III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-21914)
Resolución de 9 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo de Kone Elevadores, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 255

Miércoles 25 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 141103

ANEXO IV
Procedimiento interno Kone movilidad geográfica y funcional, extraído de la Orden
KSPE.PO-05-R02 de 1 de octubre de 2023, procedimiento específico
Movilidad del personal
1.

Objeto

Definir a sistemática a seguir con Kone Elevadores, SA para la Movilidad del
Personal dentro de la organización.
2.

Alcance

Este documento se aplicará a todo el personal de KSP.
3.

Documentos de referencia

– Estatuto de los trabajadores.
– Convenios colectivos de Trabajo de la provincia o Comunidad Autónoma que
corresponda.
– KSPG-11, Solicitud de Recursos Materiales (EPIS, HUC, Hl).
– KSPG-03, «Recursos Humanos».
– KSPE-PO-02, «Personal Nuevo en Puesto de Trabajo».
– KSPE-PO-03, «Baja de un/a Trabajador/a».
4.
Puesto en Kone

Responsabilidades
Responsabilidades

Director/a General.

Autorizar la movilidad del personal cuando ésta implique cambio de
Dirección.

Director/a de Personal.

Gestionar la movilidad del personal que sea de carácter permanente.
Verificar su procedencia y autorizarla.
Comunicar a los interesados la decisión adoptada.

Directores/as Regionales Autorizar y comunicar la movilidad del personal a su cargo.
y de Staff.
Solicitar la autorización de movilidad permanente de su personal a
otras Direcciones.
Relaciones Laborales.

Si se trata de movilidad obligatoria, elaborar carta de preaviso al
trabajador/a y comunicación a RLT.
En caso de no aceptar el trabajador/a dicha movilidad proceder según
el procedimiento específico KSPE-PO-03 (baja de un trabajador/a).

Administración de
Personal.

Incluir en el Sistema de Gestión de Personal y Nóminas los cambios
motivados por la movilidad del personal.
Gestionar si procede el alta y la baja de la Seguridad Social a través
del sistema RED.
Realizar las comunicaciones del traslado al INEM, cuando el tipo de
contrato lo requiera.

Administración de
Direcciones Regionales.

Tramitar en el INEM, cuando proceda, las comunicaciones de traslado.

cve: BOE-A-2023-21914
Verificable en https://www.boe.es

Elaborar carta de aceptación o no de solicitud de movilidad de un
trabajador/a.