III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-21832)
Resolución de 5 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques eólicos Atreo y Aiko de 49,5 MW cada uno y su infraestructura de evacuación, en Castiliscar (Zaragoza) y Carcastillo (Navarra)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 24 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 140395
identificado la posibilidad de impactos negativos significativos sobre el medio ambiente
para los que las medidas propuestas no presentan garantía suficiente de su adecuada
prevención, corrección o compensación.
Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo
previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su
comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de
autorización del proyecto.
De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación
ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de
los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se
autoriza el proyecto.
Madrid, 5 de octubre de 2023.–La Directora General de Calidad y Evaluación
Ambiental, Marta Gómez Palenque.
ANEXO I
Consultados
Respuesta
Administración Estatal
Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE)*.
SÍ
Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón. MITMA.
SÍ
Administración Autonómica
Aragón
Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)*.
SÍ
Dirección General de Patrimonio Cultural. Dpto. de Educación, Cultura y Deporte*.
SÍ
Dirección General de Salud Pública. Dpto. de Sanidad*.
SÍ
Dirección General de Energía y Minas. Dpto. de Industria, Competitividad y
Desarrollo.
SÍ
Dirección General de Interior y Protección Civil. Dpto. de Presidencia y Relaciones
Institucionales*.
SÍ
Consejo de Ordenación del Territorio en Aragón (COTA).
SÍ
Dirección General de Ordenación del Territorio del Gobierno de Aragón.
SÍ
Dirección General de Carreteras del Gobierno de Aragón.
SÍ
Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza.
SÍ
Diputación Provincial de Zaragoza. Vías y Obras.
SÍ
Navarra
Dirección General de Ordenación del Territorio del Gobierno de Navarra.
SÍ
Dirección General de Salud del Gobierno de Navarra*.
SÍ
Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras del Gobierno de Navarra.
NO
Dirección General de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S3 del Gobierno de
Navarra.
NO
Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra*.
SÍ
Dirección General de Cultura del Gobierno de Navarra*.
SÍ
Dirección General De Interior (Protección Civil) del Gobierno de Navarra*.
SÍ
NOTA: *Preceptivos según el artículo 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
cve: BOE-A-2023-21832
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 254
Martes 24 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 140395
identificado la posibilidad de impactos negativos significativos sobre el medio ambiente
para los que las medidas propuestas no presentan garantía suficiente de su adecuada
prevención, corrección o compensación.
Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo
previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su
comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de
autorización del proyecto.
De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación
ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de
los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se
autoriza el proyecto.
Madrid, 5 de octubre de 2023.–La Directora General de Calidad y Evaluación
Ambiental, Marta Gómez Palenque.
ANEXO I
Consultados
Respuesta
Administración Estatal
Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE)*.
SÍ
Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón. MITMA.
SÍ
Administración Autonómica
Aragón
Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)*.
SÍ
Dirección General de Patrimonio Cultural. Dpto. de Educación, Cultura y Deporte*.
SÍ
Dirección General de Salud Pública. Dpto. de Sanidad*.
SÍ
Dirección General de Energía y Minas. Dpto. de Industria, Competitividad y
Desarrollo.
SÍ
Dirección General de Interior y Protección Civil. Dpto. de Presidencia y Relaciones
Institucionales*.
SÍ
Consejo de Ordenación del Territorio en Aragón (COTA).
SÍ
Dirección General de Ordenación del Territorio del Gobierno de Aragón.
SÍ
Dirección General de Carreteras del Gobierno de Aragón.
SÍ
Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza.
SÍ
Diputación Provincial de Zaragoza. Vías y Obras.
SÍ
Navarra
Dirección General de Ordenación del Territorio del Gobierno de Navarra.
SÍ
Dirección General de Salud del Gobierno de Navarra*.
SÍ
Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras del Gobierno de Navarra.
NO
Dirección General de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S3 del Gobierno de
Navarra.
NO
Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra*.
SÍ
Dirección General de Cultura del Gobierno de Navarra*.
SÍ
Dirección General De Interior (Protección Civil) del Gobierno de Navarra*.
SÍ
NOTA: *Preceptivos según el artículo 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
cve: BOE-A-2023-21832
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 254