III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2023-21777)
Resolución de 4 de octubre de 2023, del Organismo Autónomo Centro Nacional de Información Geográfica, por la que se publica el Convenio con el Principado de Asturias, para la obtención de una cobertura de ortofotos, Vuelo-2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 253

Lunes 23 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 140143

que demande la sociedad, con especial dedicación a la realización de proyectos basados
en tecnologías avanzadas, programas de investigación y desarrollo, y prestación de
asistencia técnica en el ámbito de las ciencias y técnicas geográficas, todo ello en un
marco estratégico común con la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, tal y
como se establece en el artículo 122.2 de la Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para 1989 (BOE de 29 de diciembre), por la que se
crea el CNIG, así como en los artículos 4 y 5 del Estatuto del CNIG, aprobado por Real
Decreto 310/2021, de 4 de mayo (BOE de 21 de mayo).
Segundo.
En este sentido, el artículo 5.5.a) del Estatuto del CNIG contempla que entre las
funciones a ejercer por este Organismo Autónomo se encuentra «Gestionar los
convenios, acuerdos y contratos necesarios con otras Administraciones públicas e
instituciones nacionales e internacionales» y según lo establecido en el artículo 8.2.d), el
Consejo Rector ha aprobado la firma de este convenio en nombre del organismo del
CNIG, con fecha de 7 de marzo de 2022.
Tercero.
Que según lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 75/2023, de 18 de agosto, por el
que se establece su estructura orgánica básica, la Consejería de Ordenación de
Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, a través de la Dirección General
de Urbanismo, es responsable de la planificación y producción cartográficas del
Principado de Asturias y, entre las funciones que le han sido encomendadas, se
encuentran la producción, integración, expansión y mantenimiento de la información
geoespacial de referencia y temática relativa al territorio asturiano.
Cuarto.
Que es de interés de ambas partes, en el marco de la colaboración
interadministrativa prevista en el Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el
que se regula el Sistema Cartográfico Nacional, coordinar sus actuaciones en materia de
información geográfica, de manera que se satisfagan las necesidades de ambas
Administraciones Públicas firmantes, que se garantice la producción de información
cartográfica y geográfica en forma coordinada y eficiente y que sea posible combinar de
forma coherente datos geográficos de diversas fuentes para que puedan ser compartidos
entre los integrantes del Sistema Cartográfico Nacional.

Que en el año 2004 se inicia el Plan Nacional de Ortofotografía Aérea (en
adelante, PNOA) cuyo objetivo es la obtención de ortofotografías aéreas digitales de
todo el territorio español con un periodo de actualización fijo, siendo actualmente de tres
años. El PNOA es un proyecto cooperativo en el que participan la Administración
General del Estado y las Comunidades Autónomas. Se realiza un vuelo fotogramétrico
único y un tratamiento riguroso de los datos cumpliendo con unas especificaciones
técnicas consensuadas entre todas las Administraciones públicas participantes.
En el marco de PNOA, dentro de la especificación PNOA 25, es posible diferenciar
entre la ortofoto derivada de un vuelo fotogramétrico (en adelante, VF) a 35 cm de
tamaño de pixel y la ortofoto derivada de un VF de 22 cm de tamaño de pixel,
obteniéndose ambos productos conforme a la especificación PNOA 25. La diferencia
entre ambas ortofotos es la exactitud o precisión planimétrica obtenida, siendo el error
cuadrático medio (RMSE) de 0,50 m en el caso de la ortofoto derivada del VF de 22 cm
de tamaño de pixel y de 0,80 m en el caso de la ortofoto derivada del VF de 35 cm de
tamaño de pixel.

cve: BOE-A-2023-21777
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Quinto.