III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2023-21636)
Resolución 420/38410/2023, de 2 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Cartagena, para la adscripción del Centro Universitario de la Defensa de la Academia General del Aire y del Espacio de San Javier.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 251

Viernes 20 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 139221

Las actividades formativas del programa de doctorado serán las transversales
organizadas por la EINDOC y las específicas del programa que se puedan definir dentro
de la normativa de la citada Escuela.
Para la coordinación del programa de doctorado se constituirá una Comisión
Académica del Programa de Doctorado que tendrá las responsabilidades y atribuciones
indicadas en la legislación vigente, así como en el Reglamento de Estudios de Doctorado
de la UPCT y en los Reglamentos de Régimen Interno tanto de la EINDOC como del
CUD-AGA. Dicha Comisión Académica estará integrada por doctores de la UPCT y del
CUD-AGA, y será coordinada por un profesor doctor permanente del CUD-AGA o de la
UPCT, con los requisitos para su nombramiento, responsabilidades y atribuciones
indicadas en el Reglamento de Estudios de Doctorado de la UPCT.
La incorporación de otras titulaciones y estudios se realizará mediante la firma de las
preceptivas adendas modificativas al presente convenio.
Además, se podrán cursar otros estudios de posgrado, incluyendo programas de
doctorado en el seno de los cuales se desarrollen líneas de investigación consideradas
de interés en el ámbito de las Fuerzas Armadas y de la paz, la seguridad y la defensa.
Decimonovena.

Garantía de Calidad.

Sin perjuicio de la aplicación del sistema de gestión de la calidad, de los estudios de
grado y posgrado de la UPCT, a las enseñanzas universitarias incluidas en la cláusula
decimoctava, y al objeto de realizar un seguimiento de la calidad de la enseñanza de
formación en los Currículos que se imparten de forma conjunta por la AGA y el CUD-AGA,
se articularán los siguientes mecanismos:
1.

Se constituirá un Comité de Garantía de Calidad, compuesto por:

2. Las normas de funcionamiento del Comité de Garantía de Calidad serán
aprobadas por el Patronato.
3. Autoevaluaciones de la AGA: en el equipo de autoevaluación nombrado al efecto
por la dirección de enseñanza a la que pertenece la AGA, se incorporará en calidad de
observador el responsable de calidad del CUD-AGA.
4. Evaluaciones externas a la AGA: en la Unidad de expertos que realice las
evaluaciones externas a la AGA ordenadas por la persona titular de la Subsecretaría de
Defensa, se incorporará en calidad de observador el responsable de calidad del CUD-AGA.
5. En las auditorías/evaluaciones que se realicen al CUD-AGA, se incorporarán en
calidad de observadores el responsable de calidad de la AGA y un representante de
calidad de la Subdirección General de Enseñanza Militar.
6. La UPCT pondrá a disposición del comité de garantía de calidad los informes de
verificación, validación, auditoria, etc. relacionados con el CUD-AGA y con las
titulaciones que se impartan en el CUD-AGA en el marco de este convenio, incluyendo
información periódica de la situación de las acciones que se deriven de dichos informes.
7. Asimismo, la UPCT, el CUD-AGA y la AGA informarán a dicho Comité de
cualquier situación real o potencial que pueda tener un impacto negativo en la calidad de
la enseñanza.
8. El Comité de Garantía de Calidad en el desarrollo de sus funciones dependerá
directamente del Patronato del CUD-AGA.
9. El CUD-AGA desarrollará y pondrá en funcionamiento un sistema interno de
garantía de la calidad para la consecución de su certificación por la Agencia Nacional de

cve: BOE-A-2023-21636
Verificable en https://www.boe.es

a) Responsable de calidad del CUD-AGA.
b) Representante del Sistema Interno de Garantía de Calidad de la UPCT.
c) Responsable del área o de la Unidad de evaluación y calidad de la AGA
nombrado conforme al artículo 4 del Real Decreto 93/2022, de 1 de febrero, por el que
se aprueba el Reglamento de la calidad de la enseñanza militar y de su evaluación.
d) Representante de calidad de la Subdirección General de Enseñanza Militar.