II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-21872)
Resolución de 5 de octubre de 2023, de la Universidad de A Coruña, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Técnica de Grado Medio.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 255
Miércoles 25 de octubre de 2023
3.
Sec. II.B. Pág. 140620
Discapacidades
3.1 Para la realización de las pruebas selectivas el tribunal calificador que fue
asignado para juzgarlas establecerá, para las personas con discapacidad que lo
demandaran en la solicitud de admisión, las adaptaciones posibles de tiempos y medios.
3.2 Si en el desarrollo del proceso selectivo se le presentaran dudas al tribunal con
respecto a la capacidad de las personas aspirantes con alguna discapacidad para el
desempeño de las actividades que habitualmente desarrollan los/as trabajadores/as de
la categoría convocada, podrá solicitar el correspondiente dictamen del órgano
competente de la comunidad autónoma.
3.3 Las personas con discapacidad definidas en el apartado 2 del artículo 4 del
texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su
inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, del 29 de noviembre,
que se presenten por el cupo de reserva para personas con discapacidad deberán
presentar junto con la solicitud copia de la calificación de la discapacidad.
4.
Relaciones de personas admitidas y excluidas
4.1 Una vez que finalice el plazo de presentación de solicitudes el gerente de la
universidad dictará resolución y declarará aprobadas las relaciones provisionales de
personas aspirantes admitidas y excluidas, que se publicarán en la Sede Electrónica de
la Universidad de A Coruña, con mención expresa del nombre, apellidos y cuatro cifras
numéricas aleatorias del documento nacional de identidad y, si fuere el caso, las causas
de exclusión, con la indicación, además, de si está exento o no de la realización de la
prueba de conocimiento de lengua gallega.
Las personas aspirantes excluidas o aquellas que no figuren ni como admitidas ni
como excluidas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, que contará a partir de la
publicación de la referida resolución, para corregir el defecto que motivara la exclusión.
Una vez transcurrido dicho plazo el gerente dictará la resolución en que se declarará
aprobada la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, que será publicada en
la Sede Electrónica de la Universidad de A Coruña.
4.2 El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no prejuzga que se les
reconozca a las personas interesadas la posesión de los requisitos exigidos, que tendrán
que acreditarse en su momento, de acuerdo con lo previsto en la base 12 de esta
convocatoria. Cuando de la documentación que deben presentar tras superar el proceso
selectivo se desprenda que non poseen alguno de los requisitos, las personas aspirantes
decaerán de todos los derechos que pudiesen derivar de su participación.
Contra la resolución de exclusión, que agota la vía administrativa, se podrá
interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo
de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación y según lo establecido en
la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, ante el órgano competente
y según lo establecido en la Ley 29/1998, del 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
Sistema selectivo
5.1 El procedimiento de selección de las personas aspirantes será el de concursooposición, con la valoración de méritos, ejercicios y puntuaciones que se especifican en
el anexo I.
5.2 El temario de las pruebas de la fase de oposición es el que figura como anexo II.
cve: BOE-A-2023-21872
Verificable en https://www.boe.es
5.
Núm. 255
Miércoles 25 de octubre de 2023
3.
Sec. II.B. Pág. 140620
Discapacidades
3.1 Para la realización de las pruebas selectivas el tribunal calificador que fue
asignado para juzgarlas establecerá, para las personas con discapacidad que lo
demandaran en la solicitud de admisión, las adaptaciones posibles de tiempos y medios.
3.2 Si en el desarrollo del proceso selectivo se le presentaran dudas al tribunal con
respecto a la capacidad de las personas aspirantes con alguna discapacidad para el
desempeño de las actividades que habitualmente desarrollan los/as trabajadores/as de
la categoría convocada, podrá solicitar el correspondiente dictamen del órgano
competente de la comunidad autónoma.
3.3 Las personas con discapacidad definidas en el apartado 2 del artículo 4 del
texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su
inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, del 29 de noviembre,
que se presenten por el cupo de reserva para personas con discapacidad deberán
presentar junto con la solicitud copia de la calificación de la discapacidad.
4.
Relaciones de personas admitidas y excluidas
4.1 Una vez que finalice el plazo de presentación de solicitudes el gerente de la
universidad dictará resolución y declarará aprobadas las relaciones provisionales de
personas aspirantes admitidas y excluidas, que se publicarán en la Sede Electrónica de
la Universidad de A Coruña, con mención expresa del nombre, apellidos y cuatro cifras
numéricas aleatorias del documento nacional de identidad y, si fuere el caso, las causas
de exclusión, con la indicación, además, de si está exento o no de la realización de la
prueba de conocimiento de lengua gallega.
Las personas aspirantes excluidas o aquellas que no figuren ni como admitidas ni
como excluidas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, que contará a partir de la
publicación de la referida resolución, para corregir el defecto que motivara la exclusión.
Una vez transcurrido dicho plazo el gerente dictará la resolución en que se declarará
aprobada la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, que será publicada en
la Sede Electrónica de la Universidad de A Coruña.
4.2 El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no prejuzga que se les
reconozca a las personas interesadas la posesión de los requisitos exigidos, que tendrán
que acreditarse en su momento, de acuerdo con lo previsto en la base 12 de esta
convocatoria. Cuando de la documentación que deben presentar tras superar el proceso
selectivo se desprenda que non poseen alguno de los requisitos, las personas aspirantes
decaerán de todos los derechos que pudiesen derivar de su participación.
Contra la resolución de exclusión, que agota la vía administrativa, se podrá
interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo
de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación y según lo establecido en
la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, ante el órgano competente
y según lo establecido en la Ley 29/1998, del 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
Sistema selectivo
5.1 El procedimiento de selección de las personas aspirantes será el de concursooposición, con la valoración de méritos, ejercicios y puntuaciones que se especifican en
el anexo I.
5.2 El temario de las pruebas de la fase de oposición es el que figura como anexo II.
cve: BOE-A-2023-21872
Verificable en https://www.boe.es
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