V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2023-30719)
Resolución de la Dirección General de Energía por la que se concede a Naturgy Renovables, S.L.U autorización administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública, de la instalación del parque eólico Ajuy, de 2,35MW, en el término municipal de Agüimes. Expediente ER150050.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de octubre de 2023
Sec. V-B. Pág. 49992
SEGUNDO.- Del Procedimiento de autorización administrativa.
2.1.- Se trata de una instalación sujeta al régimen de autorización
administrativa, regulada en el Decreto 6/2015, de 30 de enero, por el que se
aprueba el Reglamento que regula la instalación y explotación de los parques
eólicos en Canarias.
2.2.- En lo referente a la evaluación de impacto ambiental del Proyecto, con
fecha 07/08/2018, el proyecto obtuvo una Declaración de Impacto Ambiental
desfavorable.
Con fecha enero de 2019, el promotor presenta un «Informe técnico ambiental
para solicitud al Servicio de Biodiversidad de informe previo al inicio del trámite
ambiental del Proyecto Modificado "Parque Eólico Ajuy" (enero 2019)», con el
objeto de realizar consulta al Servicio de Biodiversidad de la Dirección General de
Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias, en
el ámbito de sus competencias, y en su caso, tomar en consideración en el
proyecto modificado definitivo las conclusiones que pudiera recoger.
Con fecha 08/07/2019, el Servicio de Biodiversidad emite un Informe Técnico
en el que se recogen las consideraciones que el proyecto modificado definitivo
debe tener en cuenta en el nuevo trámite ambiental.
Con fecha 12/05/2021 la Dirección General de Energía, como órgano
sustantivo, solicita a la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y
Medio Ambiente, como órgano ambiental, el inicio de un nuevo procedimiento de
Evaluación de Impacto Ambiental ordinaria y la emisión de la preceptiva
Declaración de Impacto Ambiental del "Proyecto de ejecución Parque Eólico Ajuy
(modificado N.º 1)", conforme a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental.
Finalmente, con fecha 22/02/2023 se publica en el B.O.C. la Resolución de 25
de enero de 2023, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión
Autonómica de Evaluación Ambiental de 24 de enero de 2023, que formula la
Declaración de Impacto Ambiental del "Proyecto de ejecución Parque Eólico Ajuy
(Modificado N.º 1)", en el término municipal de Agüimes, Gran Canaria.
TERCERO.- Del Procedimiento de la utilidad pública y su justificación.
3.1.- El procedimiento establecido para la declaración en concreto de utilidad
pública viene desarrollado en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
señalando los artículos 140 y siguientes las exigencias procedimentales del mismo,
entre las que se puede citar la documentación que se ha de acompañar a la
solicitud de declaración en concreto de utilidad pública, los trámites de información
pública y de alegaciones y de información a otras Administraciones Públicas. La
solicitud de declaración en concreto de utilidad pública, se ha efectuado
simultáneamente al trámite del procedimiento de autorización de la instalación,
consultándose las administraciones municipal e insular respecto a la
compatibilidad del planeamiento urbanístico y territorial, constando informes
evacuados por ambas Administraciones Públicas.
3.2.- El promotor ha procedido a la aportación de contrato de arrendamiento de
la parcela de ubicación del parque eólico, mientras que su línea de evacuación
discurrirá desde el mencionado parque hasta la Subestación Villa de Agüimes (20/
66 kV).
cve: BOE-B-2023-30719
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 253
Lunes 23 de octubre de 2023
Sec. V-B. Pág. 49992
SEGUNDO.- Del Procedimiento de autorización administrativa.
2.1.- Se trata de una instalación sujeta al régimen de autorización
administrativa, regulada en el Decreto 6/2015, de 30 de enero, por el que se
aprueba el Reglamento que regula la instalación y explotación de los parques
eólicos en Canarias.
2.2.- En lo referente a la evaluación de impacto ambiental del Proyecto, con
fecha 07/08/2018, el proyecto obtuvo una Declaración de Impacto Ambiental
desfavorable.
Con fecha enero de 2019, el promotor presenta un «Informe técnico ambiental
para solicitud al Servicio de Biodiversidad de informe previo al inicio del trámite
ambiental del Proyecto Modificado "Parque Eólico Ajuy" (enero 2019)», con el
objeto de realizar consulta al Servicio de Biodiversidad de la Dirección General de
Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias, en
el ámbito de sus competencias, y en su caso, tomar en consideración en el
proyecto modificado definitivo las conclusiones que pudiera recoger.
Con fecha 08/07/2019, el Servicio de Biodiversidad emite un Informe Técnico
en el que se recogen las consideraciones que el proyecto modificado definitivo
debe tener en cuenta en el nuevo trámite ambiental.
Con fecha 12/05/2021 la Dirección General de Energía, como órgano
sustantivo, solicita a la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y
Medio Ambiente, como órgano ambiental, el inicio de un nuevo procedimiento de
Evaluación de Impacto Ambiental ordinaria y la emisión de la preceptiva
Declaración de Impacto Ambiental del "Proyecto de ejecución Parque Eólico Ajuy
(modificado N.º 1)", conforme a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental.
Finalmente, con fecha 22/02/2023 se publica en el B.O.C. la Resolución de 25
de enero de 2023, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión
Autonómica de Evaluación Ambiental de 24 de enero de 2023, que formula la
Declaración de Impacto Ambiental del "Proyecto de ejecución Parque Eólico Ajuy
(Modificado N.º 1)", en el término municipal de Agüimes, Gran Canaria.
TERCERO.- Del Procedimiento de la utilidad pública y su justificación.
3.1.- El procedimiento establecido para la declaración en concreto de utilidad
pública viene desarrollado en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
señalando los artículos 140 y siguientes las exigencias procedimentales del mismo,
entre las que se puede citar la documentación que se ha de acompañar a la
solicitud de declaración en concreto de utilidad pública, los trámites de información
pública y de alegaciones y de información a otras Administraciones Públicas. La
solicitud de declaración en concreto de utilidad pública, se ha efectuado
simultáneamente al trámite del procedimiento de autorización de la instalación,
consultándose las administraciones municipal e insular respecto a la
compatibilidad del planeamiento urbanístico y territorial, constando informes
evacuados por ambas Administraciones Públicas.
3.2.- El promotor ha procedido a la aportación de contrato de arrendamiento de
la parcela de ubicación del parque eólico, mientras que su línea de evacuación
discurrirá desde el mencionado parque hasta la Subestación Villa de Agüimes (20/
66 kV).
cve: BOE-B-2023-30719
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 253