III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-21900)
Resolución de 12 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación emitida por el registrador de bienes muebles I de Madrid, por la que se suspende la inscripción de una prenda sin desplazamiento constituida en póliza intervenida por el recurrente.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 255

Miércoles 25 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 140920

Pospuesta la implantación de las matrices y copias electrónicas al momento posterior
en que el estado de la técnica se considere adecuado, carecería de sentido que el
Reglamento Notarial, al introducir en la Sección Tercera del Capítulo II de su Título
Cuarto la regulación de las pólizas, incluyera una previsión específica para una cuestión
tan relevante como los requisitos y significado de la diligencia de intervención, y lo
hiciera exclusivamente para la modalidad de pólizas a las que, momentáneamente, no
tiene aplicación directa, dejando ayuno de regulación ese aspecto para las
confeccionadas en soporte papel. En consecuencia, debe concluirse que el mandato
recogido en el artículo 197 quater del Reglamento Notarial tiene aplicación a la diligencia
de intervención en general, extendida en formato papel o, en el futuro, en formato
electrónico, y que la alusión al artículo 17 bis de la Ley del Notariado tiene sentido en
relación con la igualdad sustancial proclamada entre ambos formatos.
En virtud de lo expuesto, esta Dirección General ha acordado estimar el recurso y
revocar la nota de calificación impugnada.
Contra esta resolución los legalmente legitimados pueden recurrir mediante demanda
ante el Juzgado de lo Mercantil de la provincia donde radica el Registro, en el plazo de
dos meses desde su notificación, siendo de aplicación las normas del juicio verbal,
conforme a lo establecido en la disposición adicional vigésima cuarta de la Ley 24/2001,
27 de diciembre, y los artículos 325 y 328 de la Ley Hipotecaria.

cve: BOE-A-2023-21900
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 12 de septiembre de 2023.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, Sofía Puente Santiago.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X