entrada: 24 de mayo de 2023
Entrada número: 2544
Presentante: M. M., A.
Fecha documento: 24 de mayo de 2023
Visto el documento arriba reseñado, y teniendo en cuenta los siguientes:
El 24 de mayo de 2023, tiene entrada en esta oficina, con el número 2544/2023, un
escrito presentado por don A. M. M., en el que manifiesta que, en el seno de un
procedimiento judicial, primero, relativo a la titularidad de la finca registral 41726, y,
ahora, en un procedimiento judicial relativo a una reclamación por enriquecimiento
injusto, se han detectado ciertos errores e irregularidades en la inscripción de dicha finca
y de dos fincas colindantes, registrales 41724 y 41728.
En el apartado II de dicho escrito, don A. M. M., considera que la inscripción de las
fincas se realizó de manera incorrecta, por lo que a través de este escrito se inicia ante
este Registro un procedimiento de rectificación de errores, ya que dichas irregularidades
afectarían a diversos extremos, entre los que se encontraría la propia titularidad de las
fincas.
En el apartado III, se solicita a través del presente recurso la anotación preventiva de
dichos extremos con el fin de salvaguardar la seguridad jurídica y fe pública registral.
Fundamentos de Derecho.
El artículo 420.3 del Reglamento Hipotecario dispone que no se extenderá asiento de
presentación de los documentos que por su naturaleza, contenido o finalidad no puedan
provocar operación registral alguna.
cve: BOE-A-2023-21982
Verificable en https://www.boe.es
Antecedentes de hecho.
Núm. 256
Jueves 26 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 141519
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
21982
Resolución de 20 de septiembre de 2023, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa
del registrador de la propiedad de Valladolid n.º 2 a practicar asiento de
presentación de una instancia privada.
En el recurso interpuesto por don A. M. M., contra la negativa del registrador de la
Propiedad de Valladolid número 2, don Alejandro Forero San Martín, a practicar asiento
de presentación de una instancia privada.
Hechos
I
Mediante instancia privada, don A. M. M. solicitaba el inicio de un procedimiento de
rectificación de errores en la inscripción de la finca registral número 41.726 del Registro
de la Propiedad de Valladolid número 2 y de dos fincas colindantes, y la práctica de
anotación preventiva por defecto subsanable del título.
II
Presentado dicha instancia en el Registro de la Propiedad de Valladolid número 2,
fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Fecha entrada: 24 de mayo de 2023
Entrada número: 2544
Presentante: M. M., A.
Fecha documento: 24 de mayo de 2023
Visto el documento arriba reseñado, y teniendo en cuenta los siguientes:
El 24 de mayo de 2023, tiene entrada en esta oficina, con el número 2544/2023, un
escrito presentado por don A. M. M., en el que manifiesta que, en el seno de un
procedimiento judicial, primero, relativo a la titularidad de la finca registral 41726, y,
ahora, en un procedimiento judicial relativo a una reclamación por enriquecimiento
injusto, se han detectado ciertos errores e irregularidades en la inscripción de dicha finca
y de dos fincas colindantes, registrales 41724 y 41728.
En el apartado II de dicho escrito, don A. M. M., considera que la inscripción de las
fincas se realizó de manera incorrecta, por lo que a través de este escrito se inicia ante
este Registro un procedimiento de rectificación de errores, ya que dichas irregularidades
afectarían a diversos extremos, entre los que se encontraría la propia titularidad de las
fincas.
En el apartado III, se solicita a través del presente recurso la anotación preventiva de
dichos extremos con el fin de salvaguardar la seguridad jurídica y fe pública registral.
Fundamentos de Derecho.
El artículo 420.3 del Reglamento Hipotecario dispone que no se extenderá asiento de
presentación de los documentos que por su naturaleza, contenido o finalidad no puedan
provocar operación registral alguna.
cve: BOE-A-2023-21982
Verificable en https://www.boe.es
Antecedentes de hecho.