III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-21913)
Resolución de 6 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de la Sociedad General de Autores y Editores.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 255

Miércoles 25 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 141075

dispondrá de un plazo máximo de siete días para pronunciarse, a contar desde que la
discrepancia le haya sido planteada.
Si en la comisión no se alcanzase un acuerdo, o las partes no lo hubieran sometido a
su discrepancia, se estará a lo dispuesto en cada momento en la legislación vigente.
Disposición adicional quinta.

Solución de conflictos (ASAC).

Las partes firmantes del presente convenio colectivo acuerdan someter las
discrepancias de la Comisión Paritaria no solventadas en los plazos estipulados al
sistema vigente según el VI Acuerdo sobre Solución Autónoma de conflictos Laborales
(sistema extrajudicial), publicado en el BOE del 23 de diciembre de 2020.
Disposición transitoria primera.
En tanto no se acuerde el nuevo Plan de Igualdad, queda vigente el recogido en el
Convenio de SGAE 2019-2021.
Disposición derogatoria primera.
Todo lo especificado en los artículos incluidos en este convenio prevalecerá sobre lo
dispuesto en anteriores pactos, acuerdos, convenios colectivos empresariales de
aplicación en la empresa y Reglamento de Régimen Interior de 1975, todos los cuales
quedarán sin efecto.
Disposición final primera.

Entrada en vigor.

Las condiciones acordadas en el presente convenio entrarán en vigor a partir del día
siguiente de su publicación, salvo aquellas condiciones que tengan una entrada en vigor
específica.
Disposición final segunda.

Depósito y edición del texto del convenio.

Una vez efectuada la redacción definitiva, se encomienda a la representación de la
dirección de la empresa, en la persona de Juana M.ª Fernández Martín del Campo, la
gestión de la presentación de este convenio colectivo ante la autoridad laboral
competente, a los efectos de registro, depósito y publicación del mismo, en la forma que
legalmente proceda.
ANEXO I

Grupo

II. Titulados/as.

Salario base
Cantidad anual 2022

euros

Cantidad anual 2023

euros

Cantidad anual 2024

euros

Titulado/a Grado Superior IV.

51.893,34

54.098,80

55.857,01

Titulado/a Grado Superior III.

40.287,53

41.999,75

43.364,74

Titulado/a Grado Superior II.

33.617,67

35.046,43

36.185,43

Titulado/a Grado Superior I.

28.148,51

29.344,83

30.298,53

Asesor/a Jurídico IV.

51.893,34

54.098,80

55.857,01

Asesor/a Jurídico III.

40.287,53

41.999,75

43.364,74

Asesor/a Jurídico II.

33.617,67

35.046,43

36.185,43

Asesor/a Jurídico I.

28.148,51

29.344,83

30.298,53

Categoría

cve: BOE-A-2023-21913
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