III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Ayudas. (BOE-A-2023-21722)
Resolución de 11 de octubre de 2023, de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Memoria Democrática, por el que se determinan los criterios de reparto, así como la distribución resultante de fondos para las Comunidades Autónomas, del crédito asignado en el año 2023 para actividades de memoria democrática y se formalizan los compromisos financieros resultantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 21 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 139927
Las Comunidades Autónomas y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, deberán
proceder a un adecuado control de los fondos recibidos que asegure la correcta
obtención, disfrute y destino de los mismos por los perceptores finales.
Finalmente, como parte de la documentación justificativa del empleo de los fondos
recibidos, las Comunidades Autónomas y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla
deberán enviar los siguientes informes finales en formato digital:
– Informe Línea 1, relativo a las actuaciones realizadas de localización, exhumación
e identificación de víctimas, especialmente indicando:
N.º de estudios de localización de fosas realizados. N.º de fosas identificadas.
N.º de individuos localizados.
N.º de peticiones de exhumación registradas. N.º de exhumaciones realizadas.
N.º de proyectos de exhumación financiados o impulsados. N.º de prospecciones sin
resultado positivo
N.º de víctimas identificadas. N.º de familiares encontrados.
N.º de informes de identificación de víctimas y familiares (positivas/negativas).
– Informe Líneas 2 y 3, relativo a las actividades desarrolladas de divulgación de
trabajos efectuados y resultados conseguidos, y de dignificación de los lugares de
enterramiento y promoción de los lugares de memoria asociados a los mismos.
Madrid, 11 de octubre de 2023.–El Secretario de Estado de Memoria Democrática,
Fernando Martínez López.
cve: BOE-A-2023-21722
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 252
Sábado 21 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 139927
Las Comunidades Autónomas y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, deberán
proceder a un adecuado control de los fondos recibidos que asegure la correcta
obtención, disfrute y destino de los mismos por los perceptores finales.
Finalmente, como parte de la documentación justificativa del empleo de los fondos
recibidos, las Comunidades Autónomas y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla
deberán enviar los siguientes informes finales en formato digital:
– Informe Línea 1, relativo a las actuaciones realizadas de localización, exhumación
e identificación de víctimas, especialmente indicando:
N.º de estudios de localización de fosas realizados. N.º de fosas identificadas.
N.º de individuos localizados.
N.º de peticiones de exhumación registradas. N.º de exhumaciones realizadas.
N.º de proyectos de exhumación financiados o impulsados. N.º de prospecciones sin
resultado positivo
N.º de víctimas identificadas. N.º de familiares encontrados.
N.º de informes de identificación de víctimas y familiares (positivas/negativas).
– Informe Líneas 2 y 3, relativo a las actividades desarrolladas de divulgación de
trabajos efectuados y resultados conseguidos, y de dignificación de los lugares de
enterramiento y promoción de los lugares de memoria asociados a los mismos.
Madrid, 11 de octubre de 2023.–El Secretario de Estado de Memoria Democrática,
Fernando Martínez López.
cve: BOE-A-2023-21722
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 252