III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-21886)
Resolución de 7 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Las Palmas de Gran Canaria n.º 2, por la que se suspende la inscripción de una escritura autorizada por un notario de Senegal, de un convenio amistoso de partición entre herederos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 255

Miércoles 25 de octubre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
21886

Resolución de 7 de septiembre de 2023, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la
calificación del registrador de la propiedad de Las Palmas de Gran Canaria
n.º 2, por la que se suspende la inscripción de una escritura autorizada por un
notario de Senegal, de un convenio amistoso de partición entre herederos.

En el recurso interpuesto por don F. J. M. H. contra la calificación del registrador de la
Propiedad de Las Palmas de Gran Canaria número 2, don Miguel Ángel Jiménez
Barbero, por la que se suspende la inscripción de una escritura autorizada por un notario
de Senegal, de un convenio amistoso de partición entre herederos.
Hechos
I
Mediante convenio de partición amistoso suscrito el día 3 de noviembre de 2009 ante
doña Patricia Lake Diop, notaria en Dakar (Senegal), por don C. J. M. F., don C. N. M. C.
F., don M. E. M. F., don B. A. M. C. F. y don A. C. F. M. F., interviniendo los cuatro
primeros por sí y el último debidamente representado por los demás comparecientes
haciendo uso de un poder autorizado el día 15 de febrero de 2008 por el notario
de Vancouver (Canadá), don Vincent Pigeon, las referidas personas, como coherederos
del difunto don P. A. F., procedieron a la formación de lotes y adjudicación de los bienes
de la herencia. En la escritura de partición no se realizaba juicio de suficiencia alguno ni
declaración de conocimiento o capacidad de los intervinientes.
II
Presentada el día 2 de mayo de 2023 la referida escritura en el Registro de la
Propiedad de Las Palmas de Gran Canaria número 2, fue objeto de la siguiente nota
de calificación:
«Número de entrada: 3432/2023. Comunicación n.º: 152.

Presentada en esta oficina a las 12:07:58 horas del día dos de mayo del año dos mil
veintitrés bajo el asiento 387 del diario 127, Convenio de partición amistoso suscrito ante
doña Patricia Lake Diop, Notario en Dakar, el día 03 de noviembre de 2009, suscrito por
don C. J. M. F., don C. N. M. C. F., don M. E. M. F., don B. A. M. F. y don A. C. F. M. F.,
interviniendo los cuatro primeros por sí y el último debidamente representado por estos
haciendo uso del poder autorizado por el Notario de Vancouver, Canadá, D. Vicente
Pigeon, el 15 de febrero de 2008, en virtud del cual los referidos señores como
coherederos del difunto don P. A. F., proceden a la formación de lotes, uno de los cuales,
el número cinco, que incluye la finca registral finca número 2959 Las Palmas de GC 02,
–única de las que integran dicho título perteneciente a la demarcación hipotecaria
de esta oficina–; se adjudica a Don A. C. F. M. F.

cve: BOE-A-2023-21886
Verificable en https://www.boe.es

Presentante: M. B., F. J.