III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2023-21997)
Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, en materia de asistencia sanitaria a personas privadas de libertad en centros penitenciarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 256

Jueves 26 de octubre de 2023

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encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras
puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación.
c) Destruir los datos, una vez cumplido el objeto del convenio. Una vez destruidos,
el encargado debe certificar su destrucción por escrito y debe entregar el certificado al
responsable del tratamiento. No obstante, el encargado puede conservar una copia, con
los datos debidamente boqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la
ejecución del objeto del convenio.
4.5 Medidas de seguridad. Los datos deben protegerse empleando las medidas
que un sujeto diligente debe tomar para evitar que dichos datos pierdan su razonable
confidencialidad, integridad y disponibilidad, según Esquema Nacional de Seguridad
conforme a la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias no podrá no implementar o
suprimir dichas medidas mediante el empleo de un análisis de riesgo o evaluación de
impacto salvo aprobación expresa del SESCAM. A estos efectos, el personal de la
Secretaría General de Instituciones Penitenciarias debe seguir las medidas de seguridad
establecidas por el SESCAM, no pudiendo efectuar tratamientos distintos de los
definidos por éste.
ANEXO II
Compromisos e información para profesionales sanitarios del Ministerio
del Interior

Primero. Atender las instrucciones relativas a la seguridad de la información
contenidas en las normas de seguridad de las Administraciones, y en concreto en la
Orden de 11/07/2012, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas y de
la Consejería de Fomento, por la que se aprueba la instrucción sobre el uso aceptable de
medios tecnológicos en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha.
Segundo. Guardar secreto sobre las informaciones confidenciales y los datos de
carácter personal de los que tenga conocimiento en el ejercicio de las funciones que le
son encomendadas.
Tercero. Notificar de manera inmediata al responsable de su entidad, cualquier
incidente de seguridad sobre los tratamientos realizados o si, en su opinión, una
instrucción infringe el Reglamento Europeo u otras disposiciones en materia de
protección de datos de la Unión o nacional.
Cuarto. Realizar únicamente las tareas que se le encomienden dentro del
mencionado convenio y en la forma indicada y, en particular, no debe utilizar la
información tratada para otra finalidad.
Queda informado de que cualquier incumplimiento de estos compromisos, y de la
legislación vigente, podrá dar origen a las oportunas acciones para exigir reparación de
las posibles responsabilidades en que pudiera incurrir.
En.................................., a............ de........................ de 20......
Fdo:
https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2023-21997
Verificable en https://www.boe.es

D./D.ª……………………………………………………………………………………………,
mayor de edad, con DNI ……………………, profesional sanitario del Ministerio del
Interior con categoría de ………………………….……… y dentro del convenio entre la
Secretaría de General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior y el
Servicio de Salud de Castilla-La Mancha en materia de asistencia sanitaria a personas
privadas de libertad en centros penitenciarios, para dar cumplimiento a la normativa de
Protección de Datos de Carácter Personal, se compromete y obliga a: