III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Ayudas. (BOE-A-2023-22000)
Orden TES/1163/2023, de 24 de octubre, por la que se amplían los plazos de realización de los proyectos y actuaciones subvencionables, y de justificación de las ayudas, previstos en la Orden TES/1233/2022, de 5 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el Plan Integral de Impulso a la Economía Social para la generación de un tejido económico, inclusivo y sostenible y por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para proyectos innovadores para los años 2022 y 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 256
Jueves 26 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 141595
El artículo 2 amplía, hasta el 31 de enero de 2025, el plazo para presentar la
justificación de las ayudas concedidas a los proyectos realizados al amparo de la
convocatoria prevista en la Orden TES/1233/2022, de 5 de diciembre, para los
años 2022 y 2023.
En su virtud, dispongo:
Artículo 1. Ampliación del plazo de realización de los proyectos y actuaciones
subvencionables.
Se amplía el plazo para la realización de proyectos y actuaciones subvencionables,
establecido en el artículo 47 de la Orden TES/1233/2022, de 5 de diciembre, por la que
se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el Plan Integral de Impulso a la
Economía Social para la generación de un tejido económico, inclusivo y sostenible y por
la que se aprueba la convocatoria de ayudas para proyectos innovadores para los
años 2022 y 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
hasta el 31 de octubre de 2024.
Artículo 2. Ampliación del plazo de justificación de las ayudas.
Se amplía el plazo de presentación de la documentación de la Memoria final del
proyecto justificativa de las ayudas, previsto en los artículos 25.3 y 48.3 de la Orden
TES/1233/2022, de 5 de diciembre, hasta el 31 de enero de 2025.
Disposición final única.
Entrada en vigor.
La presente Orden surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2023-22000
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 24 de octubre de 2023.–La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra
de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz Pérez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 256
Jueves 26 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 141595
El artículo 2 amplía, hasta el 31 de enero de 2025, el plazo para presentar la
justificación de las ayudas concedidas a los proyectos realizados al amparo de la
convocatoria prevista en la Orden TES/1233/2022, de 5 de diciembre, para los
años 2022 y 2023.
En su virtud, dispongo:
Artículo 1. Ampliación del plazo de realización de los proyectos y actuaciones
subvencionables.
Se amplía el plazo para la realización de proyectos y actuaciones subvencionables,
establecido en el artículo 47 de la Orden TES/1233/2022, de 5 de diciembre, por la que
se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el Plan Integral de Impulso a la
Economía Social para la generación de un tejido económico, inclusivo y sostenible y por
la que se aprueba la convocatoria de ayudas para proyectos innovadores para los
años 2022 y 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
hasta el 31 de octubre de 2024.
Artículo 2. Ampliación del plazo de justificación de las ayudas.
Se amplía el plazo de presentación de la documentación de la Memoria final del
proyecto justificativa de las ayudas, previsto en los artículos 25.3 y 48.3 de la Orden
TES/1233/2022, de 5 de diciembre, hasta el 31 de enero de 2025.
Disposición final única.
Entrada en vigor.
La presente Orden surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2023-22000
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 24 de octubre de 2023.–La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra
de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz Pérez.
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