III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-21892)
Resolución de 8 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Pontevedra n.º 2, por la que se suspende la inscripción de una escritura de compraventa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 255

Miércoles 25 de octubre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
21892

Resolución de 8 de septiembre de 2023, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación de la registradora de la propiedad de Pontevedra n.º 2, por la que
se suspende la inscripción de una escritura de compraventa.

En el recurso interpuesto por don Diego Rosales Rodríguez, notario de Moaña,
contra la nota de calificación de la registradora de la Propiedad de Pontevedra número 2,
doña María Alejandra Castaño Verde, por la que se suspende la inscripción de una
escritura de compraventa.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 27 de abril de 2023 por el notario de Moaña, don
Diego Rosales Rodríguez, con el número 776 de protocolo, don J. F. F. vendió y
transmitió a doña M. C. P. el pleno dominio de una finca no inscrita en el Registro de la
Propiedad y «denominada (…), sita en el lugar de (…) término municipal de Vilaboa,
provincia de Pontevedra». Se acompañaba: escritura de segregación, de fecha 7 de
febrero 2008, otorgada ante el notario de Moaña, don José Luis Espinosa de Soto, con el
número 204 de protocolo; escritura de elevación a público de documento privado
otorgada el día 15 de diciembre de 2015 ante el notario de Moaña, don José Antonio
Moro Álvarez, con el número 1.112 de protocolo; escritura de aceptación y partición
parcial de herencia, otorgada el día 7 de enero de 2016 ante el notario de Moaña, don
José Antonio Moro Álvarez, con el número 2 de protocolo, en unión la documentación
sucesoria de los causantes, y escritura de agrupación y segregación, de fecha 21 de
enero de 2016, otorgada ante el notario de Moaña, don José Antonio Moro Álvarez, con
el número 41 de protocolo.
II
Presentada dicha documentación en el Registro de la Propiedad de Pontevedra
número 2, fue objeto de la siguiente nota de calificación:

Presentada con el asiento 54 del Diario 1451 la escritura autorizada por el Notario de
Moaña, Don Diego Rosales Rodríguez, el veintisiete de abril del año dos mil veintitrés,
con el número 776/2.023 de protocolo, se acompaña: escritura de segregación de fecha
siete de febrero de dos mil ocho, otorgada ante el notario que fue de Moaña, Don José
Luis Espinosa de Soto, protocolo 204; escritura de agrupación y segregación de fecha
veintiuno de enero de dos mil dieciséis, otorgada ante el que también fue notario de
Moaña, Don José Antonio Moro Álvarez, protocolo 41; escritura de aceptación y partición
parcial de herencia otorgada el siete de enero de dos mil dieciséis, ante el antedicho
fedatario Don José Antonio Moro Álvarez, protocolo 2 en unión la documentación
sucesoria de los causantes; escritura de elevación a público de documento privado
otorgado el quince de diciembre de dos mil quince, ante el referido fedatario Don José
Antonio Moro Álvarez, protocolo 1112.

cve: BOE-A-2023-21892
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